DECRETO 72/2021, de 2 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea y regula la Comisión Interdepartamental para la Igualdad.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La igualdad es principio rector de las políticas públicas en nuestra Comunidad Autónoma, y así se refleja y garantiza en el Estatuto de Autonomía de Aragón, en sus artículos 6.2, 11.3 y 71.37.ª En el ejercicio de dichas competencias se aprobó la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón, que tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Instituto Aragonés de la Mujer tiene como finalidades básicas la promoción y el fomento de las condiciones que posibiliten la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en todos los ámbitos, elaborar y ejecutar las medidas necesarias para hacer efectivo el principio de igualdad de mujeres y hombres e impulsar y promover la participación de la mujer en la vida política, cultural, económica, laboral o social, así como la eliminación efectiva de todas las formas de discriminación por razón de género en Aragón. Asimismo, precisa en el artículo 4 de la Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer y en su artículo 5 del Decreto 14/1193, de 9 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Instituto Aragonés de la Mujer, entre sus funciones la planificación, elaboración y coordinación de la política para la mujer en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como realizar el seguimiento de la legislación vigente y su aplicación, funciones que convergen con las atribuidas por la Ley 7/2018, de 28 de junio, a la Comisión Interdepartamental.

El artículo 14 de la citada ley establece que la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón creará una Comisión Interdepartamental para la Igualdad en la que estarán representados los distintos departamentos y organismos autónomos de la Comunidad Autónoma de Aragón cuya finalidad será la de coordinar la acción administrativa en materia de igualdad de los distintos departamentos y organismos autónomos, así como regular la aplicación y efectividad del principio de transversalidad de género. Este Decreto cumple la normativa aplicable a los órganos colegiados contenida en el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, (artículos 25 a 31) como en la normativa básica de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, (artículos 15 a 18).

Mediante Decreto de 10 de septiembre de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, se establece la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno de Aragón, estableciendo que el Instituto Aragonés de la Mujer queda adscrito al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales y le atribuye las competencias en materia de mujer. Mediante Decreto 6/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales y oído el Consejo Consultivo...

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