Decreto 72/2021, de 17 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 44/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Sección | I. Disposiciones Generales |
Emisor | Consejera de Hacienda y Administracin Pblica |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto de la Presidenta 16/2021, de 8 de septiembre, modifica las denominaciones y competencias de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, fijadas en el Decreto 6/2019, de 29 de agosto, en el Decreto 16/2019, de 7 de octubre, y en el Decreto 6/2020, de 24 de agosto, todos ellos de la Presidenta.
De conformidad con dicho Decreto, corresponden a esta Consejería las competencias en materia de servicios sociales; atención a la mujer, familia, infancia e inmigración; autonomía personal y dependencia; administración de la administración de Justicia; espectáculos públicos y política interior; relaciones con el Parlamento; administración local y asistencia a municipios, así como cualquier otra afín a las descritas que se le atribuya por las disposiciones normativas.
Para dar cumplimiento a esta decisión, se hace necesario establecer una estructura que facilite y ayude a la realización de una gestión eficaz y de servicio al ciudadano y que permita alcanzar los objetivos marcados.
En su virtud, a iniciativa del Consejero de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 17 de noviembre de 2021, acuerda aprobar el siguiente,
DECRETO
Primero. El artículo 2 queda redactado en los siguientes términos:
'Artículo 2. Secretaría General Técnica.
Integran la Secretaría General Técnica las siguientes unidades administrativas:
-
Servicio de Planificación y Coordinación administrativa
1.1. Área de Contratación
1.2. Área de Personal y Régimen Interior
1.2.1. Sección de Personal
-
Servicio de Ordenación, Normativa y Asistencia Técnica
2.1. Sección de Normativa
-
Servicio de Autorización, Acreditación e Inspección de Centros y Servicios
3.1. Área de Inspección y Control
3.2. Sección de Registro, Autorización y Acreditación de Centros y Servicios
-
Servicio para la Gobernanza Pública y de Relaciones con el Parlamento.
4.1. Sección de Gobernanza Pública.'
Segundo. El artículo 3 queda redactado así:
'Artículo 3. Dirección General de Justicia e Interior
Integran la Dirección General de Justicia e Interior las siguientes unidades administrativas:
-
Servicio de Justicia
1.1. Área de Infraestructuras judiciales y medios materiales
1.2. Sección de Medios Personales y apoyo administrativo
1.3. Sección de Justicia Gratuita, formación y apoyo a la Oficina Judicial y Fiscal
1.4. Sección de Modernización del Servicio Público de Justicia
-
Servicio de Interior
2.1. Sección de Interior
2.2. Sección de Coordinación de Policías Locales
2.3. Sección de Victimas y Menores...
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