Decreto 71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Movilidad, Transporte y Vivienda
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA

DECRETO 71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria. (2022040112)

Artículo 1 Objeto y finalidad.
Artículo 2 Régimen jurídico.
Artículo 3 Requisitos de los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada, (en adelante ERRP).
Artículo 4 Requisitos de los edificios objeto de rehabilitación.
Artículo 5 Fases previas a la resolución de concesión y Acuerdo para la gestión de los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP).
Artículo 6 Beneficiarios de las ayudas.
Artículo 7 Obligaciones y responsabilidades de los Ayuntamientos.
Artículo 8 Actuaciones subvencionables.
Artículo 9 Gastos subvencionables.
Artículo 10 Financiación del programa.
Artículo 11 Cuantía de las ayudas.
Artículo 12 Compatibilidad de las ayudas.
Artículo 13 Procedimiento de concesión y de convocatoria.
Artículo 14 Plazo, forma de presentación y subsanación de solicitudes.
Artículo 15 Documentación que debe acompañar a la solicitud.
Artículo 16 Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de la ayuda y plazo de resolución y notificación.
Artículo 17 Tramitación de actuaciones tras la suscripción del acuerdo.
Artículo 18 Abono de las ayudas.
Artículo 19 Justificación del gasto de las actuaciones correspondientes a los ERRP.
Artículo 20 Revocación y reintegro.
Artículo 21 Plazo para la ejecución y justificación de las actuaciones correspondientes a los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP).
Artículo 22 Publicidad.
Artículo 23 Control de las actuaciones subvencionables.
Disposición adicional única Primera convocatoria.
Disposición final única Entrada en vigor. Artículos 1 a 23

Ante la situación de crisis económica y social provocada por la crisis sanitaria producida por la pandemia por la Covid-19, ha sido necesario una respuesta común a escala europea, ponién-

dose en marcha un ambicioso Fondo de Recuperación para la reconstrucción de las economías a partir de 2021.

En este contexto, el nuevo instrumento de recuperación Next Generation EU permitirá contrarrestar así el impacto de la pandemia sobre la inversión y la actividad económica, aprobado por el Consejo Europeo del pasado 21 de julio de 2020 con la finalidad de impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo, recuperar y reparar los daños de la crisis ocasionada por la pandemia del SARS-CoV-2, y promover un proceso de transformación estructural mediante el impulso de la inversión pública y privada y el apoyo al tejido productivo, la aceleración de la doble transición ecológica y digital, y el refuerzo y aumento de la resiliencia y de la cohesión económica, social y territorial en el marco del mercado único europeo y a España, movilizar un gran volumen de inversión, aprobándose en este contexto el marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España el 7 de octubre de 2020.

El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, regula el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que es la hoja de ruta para la implementación del instrumento de recuperación Next Generation EU en España. El PRTR se estructura en 4 ejes y estos cuatro ejes orientan las diez políticas palanca que determinan la evolución futura del país. Así, dentro de estas diez palancas, se recogen treinta componentes, que permiten articular los programas coherentes de inversiones y reformas del Plan.

Dentro de la política palanca 1, "Agenda Urbana y Rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura", el componente 2 que tiene como objetivos principales el impulso a la rehabilitación del parque edificado en España, así como el incremento del parque de vivienda en alquiler social en edificios energéticamente eficientes, contribuyendo a la activación de este sector y a la generación de empleo y actividad en el corto plazo. Como objetivo específico, busca conseguir unas tasas de rehabilitación energética significativamente superiores a las actuales, que permitan adelantar el cumplimiento de los objetivos de rehabilitación contemplados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) y en la Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE).

Una de las inversiones incluidas en el componente 2 es la inversión C02.101 "Programas de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales", que consistirá en operaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana de gran escala, en barrios o zonas delimitadas en función de su nivel de renta y que tendrá especial incidencia en colectivos vulnerables, incluidos en la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética.

Dentro de la política palanca I, "Agenda Urbana y Rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura", el componente 2 que se denomina "Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana", se destina a reforzar la inversión pública y privada fundamentalmente en materia de energía y sostenibilidad centrado en:

  1. Activar en España un sector de la rehabilitación que permita generar empleo y actividad en el corto plazo y que garantice un ritmo de renovación sostenible del parque edificado en el medio y largo plazo, cumpliendo los objetivos marcados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), y en la Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE).

  2. La renovación del parque de vivienda y de edificios apostando por enfoques integrales, de modo que la mejora de la eficiencia energética y la integración de fuentes de energía renovable se acompañe de una mejora de la accesibilidad, conservación, mejora de la seguridad de utilización y la digitalización de los edificios.

    El componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España tiene como principal objetivo activar, en línea con la "Oleada de renovación para Europa" marcada por la Comisión Europea en su Comunicación de 14 de octubre de 2020, un sector de la rehabilitación que permita generar empleo y actividad en el corto plazo y que garantice un ritmo de renovación sostenible del parque edificado en el medio y largo plazo. Como objetivo específico busca conseguir unas tasas de rehabilitación energética que permitan adelantar el cumplimiento de los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, en el marco de la Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE). Asimismo, la renovación del parque de vivienda y de edificios apuesta por enfoques integrales, de modo que la mejora de la eficiencia energética y la integración de fuentes de energía renovable se acompañen de una mejora de la accesibilidad, conservación, mejora de la seguridad de utilización y la digitalización de los edificios, respondiendo a la necesidad de adaptar el parque de edificios y viviendas en España a los retos nacionales y europeos en materia de sostenibilidad, en entornos urbanos y rurales, teniendo en cuenta sus características y su gran potencial de mejora, considerando que, en nuestro país, cerca del 45 % de los edificios es anterior a 1980, tratándose de un porcentaje que se eleva hasta el 50 % en el caso de los edificios de uso residencial y una cifra de 9,7 millones de viviendas. A su vez, se estima que alrededor de 1 millón de viviendas están en estado deficiente, malo o ruinoso.

    Para conseguir estos objetivos, el Componente 2 establece la aplicación de diferentes instrumentos que conforman un marco de apoyo a la actividad de rehabilitación, complementarios entre sí, que favorecerán la toma de decisiones para los propietarios de los edificios a rehabilitar y permitirán alcanzar las metas...

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