DECRETO 7/2024, de 26 de febrero, del Lehendakari, por el que se disuelve el Parlamento Vasco y se convocan elecciones.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyDecreto

En ejercicio de la facultad que atribuyen al Lehendakari los artículos 7.c) y 50 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, efectuada la preceptiva deliberación del Consejo de Gobierno en reunión celebrada el día 22 de febrero de 2024, he resuelto disolver el Parlamento Vasco y convocar elecciones.

En consecuencia, en virtud de los preceptos citados y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco y demás legislación aplicable,

Artículo 1 – Disolución del Parlamento Vasco y convocatoria de elecciones.
  1. – Queda disuelto el Parlamento Vasco elegido el día 12 de julio de 2020.

  2. – Se convocan elecciones al Parlamento Vasco, que se celebrarán el domingo día 21 de abril de 2024.

Artículo 2 – Número de parlamentarios o parlamentarias a elegir.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 26 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y 10 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, se elegirán 25 parlamentarios o parlamentarias por cada circunscripción electoral.

Artículo 3 – Campaña electoral.

De conformidad con el artículo 68.2 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, la campaña electoral durará quince días. Comenzará a las cero horas del día 5 de abril y concluirá a las veinticuatro horas del día 19 de abril.

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.4 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco, el presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 26 de febrero de 2024.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

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