DECRETO 6/2019, de 21 de marzo, de declaración del paisaje protegido «Las Tuerces» (Palencia y Burgos) y del monumento natural «Laberinto de las Tuerces» (Palencia).

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

La Constitución Española establece, dentro de los principios rectores de la política social y económica, el derecho y el deber de conservar el medio ambiente. Este principio tiene una doble vertiente, ya que no sólo se constituye en un derecho que debe ser preservado sino también en una obligación que cualquier administración pública y cualquier ciudadano debe poner en práctica.

El reparto de competencias entre las distintas administraciones para conseguir este objetivo viene establecido en el artículo 149 de la Carta Magna, reservando a la Administración General del Estado la competencia para establecer la legislación básica sobre la protección del medio ambiente, mientras que las comunidades autónomas tienen la facultad de establecer normas adicionales de protección.

En ejercicio de esta competencia básica y de la representación exterior del Reino de España, el Gobierno de la Nación ha suscrito diversos convenios internacionales en el campo de la preservación del patrimonio natural, como son el de protección de los Humedales o Ramsar, el de protección de la biodiversidad o de Berna y el de Protección de la Diversidad Biológica o de Río.

Por otro lado, la Unión Europea ha ido promulgando un conjunto de directivas en el campo de la protección del medio ambiente que han conformado un marco normativo básico. En cuanto a la protección del patrimonio natural, dos son las directivas más determinantes. Cronológicamente, la primera fue la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril, relativa a la conservación de las aves silvestres, y la segunda es la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestre. Ambas supusieron una importante apuesta de conservación, a través de la creación de una red coherente de áreas en buen estado de conservación, la Red Natura 2000, destinada a la preservación de la biodiversidad europea, e incorporando como principio básico de la conservación la relación directa entre la preservación de las especies y la de sus hábitats.

El Reino de España, en desarrollo y trasposición de dichas directivas ha elaborado un conjunto de normas que han venido a sustituir a la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre. Ello no sólo ha estado motivado por la necesidad de adaptar la norma básica estatal de protección de la biodiversidad al ordenamiento jurídico comunitario, sino que también ha estado condicionada por las distintas sentencias del Tribunal Constitucional sobre diversos aspectos en ella recogidos. Así, el conjunto normativo básico español en materia de conservación del patrimonio natural ha quedado configurado por dos leyes, la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales y la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que deroga la citada Ley 4/1989.

Castilla y León posee un rico, variado y bien conservado patrimonio natural que constituye una de sus señas de identidad. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Castilla y León, en su actual redacción establecida en la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, establece en su artículo 70 como competencias exclusivas de la Comunidad la caza y la pesca fluvial y lacustre, así como la protección de los ecosistemas en que tales actividades se desarrollan, además de la de dictar normas adicionales sobre protección del medio ambiente y del paisaje, mientras que en el artículo 71 recoge la competencia de desarrollo normativo y de ejecución en materia de montes, vías pecuarias y espacios naturales protegidos, así como la protección del medio ambiente y de los ecosistemas. En desarrollo de estas competencias, las Cortes de Castilla y León aprobaron la Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León y la actualmente en vigor Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León.

Ya la Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León, derogada por la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León, formulaba, en su artículo 18, el Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, en el que se incluían dos espacios denominados respectivamente «Covalagua» y «Las Tuerces», ambos en la provincia de Palencia.

El espacio natural de Las Tuerces se localiza en el límite occidental de la comarca natural de Las Loras, un...

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