Decreto 41/2018, de 10 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y se modifican las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y del Instituto Cántabro de Estadística.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto
GOBIERNO
de
CANTABRIA
BOLETÍN OFICIAL
DE CANTABRIA
iboc.cantabria.es
Pág. 984
VIERNES, 11 DE MAYO DE 2018 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 18
1/21
CVE-2018-4486
2.AUTORIDADES Y PERSONAL
2.3.OTROS
CONSEJO DE GOBIERNO
CVE-2018-4486 Decreto 41/2018, de 10 de mayo, por el que se establece la Estruc-
tura Orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y se
modi can las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo y del Instituto Cántabro de Estadística.
Por Decreto 134/2004, de 10 de diciembre, se aprobó la estructura orgánica de la Conseje-
ría de Economía y Hacienda (BOC de 21 de diciembre), modi cado posteriormente por diferen-
tes Decretos, siendo el último que modi ca tanto a la Consejería como al Instituto el Decreto
20/2010, de 18 de marzo, de modi cación parcial de la Estructura Orgánica y de la Relación de
Puestos de Trabajo de la Consejería de Economía y Hacienda y del ICANE.
El presente Decreto actualiza y uni ca en una sola disposición la estructura orgánica com-
pleta de la Consejería, actualmente dispersa en numerosas disposiciones que acometían mo-
di caciones parciales del Decreto 134/2004. Además, se adecuan las estructuras orgánicas de
la Secretaría General, de la Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera
y de la Intervención General, para adaptarlas a las competencias asumidas como consecuencia
de la redistribución llevada a cabo entre estos órganos directivos por Decreto 83/2015, de 31
de julio, por el que se modi ca parcialmente la Estructura Básica de las Consejerías del Go-
bierno de Cantabria.
Con el n de corregir las desviaciones que la crisis económica actual está produciendo en
las Administraciones Públicas, se dictan entre otras normas, la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de
abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, parcialmente modi cada por
la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de Control de la Deuda Comercial en el Sector
Público, y una serie de iniciativas legislativas de la Unión Europea orientadas a reforzar las
reglas scales comunes y desarrollar una mayor supervisión económica y scal (Pacto Fiscal
Europeo), Por ello, en la Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera se
precisa una modi cación en la descripción de los puestos de trabajo.
Por último, se procede a normalizar la función estadística en la relación de puestos de
trabajo del ICANE para que la promoción dentro de esta área se realice en términos de equi-
librio entre aquellas personas que realizan funciones en este ámbito. En este sentido se hace
necesario normalizar en sus contenidos un conjunto de puestos de trabajo que ya pueden pro-
veerse sin ninguna di cultad por parte del personal que realiza funciones estadísticas dentro
del Gobierno.
Por lo anterior, cumplidos los trámites preceptivos establecidos en el Decreto 2/1989, de 31
de enero, sobre elaboración de Estructuras, Relaciones de Puestos de Trabajo y Retribuciones,
en su vigente redacción, y consultadas las organizaciones sindicales al amparo de lo previsto
en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refun-
dido del Estatuto Básico del Empleado Público, a propuesta de los Consejeros de Economía,
Hacienda y Empleo y de Presidencia y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno
en su reunión del día 10 de mayo de 2018,
GOBIERNO
de
CANTABRIA
BOLETÍN OFICIAL
DE CANTABRIA
iboc.cantabria.es
Pág. 985
VIERNES, 11 DE MAYO DE 2018 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 18
2/21
CVE-2018-4486
DISPONGO
Artículo 1. Órganos Directivos.
Son órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo los siguientes:
— El Consejero.
— La Secretaría General.
— La Dirección General de Economía y Asuntos Europeos.
— La Intervención General.
— La Dirección General de Trabajo.
— La Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera.
Artículo 2. Consejero de Economía, Hacienda y Empleo.
Las competencias que corresponden al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, están
determinadas por la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, la Ley 7/1984, de 21 de diciem-
bre, de Finanzas de la Diputación Regional de Cantabria, y por la correspondiente Ley de
Presupuestos Generales de Cantabria, así como las que se le atribuyan por Ley o Acuerdo del
Consejo de Gobierno.
Depende directamente del Consejero el Comité de Dirección, Consejo y Asesoramiento.
Artículo 3. Secretaría General.
Las competencias genéricas de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Ha-
cienda y Empleo, son las expresadas en la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurí-
dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Especí camente le corresponde las competencias siguientes:
1) La emisión de informes jurídicos y la elaboración de las disposiciones generales que
emanen de la Consejería.
2) El informe y propuesta al Consejero de los asuntos que hayan de ser sometidos al Con-
sejo de Gobierno.
3) La tramitación y propuesta de resolución de los recursos administrativos, de los ex-
pedientes de revisión de o cio de los actos administrativos, así como las relaciones con los
órganos jurisdiccionales.
4) El seguimiento de las actuaciones de los distintos Órganos Directivos de la Consejería.
5) La asistencia al ciudadano, la propuesta de resolución de los escritos formulados al am-
paro del derecho de petición y de las reclamaciones de queja.
6) El régimen interno y los asuntos generales.
7) La gestión y administración del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con
competencia para la rma de escrituras públicas.
8) Prestar asesoramiento jurídico al Consejero, Órganos Directivos y Unidades Administra-
tivas de la Consejería.
9) La Presidencia de los Órganos Colegiados de la Consejería, cuando no asiste el Consejero
a su reunión, y especí camente la de la Junta Económico-Administrativa.
10) La gestión y tramitación de ayudas y subvenciones que convoque la Consejería para la
ejecución de programas o actuaciones de desarrollo económico y social.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR