DECRETO 4/2015, de 17 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se crean y regulan las Viceconsejerías.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Julio de 2015
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

El Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, ha establecido la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con la finalidad de alcanzar una eficaz acción de gobierno.

Establecida dicha organización básica, la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, posibilita en el ámbito de los distintos departamentos, la creación de viceconsejerías para un sector de actividad específico dentro de cada uno de ellos.

Todo lo anterior determina que en este momento resulte procedente determinar las Viceconsejerías que se estima preciso crear para atender el propósito antes señalado.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.13 y 45.1 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo 1 Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto.

Se crea la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, adscrita a la Consejería de la Presidencia.

La Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, en el marco de las competencias propias de la Consejería de la Presidencia, desarrollará sus funciones en las materias de función pública, formación del personal al servicio de la Administración, prevención de riesgos laborales, inspección y calidad de los servicios, transparencia y participación, y la página web corporativa.

Asimismo, corresponderá a esta Viceconsejería el impulso y seguimiento del programa de gobierno y en especial de las medidas de regeneración democrática y calidad política.

En su sector de actividad, la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto ejercerá las funciones que le atribuye la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de cualquier otra que le sea atribuida, desconcentrada, delegada o encomendada.

Artículo 2 Viceconsejería de Ordenación del Territorio y Relaciones Institucionales.

Se crea la Viceconsejería de Ordenación del Territorio y Relaciones Institucionales, adscrita a la Consejería de la Presidencia.

La Viceconsejería de Ordenación del Territorio y Relaciones Institucionales, en el marco de las competencias propias de la Consejería de la Presidencia, desarrollará sus funciones en...

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