DECRETO 39/2024, de 28 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Administración de la Comunidad Autónoma se organiza, de acuerdo con el principio de división funcional, en Departamentos, cada uno de los cuales comprenderá uno o varios sectores de la actividad administrativa. La determinación de la estructura departamental corresponde al Presidente del Gobierno de Aragón, siendo su facultad exclusiva la creación, modificación, agrupación y supresión de Departamentos, así como la determinación del sector o sectores de la actividad administrativa a los que se extenderá la competencia de cada uno de ellos.El Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma y asigna competencias a los distintos Departamentos, de acuerdo con la facultad que le atribuyen tanto el texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril, como la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón. El citado Decreto configura el Departamento de Sanidad, al que se atribuyen las competencias en materia de salud del anterior Departamento de Sanidad y se le adscriben el Servicio Aragonés de Salud, el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud y el Banco de Sangre y Tejidos.Posteriormente, el Decreto 102/2023, de 12 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, establece los órganos directivos que se adscriben al Departamento de Sanidad para el ejercicio de sus competencias, como son la Secretaría General Técnica, la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Planificación, la Dirección General de Salud Pública, la Dirección General de Salud Mental, la Dirección General de Salud Digital e Infraestructuras y la Dirección General de Cuidados y Humanización.De conformidad con lo previsto en la disposición final primera del citado Decreto 102/2023, de 12 de agosto, así como en el artículo 78 de la Ley de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, ha de procederse a la aprobación de la estructura orgánica del Departamento de Sanidad, en la que se determinen las competencias propias de cada órgano directivo, se establezcan los órganos administrativos adscritos a cada uno de ellos, con la definición de sus respectivas competencias, y se determine la estructura periférica de la que se dota al Departamento.La nueva Dirección General de Asistencia Sanitaria y Planificación va a mantener la configuración y estructura de servicios de la anterior Dirección General de Asistencia Sanitaria, manteniéndose los cuatro servicios con su misma denominación. Asimismo, la estructura de la nueva Dirección General de Asistencia Sanitaria y Planificación tiene adscrita la de Unidad de Coordinación de Trasplantes de Aragón.En la Dirección General de Salud Pública se crea el Servicio de Mataderos, Industrias Cárnicas y Exportaciones, que tendrá como función coordinar la inspección de mataderos e industrias cárnicas, desarrollar los programas de control en este sector, y la coordinación con la Administración General del Estado de las autorizaciones y controles de establecimientos alimentarios en relación con las exportaciones a países terceros de productos de origen animal. Se crea, además, en la citada Dirección General la Unidad de Coordinación de Alertas en Salud Pública, que tendrá como función impulsar y actualizar el actual sistema de alertas y coordinar su gestión con otras unidades del Gobierno de Aragón y responder ante situaciones de alerta o emergencia que supongan una amenaza para la salud de la población de Aragón. También se desarrollan las funciones de la Unidad funcional de Cribados y se crea la Unidad funcional de Evaluación de Impacto en Salud para impulsar esta evaluación, prevista en el artículo 52 de la Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón.El Decreto 102/2023, de 12 de agosto, crea, dentro del Departamento de Sanidad, una nueva Dirección General de Salud Mental, por lo que las funciones en dicha materia, ejercidas hasta ahora por la Unidad de Coordinación Autonómica de Salud Mental, se desgajan de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Planificación, pasando a ser desempeñadas por la Dirección General de Salud Mental a través de su Servicio de Planificación y Estrategia de Salud Mental. Le corresponde el desarrollo de estrategias en materia de salud mental en el Departamento de Sanidad, la colaboración con otras Direcciones y Servicios para desarrollar aquellas competencias relacionadas con la salud mental. También le corresponde la elaboración, negociación y seguimiento de contratos, conciertos y convenios con otras entidades provisoras de asistencia sanitaria en materia de salud mental y adicciones, el seguimiento y evaluación de la asistencia y su continuidad en los diferentes recursos, dispositivos y equipos.El Servicio de Planificación y Estrategia de Salud Mental de la Dirección General de Salud Mental asumirá las funciones de la Unidad de Coordinación de Salud Mental descritas en los artículos 3 y 4 de la Orden SAN/2193/2018, de 6 de noviembre, relativa a la coordinación y organización asistencial de Salud Mental en la Comunidad Autónoma de Aragón.En el contexto actual deben afrontarse grandes desafíos, entre los que destaca el envejecimiento de la población o el aumento de la esperanza de vida, para los cuales la Unión Europea ha identificado, como factores clave, la transformación digital de la sanidad y los servicios asistenciales en el Mercado Único Digital, la capacitación de los ciudadanos y la creación de una sociedad más saludable. Así, se han adoptado planes y programas europeos de apoyo a la trasformación digital de la salud como la EU4Health 2021-2027 o el Programa Europa Digital que buscan impulsar el liderazgo de Europa en este sector.En consonancia con esta tendencia, en España, la Estrategia de Salud Digital del Sistema Nacional de Salud constituye un marco de referencia para las administraciones competentes en materia sanitaria.Es preciso referir que estas iniciativas se han adoptado ante la constatación de que las tecnologías digitales avanzadas, como el análisis masivo de datos o Big Data, la Inteligencia Artificial o la robótica, ofrecen enormes posibilidades, ostentando un gran potencial transformador del sistema sanitario, lo cual redunda en sustanciales mejoras en relación con los pacientes, profesionales sanitarios, anticipación de riesgos, mayor precisión en tratamientos médicos y desarrollo de la investigación.De esta manera, y siguiendo las directrices estipuladas por la citada Estrategia, se estima oportuno la creación de una nueva Dirección General de Salud Digital e Infraestructuras. Con ello se pretende ahondar en el desarrollo de servicios sanitarios digitales orientados a las personas, profesionales sanitarios y procesos, generalizando la interoperabilidad de la información sanitaria, impulsando a su vez la analítica de datos relacionados con la salud y aplicando políticas de innovación orientadas a la medicina 5P (Poblacional, Preventiva, Predictiva, Personalizada y Participativa).Asimismo, esta nueva Dirección General asumirá competencias en materia de infraestructuras digitales, en lo concerniente a la adopción de las iniciativas necesarias para su adecuado desarrollo e implementación, lo cual se traducirá en notables mejoras en el funcionamiento de los servicios sanitarios.La organización del Departamento de Sanidad incluye una nueva Dirección General de Cuidados y Humanización para responder al reto del envejecimiento y la cronicidad en Aragón, que demanda una atención sanitaria diferente que responda a las necesidades de pacientes, personas cuidadoras y usuarios. Las características sociodemográficas de la Comunidad Autónoma de Aragón, con una gran proporción de personas mayores y con enfermedades crónicas en un territorio con una gran dispersión geográfica, implican una nueva orientación en cuanto a estructura y funcionamiento de la atención sanitaria. Es necesario ampliar y mejorar la calidad de los cuidados de salud que se ofrecen desde el Sistema de Salud de Aragón. Por ello, la Dirección General de Cuidados y Humanización pondrá en marcha una Estrategia de Cuidados del Sistema de Salud de Aragón que permita integrar en la gestión y organización de los servicios sanitarios la aplicación de cuidados de calidad, basados en la evidencia científica en todas las fases del ciclo vital, desde la infancia hasta el final de la vida.Es importante visibilizar y potenciar el papel que realizan todos los profesionales del Sistema de Salud de Aragón en materia de cuidados de salud, y en especial del personal de enfermería comprometido en los planes personales.También es clave desarrollar un Plan de Humanización de la asistencia sanitaria que, atendiendo a las expectativas de pacientes, usuarios y profesionales, cree condiciones que refuercen la vertiente de calidad humana, el respeto a las personas, su dignidad y sus derechos en los servicios sanitarios. Con el compromiso y liderazgo de los equipos directivos que apoyen a los profesionales sanitarios para mejorar la comunicación y empatía con los usuarios que facilite la toma de decisiones compartidas, la Dirección General de Cuidados y Humanización tiene como misión establecer políticas y orientaciones en conjunto con las demás Direcciones Generales y el Servicio Aragonés de la Salud para mejorar la experiencia de los pacientes en sus interacciones con los servicios sanitariosEl presente Decreto viene, además, a redefinir las competencias de los órganos directivos del Departamento dentro del Sistema de Salud de Aragón, con pleno respeto a lo establecido por las disposiciones legales que lo ordenan, como son la Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón, el Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo...

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