DECRETO 32/2022, de 14 de julio, por el que se crea y regula el Consejo de Dinamización Demográfica de Castilla y León.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Julio de 2022
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

Conforme al artículo 9.2 de la Constitución Española, corresponde a los poderes públicos facilitar la participación de la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social. Así mismo el artículo 11 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León reconoce el derecho de la ciudadanía a participar en los asuntos públicos de la Comunidad.

Entre tales asuntos, el artículo 16 del Estatuto de Autonomía atribuye singular relieve a la lucha contra la despoblación, respecto de la cual corresponde a los poderes públicos articular las medidas de carácter institucional, económico, industrial y social que sean necesarias para fijar, integrar, incrementar y atraer población. Y en efecto, la política demográfica ha venido recibiendo una especial atención por parte de la Junta de Castilla y León, habida cuenta de las circunstancias específicas que concurren en nuestra Comunidad, tales como envejecimiento, dispersión, baja natalidad y emigración, entre otras.

De ahí la necesidad ineludible de incorporar la perspectiva demográfica en la elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas públicas, lo que solo puede hacerse con la colaboración del conjunto de departamentos de la Administración de la Comunidad, y en coordinación con las restantes administraciones públicas. Sin duda para ello es útil contar con órganos ad hoc que articulen dicha tarea, función que cumplió desde 2006 el Observatorio Permanente de Estudio de la Evolución de la Población en Castilla y León, desde 2010 el Consejo para la Población de Castilla y León, y a partir de 2015 el Consejo de Políticas Demográficas.

En este momento, la evolución de los datos demográficos y la situación socioeconómica general aconsejan adoptar un nuevo enfoque que, sobre la base de la experiencia acumulada, permita mejorar la interiorización de la perspectiva demográfica en el diseño y ejecución de las políticas públicas en Castilla y León. Para ello se aprueba este Decreto, que crea y regula el Consejo de Dinamización Demográfica de Castilla y León, como órgano colegiado de carácter consultivo, deliberante, de asesoramiento, de propuesta y de participación social sobre población y dinamización demográfica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Respecto de órganos precedentes, este Consejo minora el número de miembros buscando el siempre difícil compromiso entre lo representativo y lo operativo; profundiza sus funciones para dar cauce de participación a toda persona que pueda aportar ideas y propuestas para la política demográfica; pero sobre todo enfoca con claridad su misión a la lucha contra la despoblación, esto es, a combatir el proceso de declive demográfico que se expresa de forma evidente en los datos de población absoluta,

Lunes, 18 de julio de 2022

pero para cuya comprensión es preciso analizar otros indicadores demográficos como la tasa de natalidad, la tasa de fecundidad o la esperanza de vida, junto con factores vinculados al territorio como la densidad de población, la tasa de urbanización o el índice de masculinidad.

Este Decreto se estructura en diez artículos, tres disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales: el artículo 1 identifica el objeto del Decreto, mientras que los artículos 2, 3 y 4 abordan sucesivamente la finalidad, naturaleza y funciones del Consejo de Dinamización Demográfica de Castilla y León; en el artículo 5 se detalla la composición, y en los siguientes se van desgranando las reglas de funcionamiento; las disposiciones adicionales señalan el plazo para el nombramiento de vocalías y para la constitución del Consejo, así como la exclusión de retribuciones e indemnizaciones; la disposición derogatoria se refiere a las disposiciones previas análogas; y las disposiciones finales incluyen cláusulas sobre habilitación normativa y entrada en vigor.

En la elaboración de este Decreto se han observado los principios de buena regulación previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública: los de necesidad y eficacia, en cuanto este Decreto se dicta respondiendo a razones de interés general, considerándose el instrumento más adecuado para crear un nuevo órgano de participación social y asesoramiento a la administración; el de proporcionalidad, en cuanto la...

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