DECRETO 3/2024, de 29 de febrero, por el que se modifica el Decreto 30/1997, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyDecreto

La Ley 7/1996, de 3 de diciembre, creó el Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León configurándolo como un Ente Público de Derecho Privado dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es el impulso y la realización de las iniciativas y de los programas de actividades para la investigación, el estudio y el apoyo de las actuaciones tecnológicas energéticas, con la inclusión de las renovables, como, así mismo, la mejora del ahorro y de la eficiencia energética, el fomento del uso racional de la energía, integrando la protección del medio ambiente y la óptima gestión de los recursos energéticos, en los distintos sectores económicos de Castilla y León, sirviendo, así, de soporte para el impulso y la ejecución de la política energética de la región.

Sin perjuicio de que la citada ley de creación reguló la naturaleza, fines y funciones, régimen jurídico, económico-financiero y de organización del Ente, así como sus relaciones con las Administraciones Públicas, determinados aspectos, sobre todo el organizativo, requirieron desarrollo reglamentario, el cual se llevó a cabo con el Decreto 30/1997, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León.

Desde la aprobación del Decreto 30/1997, de 13 de febrero, se han producido numerosos cambios normativos. Algunas de las normas aprobadas desde 1997 afectan al funcionamiento y organización de todas las administraciones públicas, como es el caso de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas Comunitarias del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Otras afectan a la Administración de Castilla y León, como es el caso de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, Y por último otros cambios normativos afectan específicamente al Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León (en adelante EREN), a raíz de las modificaciones de la Ley 7/1996, de 3 de diciembre, a través del Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica, de la Ley 21/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas, de la propia Ley 2/2006, de 3 de mayo y de la Ley 9/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas.

Lunes, 4 de marzo de 2024

A la vista del tiempo transcurrido desde la aprobación del Decreto 30/1997, de 13 de febrero, de los importantes cambios normativos mencionados, de los cambios en la estructura de la Administración autonómica y de la experiencia acumulada durante todos los años de funcionamiento del EREN, se considera necesario aprobar la presente modificación.

El presente decreto se estructura en un artículo único y en dos disposiciones finales. En el artículo único, en sus distintos apartados, se introducen cambios y mejoras que pretenden adecuarse al contexto normativo actual y las referencias a los órganos administrativos se realizan de una forma genérica de acuerdo con criterios de técnica normativa y atendiendo a la perdurabilidad en el tiempo de la norma.

Por otra parte, y con la finalidad de garantizar un funcionamiento adecuado, ágil y en el contexto de racionalización de la organización administrativa se suprime la Comisión Delegada y se actualiza la composición del Consejo Asesor.

En cuanto a las competencias de los órganos de gobierno del Ente, se modifican, actualizan y amplían las competencias del Consejo de Administración con la finalidad de conseguir un procedimiento más ágil y más eficaz e ir en consonancia con la modificación realizada por el Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica, otorgando competencias de gestión (celebración de contratos, y cualquier acto de administración y disposición del patrimonio del ente de cuantía superior a 600.000 €) asumiendo como competencia...

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