Decreto 29/2024, de 2 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.

Fecha de publicación22 Abril 2024
EmisorConsejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
SecciónI - Disposiciones Generales
TEXTO ORIGINAL
Según la Encuesta de Población Activa del Instituto Nacional de Estadística, Extremadura registró en el cuarto trimestre de 2023 una tasa de paro del 16,29% de su población activa, situándose en más de 4,5 puntos porcentuales por encima de la media nacional, que alcanzó el 11,76%. A pesar de haberse reducido en nuestra Comunidad Autónoma la tasa de paro en cinco puntos con respecto a los peores meses de la pandemia ocasionada por el COVID-19 en los que, según datos del cuarto trimestre de 2020, se alcanzó una tasa del 21,32%, la actual situación económica derivada de los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo y de la espiral inflacionista de los precios, está influyendo negativamente en el mercado de trabajo.
Igualmente, en cuanto a la tasa de temporalidad en la contratación, y según la información facilitada por el Servicio Público de Empleo Estatal, en los dos primeros meses del año 2024, el porcentaje de contratos temporales sobre el total de los contratos celebrados en la Comunidad Autónoma de Extremadura es del 67,98%, mientras que la tasa a nivel nacional es del 55,66%.
Como consecuencia de la situación descrita la Junta de Extremadura establece, a través del presente decreto, ayudas directas a empresas privadas y demás operadores económicos que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para fomentar la contratación indefinida. Con ello, se pretende fortalecer el tejido productivo de nuestra región, así como la reducción de la tasa de desempleo.
Una de las demandas que realizan las empresas extremeñas se concreta en ayudas económicas que reduzcan los costes sociales de las contrataciones que las mismas celebren. En respuesta, el presente decreto instrumentalizará ayudas que cubran dichos costes el primer año de la contratación objeto de subvención. De esta forma, se incrementan los importes de las ayudas ya existentes con el fin último de fomentar la contratación indefinida en el ámbito autonómico y conseguir así un nivel de empleo estable y de calidad en Extremadura.
La Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo establece en el apartado segundo de su artículo 7 que, dentro de su ámbito territorial, corresponde a las Comunidades Autónomas, de conformidad con la Constitución y sus respectivos Estatutos de Autonomía, el desarrollo de la política de empleo, el fomento del empleo y la ejecución de la legislación laboral y de los programas y medidas que les hayan sido transferidos, así como de los programas comunes que se establezcan, conjuntamente con el desarrollo y diseño de los programas propios adaptados a las características territoriales.
La Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, aprobada mediante Real Decreto 1069/2021, de 4 de diciembre, contempla dentro del Eje 3 Oportunidades de Empleo como un objetivo estructural, fomentar y sostener la contratación de colectivos con especiales dificultades de acceso al empleo.
Igualmente, la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, recoge que las políticas activas de empleo se configuran como un instrumento básico para mejorar la empleabilidad de todas las personas trabajadoras y, en particular, de los colectivos más desfavorecidos. Dichas políticas han de cumplir de forma efectiva los objetivos de la mejora de la empleabilidad y el fomento del empleo especialmente de los colectivos más desfavorecidos, que son, por otra parte, los más expuestos y vulnerables en situaciones de crisis económica. Las políticas activas han de centrar gran parte de sus esfuerzos en su atención, procurando su inclusión y tomando en consideración las distintas circunstancias personales como franjas de edades, perspectiva de género, exclusión y vulnerabilidad.
La Ley 7/2001, de 14 de junio, de creación del Servicio Extremeño Público de Empleo, establece entre los fines de este, la gestión y coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo. Asimismo, el artículo 4 del Decreto 26/2009, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, establece entre sus funciones fomentar el empleo de calidad, cualificado y estable, en especial para colectivos con una mayor dificultad de inserción laboral.
Las subvenciones contempladas en este decreto se enmarcan en el ámbito de las políticas activas de empleo, cuyo principal objetivo es facilitar las posibilidades de acceso de las personas en situación de desempleo al mercado de trabajo y se insertan en los objetivos de la Estrategia de Empleo y Competitividad Empresarial en Extremadura 2020-2025, entre los que se encuentran aumentar la participación de hombres y mujeres en el mercado laboral, reducir el desempleo estructural y fomentar el empleo de calidad, mediante el establecimiento de ayudas a empresas privadas para la contratación indefinida de personas desempleadas con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo. Igualmente, estas ayudas se alinean con el futuro Plan Director de Políticas Activas de Empleo 2024-2027, cuyo objetivo finalista es apoyar y facilitar la creación, el mantenimiento y la mejora de oportunidades de empleo en Extremadura.
En el contexto actual de inestabilidad mundial debido a los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, que han provocado una gran crisis energética y que han contribuido a una brutal escalada de los precios, de manera que la inflación media en España se ha situado en un 8,4% en el año 2022 y en un 3,5% en 2023, desde la Junta de Extremadura se estima conveniente establecer unas ayudas que por un lado dinamicen el mercado laboral extremeño, favoreciendo empleos indefinidos de calidad y bien remunerados, y por otro lado reduzcan los costes laborales de las empresas al realizar contrataciones, de manera que alivien dichos costes y supongan un incentivo para que aumenten sus plantillas fijas.
Mediante el Decreto 16/2023, de 1 de marzo, se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación laboral y el mantenimiento del empleo estable y de calidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprobó la primera convocatoria. Al amparo de dicha convocatoria se han subvencionado más de 3.000 contrataciones indefinidas iniciales o transformaciones de contratos temporales en indefinidos.
A través del presente decreto se pretende mejorar las ayudas y potenciar la contratación indefinida de los grupos de población con mayores dificultades de acceso al mercado laboral y a un trabajo estable.
Será en cada convocatoria donde se establezcan los colectivos prioritarios, que son los que presentan mayor dificultad de inserción laboral, de manera que se puedan definir dichos colectivos de acuerdo con la situación del mercado de trabajo a la fecha de publicación de cada convocatoria.
En la primera convocatoria que contiene el presente decreto, para definir los colectivos prioritarios, se toma como punto de partida la tasa de paro de Extremadura según los datos resultantes de la Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre de 2023, que se situó en un 16,29%. Dicho porcentaje se compara con determinados grupos de población que tienen una tasa superior de desempleo, como son las mujeres, con un 18,86%, los jóvenes, con un 25,28% y los mayores de 45 años con un 16,70%. A dichos grupos debe añadirse el colectivo de parados de larga duración , quienes encuentran cada vez más dificultad de inserción en el mercado laboral, así como las personas trabajadoras que desarrollan su actividad laboral en centros de trabajo ubicados en localidades de menos de 5.000 habitantes, pretendiendo en este último caso, contribuir al objetivo de fijar la población al medio rural.
Además del incremento de costes derivados de la inflación y la presión impositiva que existe en España, las empresas privadas a las que se dirigen las ayudas reguladas en esta norma asumen unos costes sociales derivados de las contrataciones, los cuales evolucionan al alza, a modo de ejemplo, en enero de 2023 se estableció una nueva cotización, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que será asumida principalmente por las empresas.
En este contexto, y para reducir los costes laborales de las empresas, en estas nuevas bases reguladoras se introduce una nueva forma de cálculo de las cuantías de las ayudas, de modo que van a ser proporcionales a la remuneración bruta anual que se pacte en el contrato de trabajo firmado por la empresa y la persona trabajadora. Se establecen seis tramos según la remuneración bruta establecida en el contrato y se ha calculado que, para las contrataciones indefinidas iniciales, el importe de la ayuda suponga, en todos los casos, más del 100% de los costes sociales del primer año de los contratos objeto de subvención.
Además, las ayudas se incrementan en un 10% cuando se den tres supuestos. El primer supuesto es cuando la contratación por la que se solicita la subvención se trate de la primera contratación indefinida que formalicen los trabajadores/as autónomos/as de nuestra región, cuando la contratación objeto de subvención se realice con una persona que accede por primera vez al mercado de trabajo, cuando en la entidad solicitante concurra la Cláusula de Responsabilidad Social o cuando tenga implantado un Plan Empresarial de Igualdad de Género, sin que exista la obligación legal. El segundo supuesto se refiere a las contrataciones que realicen las empresas que desarrollen las actividades prioritarias que se establezcan en cada convocatoria. Se ha determinado que sean las convocatorias las que establezcan las actividades prioritarias para que estas se puedan determinar atendiendo a la situación del mercado de trabajo y el mercado productivo de Extremadura en el momento de publicar la convocatoria. En la primera convocatoria que se publica en el presente decreto se establecen como actividades prioritarias, entre otras, la industria manufacturera, por la necesidad de apoyar nuestro tejido productivo, las industrias de...

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