Decreto 279/2023, de 5 de diciembre, por el que se designa el organismo pagador de Castilla-La Mancha de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).

Fecha de publicación13 Diciembre 2023
Número de registro2023/10030
Fecha05 Diciembre 2023
Número de Gaceta237/2023
EmisorConsejo de Gobierno
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Decreto 279/2023, de 5 de diciembre, por el que se designa el organismo pagador de Castilla-La Mancha
de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (Feader). [2023/10030]
El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, atribuye a
la Comunidad Autónoma en su artículo 31.1.1ª, 6ª y 28ª, competencia exclusiva sobre la organización, régimen y
funcionamiento de sus instituciones de autogobierno, en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias,
de acuerdo con la ordenación general de la economía, así como sobre el procedimiento administrativo derivado de
las especialidades de la organización propia.
Tras la entrada en vigor del Reglamento (CE) nº 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la nanciación
de la política agrícola común, el Decreto 113/2006, de 14 de diciembre de 2006, designó a la Consejería de Agricultura
como Organismo pagador de los Fondos europeos agrarios. Desde la designación referida, distintos decretos han
regulado el Organismo pagador y sus funciones, para adaptarlas a la estructura de la Administración Regional, así
como a las modicaciones de la regulación comunitaria.
El modelo de aplicación de la Política Agrícola Común (PAC) se ha modicado sustancialmente. La nueva PAC, que
se aplicará de 2023 a 2027, conserva los elementos esenciales de la PAC anterior, pero pasa de ser una política
basada en la descripción de los requisitos que deben cumplir los beneciarios nales de las ayudas a ser una política
orientada a la consecución de resultados concretos. En este nuevo modelo, los Estados miembros deben contar con
un Plan Estratégico de la PAC en el que se indiquen las intervenciones o medidas con las que se pretenden alcanzar
los objetivos de la PAC. Todo ello ha supuesto la aprobación de un nuevo marco normativo que ha de tenerse en
cuenta.
El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se
establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros
en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), nanciada con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía (Feaga) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan
los Reglamentos (UE) nº 1305/2013 y (UE) nº 1307/2013 establece normas que regulan, entre otros aspectos, la
coordinación y gobernanza en el marco de los planes estratégicos de la PAC.
Asimismo, el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre
la nanciación, la gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común y por el que se deroga el Reglamento (UE)
nº 1306/2013, recoge, entre otras, disposiciones que regulan la designación de los organismos de gobernanza, a
saber, la autoridad competente, el organismo pagador, el organismo de coordinación y el organismo de certicación,
así como las relativas a la autorización de los organismos pagadores.
Con posterioridad se ha aprobado, el Reglamento Delegado (UE) 2022/127 de la Comisión, de 7 de diciembre
de 2021, que completa el citado Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas
relativas a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión nanciera, la liquidación de cuentas, las garantías y
el uso del euro y el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/128 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021, por el que
se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo
sobre los organismos pagadores y otros órganos, la gestión nanciera, la liquidación de cuentas, los controles, las
garantías y la transparencia.
A nivel nacional, se ha publicado la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión
de la Política Agrícola Común y otras materias conexas, así como diversos Reales Decretos que desarrollan la
aplicación de la normativa comunitaria a nivel de España y que recogen aspectos relativos al Plan Estratégico de la
PAC de España.
El Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola
Común en España y de los fondos europeos agrícolas Feaga y Feader.
AÑO XLII Núm. 237 13 de diciembre de 2023 40233

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