DECRETO 271/2019, de 27 de diciembre, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones destinadas al fomento de la ocupación de personas con diversidad funcional o discapacidad en centros especiales de ocupación y enclaves laborales, y convocatoria para 2020. [2020/432]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Rango de LeyDecreto

ÍNDICE

TÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 6
CAPÍTULO I Objeto y ámbito Artículos 1 a 6
Artículo 1 Objeto y ámbito
Artículo 2 Programas de ayudas
Artículo 3 Financiación
Artículo 4 Entidades beneficiarias
Artículo 5 Requisitos para ser entidad beneficiaria
Artículo 6 Obligaciones generales de las entidades beneficiarias CAPÍTULO II

Procedimiento general para la concesión de las ayudas Artículo 7. Presentación de solicitudes, plazo y documentación Artículo 8. Procedimiento para la concesión de las ayudas Artículo 9. Medio de notificación.

Artículo 10 Resolución de incidencias
Artículo 11 Compatibilidad, Concurrencia de ayudas y subvenciones
Artículo 12 Control de las ayudas
Artículo 13 Justificación del gasto y liquidación de las ayudas
Artículo 14 Reintegro de las ayudas concedidas, procedimiento de reintegro, infracciones y sanciones
TÍTULO II Centros Especiales de Empleo
Artículo 15 Requisitos generales
CAPÍTULO I Programa de ayudas a proyectos de inserción laboral en Centros Especiales de Empleo
Artículo 16 Costes subvencionables y cuantía
Artículo 17 Requisitos específicos
Artículo 18

Documentación específica para la presentación de las solicitudes.

Artículo 19 Plazo para la presentación de las solicitudes
Artículo 20 Documentación justificativa relativa al personal con diversidad funcional o discapacidad para la subvención del coste salarial del ejercicio 2019 correspondiente a los puestos de trabajo ocupados por personal con diversidad funcional o discapacidad y plazos de presenta· ción e informe auditor
Artículo 21 Pago y justificación del gasto de la ayuda salarial correspondiente a costes de 2020
Artículo 22 Justificación y pago de la ayuda informe auditor y ayuda adaptación de puestos
CAPÍTULO II Programa de ayudas a proyectos de inserción en empresas ordinarias a través de CEE
Artículo 23 Objeto de las ayudas
Artículo 24 Requisitos y compatibilidad
Artículo 25 Cuantías
Artículo 26 Documentación para la presentación de las solicitudes
Artículo 27 Plazo para la presentación de las solicitudes
Artículo 28 Justificación y pago
TÍTULO III Programa de ayudas a empresas ordinarias por la con· tratación indefinida de personal con diversidad funcional o discapacidad procedentes de enclaves laborales
Artículo 29 Objeto
Artículo 30 Requisitos del enclave
Artículo 31 Ayudas
Artículo 32 Documentación en la presentación de solicitudes
Artículo 33 Plazos de presentación de las solicitudes
Artículo 34 Exclusiones e incompatibilidades
Artículo 35 Obligaciones de las entidades beneficiarias
Artículo 36 Justificación y pago
Disposiciones adicionales
Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera Régimen jurídico
Disposición Adicional Segunda Concepto de «personas con diver· sidad funcional o discapacidad», «personas con diversidad funcional o discapacidad severa» y modo de acreditación
Disposición Adicional Tercera Compatibilidad con el Mercado Común: requisitos y exclusiones
Disposición derogatoria única Derogación Disposiciones finales
Disposición final primera Facultades de ejecución Disposición final segunda. Entrada en vigor Disposición Final Tercera. Recursos

El Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Ley orgánica 5/1982, de 1 de julio, atribuye a la Generalitat en su artículo 49 competencia exclusiva en la regulación de los aspectos organizativos y procedimentales propios de la administración autonó· mica, así como, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución, y en su caso, de las bases y ordenación de la actividad económica general del Estado, en la gestión de las funciones del servi· cio público de empleo estatal en el ámbito del trabajo, ocupación y for· mación, estableciendo asimismo en su artículo 51 que corresponde a la Generalitat la ejecución de la legislación del Estado en materia laboral, asumiendo las facultades, competencias y servicios que en este ámbito y a nivel de ejecución ostenta el Estado con respecto a las relaciones laborales, sin perjuicio de la alta inspección de éste, y el fomento activo de la ocupación.

El Real decreto 268/1985, de 23 de enero, aprobó el traspaso a la Comunitat Valenciana de las funciones y servicios del Estado en materia de Unidad Administradora del Fondo Nacional de Protección al Trabajo, entre los que se encontraban las ayudas para la inserción laboral de las personas con diversidad funcional o discapacidad y, más concretamente, las ayudas a los centros especiales de empleo (en adelante CEE).

El Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que se esta· blece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las Conse· llerias de la Generalitat, dispone que el ejercicio de la competencia en materia de fomento de empleo corresponde a la Conselleria de Econo· mía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, resultando la persona titular de la misma, como órgano jerárquico superior del depar· tamento, quien ejerce todas las atribuciones conferidas por la ley del Consell, así como cualquier otra que le otorgue el ordenamiento jurídico en el ámbito competencial asignado a dicha Conselleria.

Las funciones en materia de fomento de empleo se ejercerán por la Secretaría Autonómica de Empleo, cuyo titular es el director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación que tiene, entre sus funciones, y de acuerdo con la Ley 3/2000, la ejecución y el control de las políticas activas de empleo y los programas que la componen en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Entre los programas de fomento de empleo desarrollados por la Comunitat Valenciana, se encuentran los programas de ayudas destina· das a la inserción sociolaboral de las personas con diversidad funcional o discapacidad, cuya normativa básica es la regulada en el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapa· cidad y de su inclusión social (BOE 289, de 3 de diciembre).

Dicho Real Decreto Legislativo reconoce el derecho al trabajo de las personas con diversidad funcional o discapacidad, en condiciones que garanticen la aplicación de los principios de igualdad de trato y no discriminación y prevé el ejercicio de dicho derecho a través de los siguientes tipos de empleo:

  1. Empleo ordinario, en las empresas y en las administraciones públicas, incluidos los servicios de empleo con apoyo.

  2. Empleo protegido, en centros especiales de empleo (en adelante, CEE) y en enclaves laborales.

  3. Empleo autónomo.

Asimismo, recoge la obligación de las empresas de adoptar las medidas adecuadas para la adaptación del puesto de trabajo y la accesi· bilidad de la empresa, en función de las necesidades de cada situación concreta, e introduce el fomento del empleo de las personas con diver· sidad funcional o discapacidad mediante el establecimiento de ayudas que faciliten su inclusión laboral.

De acuerdo con dicho Real decreto legislativo 1/2013, y como empleo protegido, los CEE son aquellos cuyo objetivo principal es el de realizar una actividad productiva de bienes o de servicios, participando regularmente en las operaciones del mercado, y tienen como finalidad el asegurar un empleo remunerado para las personas con diversidad

funcional o discapacidad; a la vez que son un medio de inclusión del mayor número de estas personas en el régimen de empleo ordinario.

La plantilla de los CEE estará constituida por el mayor número de personas trabajadoras con diversidad funcional o discapacidad que per· mita la naturaleza del proceso productivo y, en todo caso, por el 70 % de aquélla. A estos efectos no se contemplará el personal sin diversidad funcional o discapacidad dedicado a la prestación de servicios de ajuste personal y social.

Actualmente, el régimen jurídico de los CEE y de las ayudas a los mismos es el previsto, entre otros, en el Real decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los centros especiales de empleo y en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de personas con diversi· dad funcional o discapacidad en CEE y trabajo autónomo.

Asimismo, y para la consecución de dichos fines de inserción, este decreto incluye dos programas propios de la Comunidad Valenciana, de ayudas destinadas a promocionar el tránsito del personal con diversidad funcional o discapacidad, desde el empleo protegido hacia la empresa ordinaria, de acuerdo a lo establecido en el artículo 46 del Real decreto legislativo 1/2013: Ayudas a los proyectos de inserción en empresas ordinarias a través de CEE (ayudas a los CEE que inserten...

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