DECRETO 271/1983 de 21 de diciembre de desconcentración de funciones en las Delegaciones Provinciales de Educación de la Junta de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION
Rango de LeyDecreto

Constituidas las Delegaciones Provinciales de Educación de la Junta de Andalucía por Decreto 16/1983 de 26 de enero, y dada la enorme complejidad de la Administración educativa, en orden a una mayor agilidad administrativa y para asegurar una mayor rapidez y eficacia en la tramitación y gestión de los asunto relativos a la misma procede, de acuerdo con lo previsto en los objetivos básicos de la Consejería de Educación, el establecimiento de una desconcentración de funciones en las Delegaciones, que paralelamente va a descansar en una nueva estructura de las mismas, que posibilite asumir el aumento de tareas y responsabilidades que van a recaer sobre ellas, por las nuevas competencias a desarrollar, siguiendo el criterio de desconcentración ya iniciado con el decreto 125/1983, de 25 de mayo.

En su virtud, previo informe de la Consejería de Hacienda, con aprobación de la Consejería de Presidencia, a propuesta del Consejero de Educación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de diciembre de 1983.

D I S P O N G O :

Artículo 1º Se desconcentra en las Delegaciones de Educación de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de personal se detallan a continuación.
  1. En relación con el personal de cualquier naturaleza con destino en la provincia:

    1. La concesión de licencias por enfermedad del artículo 69 de la Ley de Funcionarios de la Administración Civil del Estado y las prórrogas mensuales; los permisos de hasta 10 días, del artículo 70, sin perjuicio de las facultades que tengan atribuidas los Directores de los Centros docentes, y las licencias por razón de matrimonio, embarazo y...

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