DECRETO 254/2016, de 17 de mayo, de reestructuración de la Escuela de Administración Pública de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda
Rango de LeyDecreto

La Ley 4/1987, de 24 de marzo, reguladora de la Escuela de Administración Pública de Cataluña creó la Escuela como un organismo autónomo con competencias específicas en materia de formación y selección del personal funcionario, y el Decreto 407/2011, de 15 de noviembre, de reestructuración de la Escuela de Administración Pública de Cataluña, con sus modificaciones, establece su estructura.

Actualmente, la Escuela afronta una nueva etapa en la cual se le plantean los retos estratégicos siguientes: implantar un modelo de prestigio orientado a la formación académica, política, administrativa y humanista del personal de las administraciones públicas catalanas; adecuar su oferta de servicios y recursos a las exigencias y demandas políticas y sociales del siglo XXI, y reforzar sus redes internacionales con centros homólogos y académicos, posicionándose entre los principales referentes internacionales en la formación y la investigación en el ámbito público.

Así, la nueva estructura de la Escuela establece tres ámbitos bien diferenciados, con la finalidad de potenciar la formación en alta dirección y la investigación, la formación continua profesionalizadora, y la proyección externa, con una clara voluntad de servicio a las administraciones públicas catalanas y orientada hacia un modelo de excelencia.

De acuerdo con el Decreto 56/2016, de 19 de enero, de reestructuración del Departamento de Gobernación, Administraciones públicas y Vivienda, la Escuela de Administración Pública de Cataluña queda adscrita a dicho Departamento.

A propuesta de la consejera de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Funciones y estructura de la Escuela de Administración Pública de Cataluña

1.1 A la Escuela de Administración Pública de Cataluña, le corresponden las funciones que prevé su Ley de creación, la normativa de función pública y la de régimen local de Cataluña.

1.2 De la dirección de la Escuela dependen:

  1. La Subdirección General de Investigación y de Formación en Alta Dirección.

  2. La Subdirección General de Captación de Talento y Formación Continua Profesionalizadora.

  3. La Subdirección General de Administración, Servicios y Proyección Externa.

Artículo 2

Subdirección General de Investigación y de Formación en Alta Dirección

2.1 A la Subdirección General de Investigación y de Formación en Alta Dirección, le corresponden las funciones siguientes:

  1. Proponer los programas formativos de Alta Dirección Pública, de másteres y de posgrados y dirigir la gestión ejecutiva.

  2. Evaluar y controlar los resultados de los programas formativos de másteres y posgrados y proponer las modificaciones de mejora necesarias.

  3. Impulsar la formación y las estrategias de calidad transversales de la Escuela.

  4. Promover y dirigir la investigación y la gestión del conocimiento vinculada a los ámbitos de la gestión pública, la organización y la función pública.

  5. Planificar, organizar, supervisar y difundir las actividades de investigación propias en el marco de la generación y difusión de conocimiento experto.

  6. Promover, coordinar y evaluar el fomento y la difusión de las materias relativas a la mejora y la innovación en los ámbitos de la Administración y la función pública.

  7. Dirigir la formación dirigida a los altos cargos y al personal directivo de las administraciones públicas.

  8. Diseñar programas y acciones para el desarrollo de la gestión del conocimiento y el desarrollo de equipos y personas en el ámbito de la alta dirección y de la investigación.

  9. Promover y dirigir actuaciones para implementar y fomentar la innovación y la calidad en la investigación y en la formación del personal directivo y la alta dirección.

  10. Dar apoyo técnico a la implantación de la dirección pública profesional, a la formación y al intercambio de experiencias entre el personal directivo.

  11. Cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

    2.2 La Subdirección General de Investigación y de Formación en Alta Dirección de la Escuela de Administración Pública de Cataluña se estructura en los órganos siguientes:

  12. El Servicio de Formación en Alta Dirección.

  13. El Servicio de Investigación, Documentación y Publicaciones.

Artículo 3

Servicio de Formación en Alta Dirección

Al Servicio de Formación en Alta Dirección, le corresponden las funciones siguientes:

  1. Diseñar los programas formativos de Alta Dirección Pública, de másteres y de posgrados.

  2. Supervisar y coordinar los programas formativos de los másteres y posgrados realizados en la Escuela y ejecutar las medidas de control y evaluación de los resultados de los programas establecidos para promover las acciones de mejora necesarias.

  3. Supervisar y coordinar la formación transversal y las estrategias de calidad.

  4. Ejecutar los instrumentos de colaboración con otros centros de formación en gestión y políticas públicas y, especialmente, con las universidades públicas.

  5. Diseñar, coordinar y evaluar los encargos de formación a medida y estratégica que recibe la Escuela dirigida a personal directivo y altos cargos.

  6. Supervisar y coordinar la programación, el control de ejecución y la evaluación de los programas de actividades formativas dirigidos al personal directivo y altos cargos de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

  7. Supervisar y coordinar las actividades formativas de larga duración en colaboración con las universidades y las otras unidades de formación de la Escuela.

  8. Coordinar los programas y acciones para el desarrollo de la gestión del conocimiento y el desarrollo de equipos y personas en el ámbito de la alta dirección pública y el personal directivo.

  9. Definir los perfiles de la alta dirección de acuerdo con las competencias profesionales y las competencias técnicas de dirección de equipos y diseñar los itinerarios formativos y establecer modelos de identificación, detección y evaluación del talento directivo.

  10. Cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

Del Servicio de Formación en Alta Dirección, depende la Sección de Gestión de la Formación en Alta Dirección.

Artículo 4

Sección de Gestión de la Formación en Alta Dirección

A la Sección de Gestión de la Formación en Alta Dirección, le corresponden las funciones siguientes:

  1. Gestionar y evaluar los magisterios, posgrados y todas las actividades formativas directivas dirigidas a la Administración de la Generalidad de Cataluña y de su sector público.

  2. Coordinar la ejecución de las actividades y las relaciones con los departamentos y las instituciones de la Generalidad dentro del ámbito de los magisterios, posgrados y las otras actividades formativas directivas.

  3. Gestionar los cursos de formación directiva vinculados a procesos selectivos de la Administración de la Generalidad y de su sector público.

  4. Gestionar los cursos de formación directiva vinculados a procesos selectivos del sistema universitario público de Cataluña.

  5. Cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

Artículo 5

Servicio de Investigación, Documentación y Publicaciones

Al Servicio de Investigación, Documentación y Publicaciones, le corresponden las funciones siguientes:

  1. Promover la gestión del conocimiento, la investigación, la innovación y la difusión de las materias relativas a la Administración, la gestión y la función públicas, e impulsar...

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