DECRETO 24/2023, de 28 de diciembre, por el que se regulan las condiciones de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2023 en el ejercicio de 2024.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

En la reunión celebrada el pasado 11 de diciembre del Consejo de Política Fiscal y Financiera se ha comunicado a las comunidades autónomas cuales eran sus objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para los ejercicios 2024, 2025 y 2026.

Dada la fecha de la referida comunicación, la Comunidad de Castilla y León no ha dispuesto con la antelación suficiente de la citada información fundamental para la elaboración y posterior tramitación en las Cortes de Castilla y León del Proyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2024 y su aprobación antes del 1 de enero del ejercicio económico.

La Comunidad de Castilla y León tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de ordenación de su hacienda, según lo dispuesto en el artículo 70.1.3.º y en el título VI del Estatuto de Autonomía.

El artículo 89.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece que si el proyecto de presupuestos no fuera aprobado antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, quedarán automáticamente prorrogados los del año anterior hasta la aprobación del nuevo.

Del mismo modo, el artículo 107 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, indica que si las Cortes de Castilla y León no aprobaran la ley de presupuestos antes del primer día del ejercicio económico correspondiente se entenderán automáticamente prorrogados los créditos iniciales del ejercicio anterior.

De acuerdo con estas disposiciones legales, se prorrogan a partir de 1 de enero de 2024 y hasta la aprobación y publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León del nuevo presupuesto, los créditos iniciales aprobados para el año 2023, salvo que correspondan a actuaciones que hayan concluido en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan o que estén financiados con recursos finalistas cuya vigencia no pueda prorrogarse.

Asimismo, atendiendo al mandato del artículo 107.3 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, se adapta la estructura del presupuesto prorrogado a la organización administrativa y estructura funcional y económica actuales y se regulan las condiciones específicas a que debe ajustarse la prórroga.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a...

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