Decreto 210/2017, de 28 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación agrupada en acciones de promoción de carácter internacional convocadas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de EconomÍA e Infraestructuras
Rango de LeyDecreto

DECRETO 210/2017, de 28 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación agrupada en acciones de promoción de carácter internacional convocadas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU. (2017040224)

La internacionalización de la economía extremeña es una realidad que se ha ido evidenciando de forma más visible en los últimos años a través de la salida al exterior de multitud de empresas extremeñas. Esta internacionalización de la empresa extremeña ha supuesto en muchos casos además de una palanca para la recuperación económica, una modernización y mejora de la competitividad de dichas empresas.

Teniendo en cuenta las necesidades de los mercados, es de reseñar que la internacionalización de la empresa es fundamental para sobrevivir a la situación económica en la que vivimos con una clara y creciente necesidad de abrirse al mundo.

En relación al fomento de la comercialización e internacionalización de la economía regional, en conexión directa con el objeto de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, el tejido empresarial extremeño necesita consolidar ciertos mercados en el exterior y abordar otros nuevos con el objetivo final de incrementar la competitividad a nivel internacional, para ello hay que poner a disposición de las empresas una serie de medidas de apoyo que permitan sortear toda dificultad existente en el desarrollo de su actividad exportadora.

La Junta de Extremadura entiende la necesidad de reforzar la internacionalización del tejido empresarial extremeño realizando acciones de promoción, para una adecuada presencia de nuestra región en los mercados, con el objetivo de promocionar sus productos y servicios, contribuyendo a incrementar y consolidar su presencia en los principales mercados internacionales.

Así, debido a las excepcionales características de los productos y servicios extremeños y para mejorar y ampliar la promoción internacional de los mismos, resulta oportuno fomentar la participación en acciones de promoción de los diferentes sectores presentes en Extremadura con el fin de favorecer los encuentros económicos, mercantiles y culturales en el ámbito internacional entre el tejido empresarial de la región e importadores, compradores, distribuidores, prescriptores de opinión o similares invitados.

Las acciones de promoción de carácter internacional se financian en base a la transferencia presupuestaria siguiente TE: "Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Internacionalización Empresa Extremeña" formalizada a través de la firma del correspondiente convenio, previa autorización del Consejo de Gobierno, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2017, de 27 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2017.

Las actuaciones a desarrollar en el marco de las presentes bases reguladoras atienden a esas necesidades de mejorar y ampliar la promoción internacional de los productos y servicios

extremeños, estableciendo un marco favorable para la participación del tejido empresarial extremeño en las diferentes acciones de promoción de forma agrupada que se desarrollarán durante los próximos ejercicios.

Con todo ello, la Junta de Extremadura, a través de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, pone en marcha diferentes actuaciones para la participación agrupada en acciones de promoción de carácter internacional, mediante las que se trata de potenciar y apoyar la internacionalización del tejido empresarial extremeño, con la clara finalidad de acercar la oferta existente en nuestra comunidad a los diferentes mercados internacionales, así como ampliar el conocimiento existente en el exterior sobre Extremadura y que irán dirigida a personas físicas, jurídicas, y a los consorcios de exportación que tengan la consideración de Pyme que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluyendo las comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica y con actividad económica propia.

No obstante, lo anterior, aquellas actuaciones cuya convocatoria esté financiada con fondos de la Comunidad Autónoma, podrán tener la consideración de beneficiarios además de los previstos en el párrafo anterior, las asociaciones, la universidad pública, las agrupaciones y asociaciones de empresas, incluyendo los clústeres, así como denominaciones de orígenes e indicaciones geográficas protegidas, que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Recientemente, la Ley 8/2016, de 12 de diciembre, de medidas tributarias, patrimoniales financieras y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, vino a modificar, entre otras normas, la propia Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial y la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El objetivo de la modificación de la Ley 20/2010, dando una nueva redacción al párrafo tercero del apartado 1 del artículo 2 y al apartado 2, ha sido que tanto Extremadura Avante, SLU, como sus filiales puedan conceder subvenciones y/o ayudas en especie en los términos legalmente previstos.

Por su parte, en sintonía con lo anterior, la modificación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ha consistido en dar una nueva redacción a su disposición adicional tercera, que establece que las sociedades del sector público autonómico, podrán conceder subvenciones cuando, estando habilitadas al efecto por sus estatutos o normas de creación, se les autorice de forma expresa mediante acuerdo del Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería a la que se encuentre adscrita.

Es por ello que, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a través de Extremadura Avante, encuentra la habilitación normativa suficiente para la puesta en marcha de este tipo de ayudas, concretamente, en el artículo 2 de sus estatutos sociales, donde se recoge que, entre las actividades que integra el objeto social se encuentra la posibilidad de conceder subvenciones y/o ayuda en los términos legalmente previstos.

Las ayudas establecidas en las presentes bases para la participación agrupada en Acciones de Promoción de carácter internacional se hallan encuadradas en el Programa Operativo FEDER de Extremadura 2014-2020 y se encuadra en el Eje Prioritario 3 "Mejorar la competitividad de las PYME, del sector agrícola (en el caso del FEADER) y del sector de la pesca y la acuicultura (en el caso del FEMP)", prioridad de la Inversión 3.4 " Apoyo a la capacidad de las PYME para crecer en los mercados regionales, nacionales e internacionales y en los procesos de innovación", Objetivo específico 3.4.1. "Promover el crecimiento y la consolidación de las PYME, en particular mejorando su financiación, tecnología y acceso a servicios de apoyo avanzados; incluyendo los sectores agrícola, pesquero, marino, marítimo, turístico, cultural, comercial y de rehabilitación de edificación, así como a las PYME y personas autónomas dedicados al comercio minorista o venta ambulante".

De conformidad con lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, además de la habilitación estatutaria, la concesión de subvenciones por parte de Fundaciones y Sociedades del Sector Público Autonómico, requiere de la autorización expresa mediante acuerdo del Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería de adscripción. Para ello, el Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 16 de mayo de 2017, autorizó a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la concesión de subvenciones durante el periodo 2017-2020.

En virtud de los expuesto, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta del Consejero de Economía e Infraestructuras, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 28 de noviembre de 2017,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto potenciar y apoyar la internacionalización del tejido empresarial extremeño a través de la concesión de ayudas en especie, para su participación en Acciones de Promoción de carácter Internacional convocadas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, con la clara finalidad de acercar la oferta comercial existente en nuestra comunidad a los diferentes mercados internacionales, así como potenciar la imagen empresarial de Extremadura en el exterior.

Para el desarrollo de este objeto, se contemplan las siguientes Acciones de Promoción:

  1. Ferias Internacionales y Ferias Nacionales con carácter internacional: Consisten en la realización de todas las actuaciones precisas para una adecuada presencia institucional de la Junta de Extremadura y del tejido empresarial...

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