Decreto 20/2022, de 1 de abril, de primera modificación del Decreto 78/2020, de 29 de octubre, de regulación de la Oficina de Proyectos Europeos y del Comité Asesor de Fondos Europeos. 

SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

En respuesta a la crisis sociosanitaria provocada por la COVID-19, la Unión Europea ha puesto a disposición de los Estados miembros un importante volumen de recursos, integrados en el paquete del Instrumento Europeo de Recuperación (IER), también denominado Next Generation EU. Adicionalmente, el Marco Financiero Plurianual 2021-2027 acometerá las políticas habituales de la UE, de manera coordinada con el citado Instrumento.

Dentro del IER se integran tanto el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) como el programa REACT-EU, siendo el primero un instrumento para la financiación de reformas e inversiones con una perspectiva claramente transformadora a medio y largo plazo de nuestra economía, mientras que el REACT-EU se concibe como un instrumento a corto y medio plazo con el fin de hacer frente a las secuelas socioeconómicas de la pandemia, impulsando a la vez la transformación digital y ecológica de la sociedad y el tejido productivo. En este contexto surge, además, un nuevo instrumento financiero en el ámbito de la política de cohesión con el objetivo de prestar apoyo a los territorios que se enfrentan a retos socioeconómicos graves derivados del proceso de transición a la neutralidad climática: el Fondo de Transición Justa (FTJ).

En este escenario, se aprobó el Decreto 78/2020, de 29 de octubre, de regulación de la Oficina de Proyectos Europeos y del Comité Asesor de Fondos Europeos, la primera como órgano desconcentrado adscrito a la Consejería de Hacienda y el segundo como órgano de asesoramiento y apoyo adscrito a la Dirección General de Asuntos Europeos. La experiencia acumulada hasta la fecha aconseja avanzar en la delimitación del papel de la mencionada Oficina en la gestión de los fondos europeos y en las funciones atribuidas a la misma, así como del Comité Asesor de Fondos Europeos.

La presente norma se adecúa a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme a los cuales deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.

Así, de acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la modificación...

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