Decreto 20/2017, de 2 de junio, por el que se modifica el Decreto 23/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Pública y Hacienda y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Sección | I. Disposiciones Generales |
Emisor | ConsejerÍA de AdministraciÓN PÚBlica y Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto del Presidente 6/2015, de 10 de julio, por el que se modifica el número, denominación y competencias de las consejerías de la Administración General de La Comunidad Autónoma de La Rioja creó la Consejería de Administración Pública y Hacienda.
De conformidad con dicho Decreto, corresponden a esta Consejería 'en materia de organización e innovación en los servicios públicos: función pública, presupuestos, contabilidad; patrimonio y contratación, tecnologías de la información y la comunicación; tributos, casinos, juegos y apuestas; telecomunicaciones; asistencia jurídica al Gobierno de La Rioja; control interno; así como cualquier otra afín a las descritas que se le atribuya por las disposiciones normativas.'
Este Decreto realiza una modificación parcial de la estructura preexistente que afecta a varias unidades de la Consejería, y que obedece a la evolución que en materia de digitalización de la administración en general y de la tributaria en particular debe impulsarse desde los diferentes órganos y unidades de la misma.
En su virtud, a iniciativa y a propuesta del Consejero de Administración Pública y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 2 de junio de 2017 acuerda aprobar el siguiente,
DECRETO
Primero. El artículo 2 queda redactado en los siguientes términos:
'Artículo 2. Secretaría General Técnica
Integran la Secretaría General Técnica las siguientes unidades administrativas:
-
Servicio de Coordinación Administrativa.
1.1.1. Sección de Régimen Interior y Registro.
1.1.2. Sección de Gestión Administrativa y Presupuestaria
-
Servicio de Planificación y Ordenación Jurídica.
2.1 Área de Planificación y Ordenación Jurídica.
-
Servicio de Organización, Calidad y Evaluación.
-
Servicio de Atención al Ciudadano
4.1.1 Sección de Oficinas de Atención al Ciudadano
4.1.2 Sección de Publicaciones y Documentación
4.1.3 Sección de Archivos
-
Servicio de Coordinación y Contratación Centralizada.
5.1. Área de Contratación Centralizada
-
Servicio de Protección y Defensa del Patrimonio.
6.1.1. Sección de Inventario.
-
Servicio de Régimen Jurídico Patrimonial.
7.1.1. Sección de Gestión Patrimonial
-
Servicio de Gestión Técnica del Patrimonio.
8.1.1. Sección de Gestión Técnica de Inmuebles
8.2. Área de supervisión de Proyectos.
8.2.1. Sección de Supervisión de Proyectos de Infraestructuras y Obra Civil.
8.3. Área de Redacción de Proyectos y Dirección de Obras.
8.3.1. Sección de Obras de Centros Asistenciales y Sanitarios
8.3.2. Sección de Obras de Centros Educativos
8.3.3. Sección de Obras de Centros Administrativos.'
Segundo. El artículo 7 queda redactado en los siguientes términos:
'Artículo 7. Dirección General de Tributos
Integran la Dirección General de Tributos las siguientes unidades administrativas:
-
Servicio de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba