Decreto 198/1995, de 16 de marzo, por el que se crea el Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El volumen de la contratación administrativa de la Comunidad Autónoma de Galicia aconseja la creación de un registro especializado en el que se centralice la información sobre los contratos administrativos más relevantes celebrados por la Administración autonómica y sobre sus adjudicatarios.

Esta información debe servir para diferentes objetivos. Por una parte, debe facilitar la emisión de informes y la adopción de medidas tendentes a mejorar la gestión contractual de esta Comunidad Autónoma. Por otra parte, con la finalidad de permitir la constitución de fianzas globales por parte de los contratistas, debe servir para cuantificar los importes de que debe responder cada uno de éstos frente a la Comunidad Autónoma. Y, asimismo, a través de la publicidad del registro, debe facilitar la transparencia de la contratación administrativa.

En su virtud, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día dieciseis de marzo de mil novecientos noventa y cinco,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se crea el Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de Galicia, que quedará adscrito a la Secretaría General y del Patrimonio de la Consellería de Economía y Hacienda.

Este registro tiene por objeto la inscripción de todos los contratos administrativos, así como la anotación de las incidencias que origine su cumplimiento, celebrados por la Administración de la Comunidad Autónoma, y por los organismos autónomos y sociedades públicas autonómicas a que se refieren los artículos 11 y 12 de la Ley 11/1992, de 7 de octubre, de régimen financiero y presupuestario de Galicia.

Artículo 2º

Corresponde a la Secretaría General y del Patrimonio, en relación con el Registro de Contratos:

  1. Elaborar una memoria anual en la que se analice la gestión contractual de la Comunidad Autónoma en sus aspectos administrativos, económico y técnico, proponiendo las medidas adecuadas para una constante mejora del sistema de contratación.

  2. Confeccionar relaciones estadísticas de los contratos inscritos, según su objeto, importe y adjudicatarios.

  3. Informar a los órganos de contratación, al Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia y a los particulares que acrediten un interés legítimo,

sobre...

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