DECRETO 159 /2018, de 4 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la cesión a favor del Instituto Aragonés del Agua, de una parcela situada en el término municipal de Zaidín con destino a una planta de tratamiento de purín.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de Zaidín y el Gobierno de Aragón suscribieron un convenio de colaboración el 15 de junio de 2009 relativo a las actuaciones necesarias para la construcción y explotación de una planta de tratamiento de purín porcino, complementado con una adenda de fecha 19 de febrero de 2014. Dentro del conjunto de actuaciones necesarias para la ejecución de las obras se convino la cesión por el Ayuntamiento de los terrenos necesarios para la ubicación de la citada planta.

La transmisión de la titularidad se ha planteado al amparo de lo previsto en el artículo 118 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, que prevé la cesión gratuita de un bien a otra Administración Pública, siempre que los fines que justifiquen la cesión redunden en beneficio de la población de la Entidad local, como es el caso.

Tras la instrucción del oportuno expediente, el Ayuntamiento de Zaidín, mediante acuerdo plenario de 28 de noviembre de 2017 acordó ceder gratuitamente al Instituto Aragonés del Agua la parcela 391 del polígono 2 de su término municipal.

La Dirección General de Administración Local ha tomado conocimiento de esta cesión, mediante diligencia de fecha 11 de octubre de 2017, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 186 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de la Administración Local de Aragón y artículos 119.1,f) y 121 del Reglamento de Bienes, Actividades y Servicios de las Entidades Locales de Aragón.

El terreno ha sido valorado en 4.567,50 euros por el Servicio de Patrimonio de la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización, mediante un informe de la Jefe de Área de Bienes Inmuebles de 18 de abril de 2018, sin que conste la existencia de gravámenes que pudieran minorar su valor. JJJJ

El Departamento de Hacienda y Administración Pública ha manifestado su conformidad con la operación mediante informe del Consejero de fecha 26 de abril de 2018.

El artículo 21.1 del Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón (TRLPA) atribuye al Gobierno de Aragón, mediante decreto, aceptar y repudiar las herencias, legados y donaciones a favor de la Administración de la Comunidad Autónoma o de sus organismos públicos.

Por su parte, el artículo 24 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón establece en su apartado 2 que "constituyen el patrimonio...

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