DECRETO 15/2023, de 7 de septiembre, sobre la condicionalidad reforzada y la condicionalidad social de acuerdo con el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyDecreto

El Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC) financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013, determina la actual condicionalidad y con ella los Requisitos Legales de Gestión (RLG) y Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales (BCAM) que se deben aplicar en relación con la condicionalidad reforzada y la condicionalidad social, en el marco de los planes estratégicos de la PAC.

El Reglamento (UE) 2021/2116, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013, establece el sistema de penalizaciones que se debe aplicar a aquellos beneficiarios de ayudas que no cumplan con las obligaciones relativas al sistema de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social.

En base a la nueva reglamentación europea, la Política Agrícola Común (PAC) se ha visto sometida a una importante reforma que ha afectado y repercute en el sistema de la condicionalidad que se venía aplicando hasta el año 2022, y que busca reforzar las condiciones medioambientales y climáticas, además de sociales, dado que pasa a ser una política orientada a la consecución de resultados concretos vinculados a los tres objetivos generales: primero fomentar un sector agrícola inteligente, competitivo, resiliente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria a largo plazo; segundo apoyar y reforzar la protección del medio ambiente, incluida la biodiversidad, y la acción por el clima y contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y climáticos de la Unión Europea, entre ellos los compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de París de 12 de diciembre de 2015 y tercero fortalecer el tejido socioeconómico de las zonas rurales.

En este marco, se dicta el Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la

Martes, 12 de septiembre de 2023

Lejanía y la Insularidad (POSEI). Dicho real decreto constituye la normativa básica reguladora de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social, estableciendo los procedimientos para la aplicación de penalizaciones por parte de los organismos pagadores en base a los informes realizados por los organismos responsables de control, sobre los incumplimientos detectados en los controles que se realicen.

Así, el citado Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, en su artículo 4.1 designa a las Comunidades Autónomas como autoridades responsables en su ámbito territorial de las actividades de gestión y control, y que sin perjuicio de las competencias que puedan corresponder a la Administración General del Estado, determinarán los correspondientes organismos especializados de control para asegurar la observancia de las obligaciones de condicionalidad reforzada. Además, posibilita que el organismo pagador también pueda ser designado para realizar los controles de todas o algunas de las obligaciones de la condicionalidad reforzada.

La Consejería competente en materia agraria fue designada...

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