DECRETO 6/1997, de 14 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería.

Sección4. Administración de Justicia
EmisorCONSEJERO DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 6/1997, de 14 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería.

El Decreto del Presidente 536/1996, de 26 de diciembre, sobre reestructuración parcial de las Consejerías, crea la Consejería de Relaciones con el Parlamento.

Por tanto, resulta preciso establecer la estructura orgánica de la Consejería de Relaciones con el Parlamento con arreglo a la previsión normativa descrita.

En su virtud, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, con la aprobación de la Consejería de Gobernación, a propuesta del Consejero de Relaciones con el Parlamento de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 14 de enero de 1997,

DISPONGO

Artículo 1 Consejería de Relaciones con el Parlamento.

Corresponde a la Consejería de Relaciones con el Parlamento las siguientes competencias:

  1. La comunicación entre el Gobierno y el Parlamento: Relaciones con los Grupos Parlamentarios y con los Servicios de la Cámara y la asistencia a la Junta de Portavoces.

  2. El estudio, seguimiento y coordinación, en fase parlamentaria, del programa legislativo y de las demás actividades parlamentarias relacionadas con el Gobierno, así como del seguimiento de los compromisos acordados por la Cámara.

  3. La coordinación de las competencias del Presidente de la Junta de Andalucía en las relaciones del Gobierno con las Cortes Generales, y en particular, en lo referente a la Comisión General de las Comunidades Autónomas.

  4. La coordinación de las relaciones con otros Parlamentos Autonómicos.

  5. Canalización de las iniciativas ciudadanas que afecten a las relaciones Gobierno-Parlamento.

Artículo 2 Organización general de la Consejería.
  1. La Consejería de Relaciones con el Parlamento se estructura, bajo la superior dirección del Consejero, en los siguientes Centros Directivos:

    Viceconsejería.

    Secretaría General Técnica.

  2. Bajo la presidencia del titular de la Consejería y para asistirle en el estudio, formación y desarrollo de las directrices de la...

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