DECRETO 115/2005, de 14 de junio, de creación de la Comisión Cataluña 2014.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

115/2005, de 14 de junio, de creación de la Comisión Cataluña 2014.

Hace trescientos años se inició la Guerra de Sucesión, que culminó con la derrota del proyecto político defendido desde los territorios de la antigua Corona de Aragón. En Cataluña, la derrota del 11 de septiembre de 1714 fue seguida de la promulgación del Decreto de Nueva planta de 1716, que suprimió nuestras instituciones nacionales.

Entre los diversos sectores de la sociedad catalana hay la consciencia que estos acontecimientos imprimieron un cambio de rumbo negativo en la trayectoria histórica de Cataluña. Y es una opinión ampliamente compartida que las consecuencias de aquella "nueva planta" continúan, todavía hoy, condicionando el desarrollo y las expectativas de futuro de nuestro país.

La importante efemérides que ahora empezamos, y el hecho de que coincida con el inicio de un período de profundas reformas institucionales que han de comportar una mejora substancial de nuestro autogobierno, brindan al país una ocasión para revisar críticamente el pasado, superar actitudes derrotistas y dibujar un horizonte lleno de oportunidades.

A propuesta del consejero primero y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Se crea la Comisión Cataluña 2014, que tiene como objetivos:

a) Recuperar y divulgar la memoria de la Guerra de Sucesión y de sus consecuencias para la organización política e institucional de Cataluña. En esta recuperación y difución debe incluirse el papel que las mujeres jugaron durante el conflicto.

b) Recuperar, revisar y divulgar la tradición de la cultura política y del pensamiento políticos catalanes.

c) Proyectar internacionalmente las aportaciones de la experiencia catalana como modelo de persistencia histórica de una nación, pese a haber sido privada de sus instituciones.

d) Hacer un balance del proceso de construcción nacional impulsado por la sociedad catalana y promover el debate social entorno a los proyectos de futuro para nuestro país.

Artículo 2

2.1 La Comisión tiene la composición siguiente:

a) Presidencia: el consejero o consejera primero.

b) Vocalías:

Tres en representación del Departamento de la Presidencia.

Una en representación del Departamento de Relaciones Institucionales y Participación.

Una en representación del Departamento de Justicia.

Una en representación del Departamento de Educación.

Una en representación del Departamento de Cultura.

Una en representación del...

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