Decreto 14/2022, de 1 de marzo, por el que se crea y regulan las funciones, composición y funcionamiento del Comité de Bioética de Castilla-La Mancha.

Fecha de publicación11 Marzo 2022
Fecha01 Marzo 2022
Número de registro2022/1966
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
Número de Gaceta49/2022
EmisorConsejería de Sanidad
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Sanidad
Decreto 14/2022, de 1 de marzo, por el que se crea y regulan las funciones, composición y funcionamiento del
Comité de Bioética de Castilla-La Mancha. [2022/1966]
La Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, aprobada por la Unesco el 19 de octubre de 2005, insta
a los Estados a adoptar todas las disposiciones adecuadas para poner en práctica los principios que se enuncian,
conforme al derecho internacional sobre los derechos humanos. Entre las medidas destaca especícamente la creación
de Comités de Ética independientes, pluridisciplinarios y pluralistas, encargados de evaluar desde un punto de vista
ético la introducción, desarrollo y aplicación, en el ser humano, de innovaciones en el campo de la biomedicina y las
ciencias de la salud, a n de promover una actuación basada en los principios de la ética universal.
Asimismo, los principios de la bioética se reejan en instrumentos jurídicos con fuerza vinculante como son el Convenio
para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y
la Medicina (Convenio relativo a los derechos humanos y la biomedicina), hecho en Oviedo el 4 de abril de 1997, vigente
en nuestro país desde el 1 de enero de 2000; o en normativa de ámbito estatal como la Ley 14/2007, de 3 de julio, de
Investigación biomédica o el Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, por el que se regulan los ensayos clínicos con
medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos y el Registro Español de Estudios Clínicos.
La crisis sanitaria derivada del COVID-19, los profundos cambios sociales y culturales ocurridos en los últimos años,
así como los continuos avances técnicos, están suscitando numerosas dudas y debates por su posible encaje o colisión
con los principios que impone el respeto a la dignidad humana. Por ello, se hace cada vez más necesaria una continua
y permanente revisión de los postulados éticos que orientan la actividad sanitaria.
La bioética tiene como nalidad aportar conocimientos especializados y multidisciplinares en cuestiones éticas que
plantean las ciencias biomédicas y sociales, mejorar la calidad asistencial, facilitar la adquisición y aplicación de nuevos
conocimientos encaminados a mejorar la salud y los servicios sanitarios, así como el fortalecimiento ético de la sociedad
civil y las buenas actitudes en la atención a las personas usuarias. Los profesionales y entidades que gestionan los
servicios sanitarios, deben orientar su actividad de manera que se garantice especialmente la dignidad de las personas,
su bienestar y el respeto a su autonomía e intimidad.
En este sentido, la bioética, como disciplina aplicada al ámbito de las ciencias de la salud, se congura como herramienta
indispensable para ayudar en la resolución de posibles conictos de valores en este campo, tal y como han puesto de
maniesto las diferentes declaraciones y textos normativos, así como la creación de Comités de Ética de la Investigación
y de Comités de Ética Asistencial, para la evaluación de ensayos clínicos con medicamentos, proyectos de investigación
biomédica y evaluación ética de la actividad asistencial en el campo de la sanidad.
En el caso de Castilla-La Mancha, el Gobierno Regional aprobó el Decreto 95/2006, de 17 de julio, de los Comités
de Ética Asistencial en el ámbito del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, por el que se establecía el régimen de
constitución de los Comités de Ética Asistencial (CEA) en los centros sanitarios del Servicio de Salud de Castilla-La
Mancha (Sescam), como órganos consultivos interdisciplinares para el análisis y asesoramiento en los conictos éticos
que pudieran suscitarse en la práctica clínica. En la actualidad se encuentran constituidos siete CEA en las siguientes
gerencias de nuestro ámbito territorial: Gerencia de Atención Integrada (GAI) de Toledo, GAI de Talavera de la Reina,
GAI de Guadalajara, GAI de Albacete, GAI de Ciudad Real, GAI de Puertollano, GAI de Cuenca. También hay un CEA
en el Hospital Nacional de Parapléjicos.
Por su parte, la Orden de 22 de diciembre de 2010, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, por la que se crea
el Comité de Ética de Salud y Bienestar Social de Castilla-La Mancha, creó el citado Comité, si bien fue derogada
posteriormente por el Decreto 48/2019, de 21 de mayo, por el que se creaba el Comité de Ética de los Servicios Sociales
y de Atención a la Dependencia de Castilla-La Mancha.
La constitución de un Comité de Bioética de Salud se enmarca en los postulados de la Ley 5/2010, de 24 de junio, sobre
derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha, que establece en su disposición adicional cuarta que
en el ámbito del Sistema Sanitario de Castilla-La Mancha se promoverá la constitución y el funcionamiento de Comités
de Ética Asistencial, como órganos de asesoramiento para la toma de decisiones que planteen problemas éticos y de
fomento del respeto de los derechos de las personas que intervienen en la relación asistencial.
AÑO XLI Núm. 49 11 de marzo de 2022 8306

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