DECRETO 13/2022, de 5 de mayo, por el que se modifica el Decreto 33/2014, de 31 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, y el Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyDecreto

La Ley 2/1995, de 6 de abril, crea la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, como organismo autónomo de carácter administrativo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para la ejecución de las competencias atribuidas.

En desarrollo de esa ley se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales por Decreto 2/1998, de 8 de enero, mediante el que se establece el régimen de organización y funcionamiento de este organismo.

La nueva distribución de competencias establecida en el Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, hace necesario actualizar el ámbito competencial establecido en el Decreto 33/2014, de 31 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, así como reordenar los servicios administrativos vinculados a las políticas de servicios sociales y de familia que se desarrollan por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

Así mismo, según el art. 2.6 del Decreto 1/2022, de 19 de abril, corresponde a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ejercer la coordinación e impulso de la política de integración de los extranjeros inmigrantes, a lo que se añade la reciente aprobación de la Ley 3/2020, de 14 de diciembre, de modificación de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, así como la aprobación de la Ley 5/2021, de 14 de septiembre, del Tercer Sector Social en Castilla y León y de modificación de la Ley 8/2006, de 10 de octubre, del Voluntariado en Castilla y León.

Por todo ello se precisa adaptar las unidades administrativas a la nueva realidad para dar atención al aumento de la demanda pública de atención social, determinando la ampliación del campo de actuación de las políticas sociales de la Comunidad.

La Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, como organismo integrador de las prestaciones del sistema de servicios sociales de Castilla y León, debe contar con una estructura que le permita garantizar la igualdad de oportunidades de todos los castellanos y leoneses y la asistencia social a las personas que la precisen, haciendo especial hincapié en las personas más vulnerables, dando respuesta a la diversidad existente.

La novedad más importante es que, a las funciones que venía desempeñando la Dirección General de Familias, Infancia y Atención a la Diversidad, se unen las ya

Viernes, 6 de mayo de 2022

mencionadas en materia de coordinación e impulso de la política de integración de los extranjeros inmigrantes, derivadas del Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, y se reordenan las contempladas en la Ley 5/2021, de 14 de septiembre, del Tercer Sector Social en Castilla y León, y de modificación de la Ley 8/2006, de 10 de octubre, del Voluntariado en Castilla y León, con el fin de prestar una mejor atención a las personas.

De este modo, se crean dos direcciones técnicas en la Dirección General de Familias, Infancia y Atención a la Diversidad: la Dirección Técnica de Inclusión Social y la Dirección Técnica de Inmigración y Cooperación con el Tercer Sector. Estas se unen a las ya existentes: la Dirección Técnica de Atención a la Infancia y la Dirección Técnica de Familias y Atención a la Diversidad, la cual cambia su nombre por el de Dirección Técnica de Familias.

En consecuencia, los servicios que conforman la estructura de las direcciones técnicas dependientes de la Dirección General de Familias, Infancia y Atención a la Diversidad son objeto de reordenación para adecuarlos a la nueva estructura de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

En la elaboración y tramitación de este decreto se ha actuado conforme a los principios de buena regulación, necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a los principios de accesibilidad, coherencia y responsabilidad que establece el artículo 42 de la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública.

Conforme a lo establecido en los artículos 16.k), 45.2 y 89 de la Ley 3/2001, de 3 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR