DECRETO 123/2018, de 6 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para dar cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional quincuagésima quinta de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Rango de LeyDecreto

La disposición adicional quincuagésima quinta de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, establece que el Gobierno convocará durante 2018 hasta un máximo de cincuenta plazas del Cuerpo General de la Policía Canaria, autorizándose a tal fin a la Consejería de Hacienda a realizar las modificaciones de crédito precisas en el capítulo 1 para proveer la dotación que corresponda en función de las previsiones de toma de posesión del personal funcionario en prácticas.

Los artículos 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, establecen que la oferta de empleo público, acto previo y preceptivo que da soporte a las correspondientes convocatorias de procesos selectivos para el ingreso en la función pública, constituye el instrumento a través del cual se reflejan las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria.

El artículo 54.1, párrafo 1º, de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, señala que, durante el mismo, los entes mencionados en el artículo 1.1, 2 y 3 de la citada Ley, entre los que se encuentra la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, no podrán incorporar nuevo personal, si bien dicha limitación no afectará a las convocatorias de nuevo ingreso del Cuerpo General de la Policía Canaria hasta completar su despliegue conforme a la Ley 2/2008, de 28 de mayo.

Esta oferta de empleo público de carácter específico, en cuanto da cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional quincuagésima quinta de la citada Ley 7/2017, de 27 de diciembre, articula la respuesta a la existencia de necesidades de incorporación de nuevo personal en el ámbito del Cuerpo General de la Policía Canaria, en fase de despliegue, conforme a lo previsto en su Ley 2/2008, de 28 de mayo.

De otra parte, debe tenerse en cuenta que constituye una prioridad en la política de seguridad del Gobierno de Canarias el reforzamiento de la dotación de personal del Cuerpo General de la Policía Canaria, lo que justifica la necesidad de aprobar en este momento la presente oferta de empleo público.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 5.2.e) de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y en la disposición...

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