DECRETO 1/2023, de 13 de enero, del Consell, por el cual se desarrolla la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana. [2023/345]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática
Rango de LeyDecreto

Índice

Preámbulo
Capítulo I Disposiciones generales Artículos 1 a 3
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Ámbito de aplicación
Artículo 3 Memoria democrática de las mujeres
Capítulo II Censo de víctimas de la guerra, la dictadura franquista y la transición de la Comunitat Valenciana Artículos 4 a 18
Artículo 4 Creación, finalidad y contenido
Artículo 5 Censo de recién nacidos y menores sustraídos
Artículo 6 Órgano responsable
Artículo 7 Carácter del censo
Artículo 8 Datos inscribibles en el censo
Artículo 9 Metodología del banco de datos para el censo
Artículo 10 Base territorial del censo
Artículo 11 Proceso de comunicación de datos y solicitud de inscripción en el censo
Artículo 12 Protección de datos de carácter personal
Artículo 13 Colaboración con otras administraciones públicas Capítulo III

Disposiciones generales sobre actuaciones de investigación, localización, exhumación e identificación de las víctimas.

Artículo 14 Actuaciones de investigación, localización, exhumación e identificación de las víctimas
Artículo 15 Medios de actuación
Artículo 16 Protocolos de actuación para la investigación, localización, exhumación e identificación
Artículo 17 Financiación de las actuaciones de investigación, localización, exhumación e identificación de las víctimas
Artículo 18 Víctimas del Valle de Cuelgamuros
Capítulo IV Mapas de localización Artículos 19 a 21
Artículo 19 Mapas de localización
Artículo 20 Actualización del Mapa de Fosas de la Comunitat Valenciana y publicidad de la información
Artículo 21 Preservación de las fosas
Capítulo V Procedimiento para la investigación, localización, exhumación e identificación de víctimas de la guerra y la dictadura franquista Artículos 22 a 32
Artículo 22 Iniciación del procedimiento de investigación, localización, exhumación e identificación
Artículo 23 Investigación sobre víctimas desaparecidas
Artículo 24 Registro de víctimas desaparecidas
Artículo 25 Localización, exhumación e Identificación
Artículo 26 Plan Valenciano de Exhumaciones de víctimas de la guerra y la dictadura franquista
Artículo 27 Autorización de las actividades de localización, exhumación e identificación
Artículo 28 Permisos de accesos a los terrenos
Artículo 29 Hallazgo casual de restos
Artículo 30 Depósito y custodia temporal de restos y objetos asociados
Artículo 31 Traslado y destino de los restos
Artículo 32 Destino, custodia y conservación de los objetos asociados
Capítulo VI Identificación y Banco de ADN Artículos 33 a 36
Artículo 33 Plan Valenciano de Identificación de víctimas de la guerra y la dictadura franquista
Artículo 34 Pruebas para la identificación de restos
Artículo 35 Banco de datos de ADN
Artículo 36 Procedimiento para la realización de pruebas de identificación genética
Capítulo VII Actuaciones para la dignificación de las fosas Artículos 37 a 39
Artículo 37 Protocolo de dignificación de fosas
Artículo 38 Actuaciones de dignificación
Artículo 39 Conservación, señalización y acceso a los lugares en los cuales se puedan localizar restos de víctimas
Capítulo VIII Puesta en conocimiento a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Fiscalía y los órganos judiciales, de la existencia de indicios de la comisión de delitos y atención a las víctimas Artículos 40 y 41
Artículo 40 Denuncia y personación ante los órganos jurisdiccionales
Artículo 41 Oficinas de víctimas
Capítulo IX Movimiento memorialista Artículo 42
Artículo 42 Registro de entidades memorialistas de la Comunitat Valenciana y procedimiento de inscripción
Capítulo X Documentación relativa a la Memoria Democrática Valenciana Artículos 43 a 45
Artículo 43 Derecho de acceso a los documentos y archivos públicos, privados y eclesiásticos
Artículo 44 Plan de actuación de protección y recuperación de documentos de la memoria democrática valenciana
Artículo 45 Fondo Documental de Memoria Democrática Valenciana
Capítulo XI Lugares e itinerarios de la memoria democrática valenciana Artículos 46 a 51
Artículo 46 Principios generales
Artículo 47 Lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana
Artículo 48 Contenido del Catálogo de los Lugares e Itinerarios de la Memoria Democrática de la Comunitat Valenciana
Artículo 49 Tipología y categorías de bienes inscritos
Artículo 50 Red de espacios de la memoria democrática valenciana
Artículo 51 Actividades de difusión y divulgación
Capítulo XII Investigación, enseñanza y divulgación Artículos 52 a 57
Artículo 52 Secciones museísticas de la Memoria Democrática Valenciana
Artículo 53 Secciones en archivos y bibliotecas de la Memoria Democrática Valenciana
Artículo 54 Enseñanza de la Memoria Democrática Valenciana Capítulo XIII

Elementos contrarios a la memoria democrática.

Artículo 55 Catálogo de Vestigios de la guerra y la dictadura franquista
Artículo 56 Procedimiento para la retirada de elementos contrarios a la memoria democrática
Artículo 57 Destino y custodia de vestigios
Disposiciones adicionales

Primera. Creación de la Comisión de la verdad, la justicia y la reparación de la Comunitat Valenciana

Segunda. Incidencia presupuestaria Tercera. Protección de datos Disposición derogatoria

Única. Normativa derogada Disposiciones finales

Primera. Habilitación Normativa Segunda. Entrada en vigor

PREÁMBULO

La Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana supuso el primer paso, después de décadas de inacción y abandono, para recuperar, proteger y conservar la memoria democrática de la Comunitat Valenciana. Recuperar un tiempo de nuestra historia como pueblo, pleno de innumerables injusticias silenciadas, de dolores escondidos, de historias individuales y familiares, que tejieron nuestra historia colectiva.

De este modo se articuló una norma para dar cobertura jurídica a las políticas públicas en materia de memoria, como una forma de reparación de esta deuda histórica, y también como una exigencia de calidad democrática de nuestra sociedad actual. Ello significa hacer justicia y reparar, no dejando que el olvido pueda borrar la contribución de tantas mujeres y hombres en una lucha silenciada durante 40 años de dictadura franquista, la cual privó a estas personas de su vida, sus bienes, o su libertad, y muchas veces también la de sus familiares; esto es, se trata de reparar una vulneración de los derechos humanos que reclama justicia, articulando políticas de memoria que consoliden nuestra democracia,

además de reconocer el legado que nos han transmitido estas generaciones respecto de la defensa de los valores democráticos que asientan nuestro orden constitucional, dando una lección de compromiso con la democracia a las generaciones futuras.

La disposición final primera del mismo texto legal determina que el Consell, como también las consellerias competentes por razón de la materia, tienen que aprobar las disposiciones necesarias para desarrollar y aplicar lo establecido en esta ley, y en los artículos 5.2 y 3;

6.2; 7.3; 12.3 y 30.3, se prevé de manera específica la regulación por vía reglamentaria de materias como el censo de víctimas, los mapas de localización, las actividades dirigidas a la localización, la exhumación, y si procede, la identificación de restos de víctimas desaparecidas durante la guerra y la dictadura; las condiciones y los procedimientos para garantizar que las personas y las entidades afectadas puedan recuperar los restos para identificarlas y trasladarlas, el desarrollo del Banco de datos de ADN, y, finalmente, el funcionamiento del registro de entidades memorialistas de la Comunitat Valenciana, así como su procedimiento de inscripción.

A la vez, se entiende necesario que en otros ámbitos de la ley se dicten las reglas que completen la regulación legal y que son necesarias para su aplicación como garantía de los derechos a la verdad, la memoria, la justicia y la no repetición, como es el caso de los preceptos relativos a la dignificación de fosas, puesta en conocimiento de los órganos judiciales por la existencia de indicios de delitos, el derecho de acceso a los documentos sobre memoria democrática, los lugares e itinerarios de la memoria democrática, la investigación, enseñanza y divulgación de la memoria democrática, así como el procedimiento...

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