Decreto 1/2018, de 19 de enero, por el que se crea el registro electrónico de órganos colegiados de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de los órganos de cooperación en los que ésta participe

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Presidencia, Relaciones Institucionales y AcciÓN Exterior
Rango de LeyDecreto

La Ley 3/2003, de 3 de marzo, del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el Capitulo IV de su título I, contempla la creación de órganos colegiados, disponiendo asimismo en su artículo 18.4., que 'los órganos colegiados deberán ser objeto de inscripción en un registro habilitado al efecto. Una norma reglamentaria regulará la naturaleza, el objeto y el ámbito de aplicación del mismo, así como los datos registrales que hayan de ser objeto de inscripción'

A su vez, la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros, en su artículo 23 s), atribuye al Consejo de Gobierno la designación de los representantes del Gobierno de La Rioja en los organismos públicos y demás entes del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, instituciones y entidades que corresponda, salvo que expresamente se establezca otro procedimiento de designación.

Esta norma encuentra cobertura en el Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, que confiere a la Comunidad Autónoma de La Rioja, la competencia exclusiva respecto de varias materias en concreto, en sus artículos 8.uno.1. 'la organización, estructura, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.'

Por otro lado, el artículo 144.3 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público dice 'Cada Administración Pública mantendrá actualizado un registro electrónico de los órganos de cooperación en los que participe y de los convenios que haya suscrito'

Por tanto, la creación de este registro responde no sólo al mandato legal, sino también a la necesidad contrastada de conocer en todo momento qué persona o personas representan a esta Administración, tanto en órganos propios como en aquellos que, no perteneciendo a esta Administración, deban contar con representación de ésta.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, conforme con el Consejo Consultivo de La Rioja y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de enero de 2018, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo 1 Objeto.

Se crea el Registro electrónico de órganos colegiados de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de los órganos de cooperación en los que ésta participe como instrumento de publicidad, transparencia y buen gobierno de la actividad de participación del Gobierno de La Rioja.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.
  1. En este registro se inscribirán los órganos colegiados de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de sus organismos públicos.

  2. También deberá inscribirse los órganos de cooperación en los que la Comunidad Autónoma de La Rioja participe, la participación en los órganos del resto del sector público de naturaleza...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR