Declaraciones telemáticas de grandes empresas
Autor | Javier Ribas |
Cargo del Autor | Abogado |
Páginas | #1008 |
Las declaraciones telem·ticas que las grandes empresas podr·n tramitar optativamente durante el segundo semestre de 1998 afectar·n a los modelos 111, 320 y 322.
La declaraciÛn podr· efectuarse a travÈs de la p·gina web de la Agencia Tributaria, mediante el uso de formularios que coincidir·n con los citados modelos de declaraciÛn. Est· previsto que la cumplimentaciÛn de estos formularios se haga on line, por lo que no existir· compatibilidad con el formato de salida de datos de las aplicaciones inform·ticas diseÒadas para cumplimentar los impresos en papel. Si no existen cambios en el sistema previsto en el borrador de la Orden Ministerial, los datos tendr·n que ser introducidos manualmente en el formulario del web de la AEAT en Internet e InfovÌa.
Dichos formularios ser·n modificados a final de aÒo, con el fin de adaptarlos al EURO, y a partir del uno de enero de 1.999, ser· obligatoria la utilizaciÛn de este sistema de declaraciÛn telem·tica para las grandes empresas.
Se confirma, por lo tanto, que no se utilizar· el sistema EDIFACT que se aplica actualmente a las siguientes declaraciones:
- Declaraciones sumarias
- Documento Unico Administrativo (DUA)
- Declaraciones de impuestos especiales
- DeclaraciÛn INTRASTAT
Si se descarta...
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