ORDEN DE 29 DE ABRIL DE 1994 por la que se aprueba el Modelo de declaracion-liquidacion que debe utilizarse en las Transmisiones de determinados medios de Transporte usados sujetas al impuesto sobre Transmisiones patrimoniales y actos juridicos documentados.

MarginalBOE-A-1994-9801
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyOrden

La Orden de 30 de enero de 1987 aprobó el modelo de declaración-liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la transmisión de vehículos usados y al mismo tiempo aprobó los precios medios de venta y porcentajes de deducción utilizables como medio de comprobación de este Impuesto. Dichos precios medios de venta han venido siendo actualizados para los diferentes años por sucesivas Ordenes. La Orden de 16 de diciembre de 1991 estableció por primera vez la posibilidad de utilizar como medio de comprobación los precios medios de venta en la transmisión de embarcaciones y aeronaves usadas, que se aprobaron en el anexo II de la mencionada Orden, utilizando el porcentaje de deducción que correspondiese según los años de utilización de la embarcación o aeronave que se recogían en el anexo III. La Orden de 18 de diciembre de 1992 actualizó los mencionados precios medios de venta y los porcentajes de deducción para el año 1993. La última actualización se llevó a cabo para 1994 por la Orden de 14 de diciembre de 1993, sobre precios medios de venta aplicables en la gestión de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones. En consecuencia, se hace necesario realizar las oportunas adaptaciones en el modelo de declaración-liquidación de compraventa de vehículos usados entre particulares.

Haciendo uso de las autorizaciones que tiene conferidas, este Ministerio tiene a bien disponer:

Primero. Aprobación del modelo 620.

Se aprueba el modelo 620 , que figura como anexo en la presente Orden. Este modelo será de uso obligatorio para los sujetos pasivos que realicen este tipo de contratos sujetos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

El citado modelo consta de tres ejemplares: Carta de pago, ejemplar para la Administración y talón de cargo.

Segundo. Plazo, lugar de presentación e ingreso.

Uno. La presentación de la declaración y, en su caso, el ingreso deberá realizarse en el plazo de los treinta días hábiles siguientes a aquel en que se produzca el devengo del Impuesto.

Dos. Para la práctica de la liquidación, se podrán tomar en consideración los precios medios de venta establecidos anualmente por Orden, en cuyo caso el cálculo de la base imponible se efectuará aplicando al precio medio de venta el porcentaje de deducción que corresponda según los años de...

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