Orden EHA/2167/2005, de 29 de junio, por la que se aprueba el modelo DDC de Declaración de Desglose de Cuotas Centralizadas del Impuesto sobre Hidrocarburos y se establecen sus normas de presentación.

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Julio de 2005
MarginalBOE-A-2005-11745
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN EHA/2167/2005, de 29 de junio, por la que se aprueba el modelo DDC de Declaración de Desglose de Cuotas Centralizadas del Impuesto sobre Hidrocarburos y se establecen sus normas de presentación.

La falta de armonización de la estructura del número de accisas que cada Estado miembro atribuye a sus operadores en el ámbito de sus competencias, denominado en nuestro ordenamiento jurídico Código de Actividad y Establecimiento (CAE), era la causa de un importante número de problemas en el funcionamiento de la base de datos SEED (System of Exchange of Excise Data) prevista en el artículo 15 bis de la Directiva 92/12/CEE del Consejo de 25 de febrero de 1992 relativa al régimen general, tenencia, circulación y controles de los productos objeto de impuestos especiales y suponía un impedimento a la implantación en la Comunidad del sistema de informatización de los movimientos y los controles de los productos sujetos a impuestos especiales aprobado por Decisión n.º 1152/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio de 2003. Por ello el Comité de Impuestos Especiales de la Comisión Europea ha acordado una armonización del 'número de impuestos especiales' a nivel de 13 caracteres, de los que los dos primeros han de ser el código ISO del país y los restantes, un código de serie alfanumérico de 11 caracteres determinado por las respectivas autoridades nacionales.

La nueva estructura armonizada ha sido incorporada a nuestra normativa por el Real Decreto 87/2005, de 31 de enero, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre (BOE de 1 de febrero), que da una nueva redacción al apartado 2 del artículo 41 del Reglamento de Impuestos Especiales.

Dicho artículo establece que el Código de Actividad y Establecimiento constará de 13 caracteres y desarrolla su distribución.

Esta nueva estructura armonizada y las significativas modificaciones que se han producido en el Impuesto sobre de Hidrocarburos, especialmente en materia de biocarburantes, recogidas en el Real Decreto 1739/2003, de 19 de diciembre de 2003, por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales...

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