Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto del acuerdo de inicio del procedimiento sancionador número PS/00114/2008 por imposibilidad de notificación en su domicilio.

MarginalBOE-B-2008-90093
SecciónV - Anuncios
EmisorAgencia Española de Proteccion de Datos
Rango de LeyResolución

No habiéndose sido posible la notificación en el domicilio conocido de D. Menno Hendrik de Ruiter, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con el 61 del mismo cuerpo legal.-En consecuencia, a continuación se transcribe, y para que sirva de notificación, extracto del acuerdo de inicio de procedimiento sancionador del procedimiento PS/00114/2008.-El Director de La Agencia Española de Protección de Datos acuerda: Iniciar procedimiento sancionador a D. Menno Hendrik de Ruiter, por infracción del artículo 21 de la Ley 24/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, tipificada como leve en el artículo 38.4.d) de dicha norma, pudiendo ser sancionada con multa de hasta 30.000 €, de acuerdo con el artículo 39.1.c) de la citada Ley. Nombrar como Instructor a D. JMBE y como Secretario a Dña. IRJ, indicando que cualquiera de ellos podrá ser recusado.-El Director de la Agencia Española de Protección de Datos es competente para resolver este procedimiento según lo establecido en los artículos 37.g y 36 de la Ley Orgánica 15/1999.-Se otorgan quince días hábiles a D. Menno Hendrik de Ruiter, para que formule las alegaciones y proponga las pruebas...

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