Cuestión de inconstitucionalidad número 3490-2007, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgá­nica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

MarginalBOE-A-2007-13261
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Constitucional
Rango de LeyCuestión de inconstitucionalidad

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de junio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3490-2007 planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Albacete, en el Juicio Oral núm. 459/2006, en relación con el art. 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1. c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 de la LOTC, en su nueva redacción quienes sean parte en el procedimiento judicial, Juicio Oral núm. 459/2006, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.

Madrid, 19 de junio de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

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