SAP Orense, 10 de Octubre de 2007
Ponente | JOSEFA OTERO SEIVANE |
ECLI | ES:APOU:2007:766 |
Número de Recurso | 328/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Orense, Sección 1ª |
APELACIÓN CIVIL
La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por los Señores, don Fernando Alañón Olmedo, Presidente, doña Ángela Domínguez Viguera Fernández y doña Josefa Otero Seivane, Magistrados, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la
siguiente
S E N T E N C I A NÚM.
En la ciudad de Ourense a diez de octubre de dos mil siete.
VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado Mixto Número 2 del Barco de Valdeorras, seguidos con el nº. 9/07, rollo de apelación núm. 328/07, entre partes, como apelante CATALANA OCCIDENTE, S.A., representada por la Procuradora Dª. MARÍA CARMEN SILVA MONTERO, bajo la dirección del Letrado D. CELSO DELGADO ARCE y, como apelado, D. Evaristo, representado por la procuradora Dª. MARÍA JESÚS SANTANA PENÍN, bajo la dirección del Abogado D. RAMÓN NÚÑEZ FERNÁNDEZ. Es ponente la Ilma. Sra. Dª. Josefa Otero Seivane.
Por el Juzgado Mixto Número 2 del Barco de Valdeorras, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 9 de febrero de 2007, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Martínez en representación de don Evaristo y en consecuencia, condeno a la Comunidad de propietarios de la calle DIRECCION000 nº. NUM000 de Barco de Valdeorras a que conjunta y solidariamente con la aseguradora Catalana Occidente, S.A. abone al actor la cantidad de 2.096,47 euros, intereses legales desde la interposición de la demanda y los intereses del artículo 576 de la LEC desde la sentencia hasta el pago, así como al pago de las costas del juicio".
Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de CATALANA OCCIDENTE, S.A. recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
La aseguradora demandada Catalana Occidente S.A. solicita en su recurso el rechazo de la demanda sobre la base de que la sentencia de instancia incurrió en error en la valoración de la prueba al no apreciar la existencia de caso fortuito respecto al siniestro origen de las actuaciones. Sostiene que la caída de uralitas del inmueble perteneciente a la Comunidad demandada, causante de los daños sufridos por el vehículo del actor, se produjo por el fuerte viento reinante. En intento de justificar el error invocado apela al resultado del interrogatorio del presidente de la comunidad demandada, informe de la policía local de O Barco, testifical de los dos agentes autores del informe y pericial rendida a su instancia por el perito tasador Sr. Felix, prueba que pone en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba