SAP Madrid 112/2006, 27 de Febrero de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
ECLIES:APM:2006:3467
Número de Recurso14/2006
Número de Resolución112/2006
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZOEPIFANIO LEGIDO LOPEZRAMON RUIZ JIMENEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00112/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 19ª

ROLLO: RECURSO DE APELACION 15 /2006

Procedimiento: ORDINARIO 338/2004

Juzgado de 1ª Instancia nº 3 DE MADRID

Apelante/s: DIARIO EL PAIS SL

Procurador: ARGIMIRO VAZQUEZ GUILLEN

Apelado/s: Marcelina. MINISTERIO FISCAL

Procurador: MANUEL LANCHARES PERLADO

SENTENCIA Nº 112

PONENTE: ILMO. SR. D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. RAMON RUIZ JIMENEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En MADRID a, veintisiete de febrero de dos mil seis .

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 19 de la Audiencia Provincial de MADRID , los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 338 /2004 , procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 15 /2006, en los que aparece como parte apelante DIARIO EL PAIS S.L., representado por el Procurador D. ARGIMIRO VAZQUEZ GUILLEN, y como apelada Dª. Marcelina, representada por el Procurador D. MANUEL LANCHARES PERLADO. Fue igualmente parte apelada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Madrid se dictó sentencia de fecha 4-05-2005 cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Lanchares Perlado en nombre y representación de Dª Marcelina debo declarar y declaro la existencia de daño moral ocasionado a la actora y debo condenar y condeno a El Diario EL País SL a abonar a la actora la suma de tres mil euros (3.000 ¤) en concepto de indemnización por daños morales, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la entidad Diario El País SL, que fue admitido a trámite en ambos efectos, con traslado a la adversa que formuló oposición al mismo, remitiéndose las actuaciones a este Tribunal.

TERCERO

Una vez recibidos los autos en esta Sala, se procedió a la formación del correspondiente rollo de Sala, designación de Magistrado Ponente y señalamiento de día para la deliberación y votación, la cual tuvo lugar el veintiuno de los corrientes.

CUARTO

En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tal y como pone de manifiesto la parte apelante y así lo recoge la sentencia impugnada, la cuestión objeto de controversia en el presente litigio se circunscribe a la pretendida vulneración por la publicación de la demandada del derecho a la propia imagen de la actora, sin que por lo tanto se discuta sobre una posible vulneración del derecho a su honor al ilustrar su fotografía un reportaje sobre el deficiente funcionamiento de un servicio público. Sentado en tales términos el proceso, el derecho a la propia imagen se configura como aquél que viene a impedir la libre circulación, exposición y reproducción de la imagen personal sin autorización del sujeto afectado, y que deriva directamente de la dignidad humana e...

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