SAP Santa Cruz de Tenerife 102/2008, 25 de Marzo de 2008

PonenteEMILIO FERNANDO SUAREZ DIAZ
ECLIES:APTF:2008:381
Número de Recurso62/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución102/2008
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

S E N T E N C I A N.º 102.

Rollo n.º 62/08.

Autos n.º 72/07.

Juzgado de 1ª Instancia n.º DOS de Los Llanos de Aridane.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Doña Pilar Aragón Ramírez.

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En Santa Cruz de Tenerife, a veinticinco de marzo de dos mil ocho.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º dos de Los Llanos de Aridane, en los autos n.º 72/07, seguidos por los trámites del juicio verbal civil y promovidos, como demandante, por DON Juan Carlos, que ha comparecido ante este Tribunal representada por la Procuradora Doña Yolanda Morales García y dirigido por el Letrado Don José Antonio Méndez Díaz, contra la entidad TOYOMOTOR S.L., representada en primera instancia por la Procuradora Doña Ana María Fernández Riverol y dirigida por el Letrado Don Alberto Morera Paz, y contra la entidad TOYOTA CANARIAS S.A., que ha comparecido ante este Tribunal representada por la Procuradora Doña Corina Melián Carrillo y dirigida por el Letrado Don Eduardo Álvarez Armas; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Emilio Fernando Suárez Díaz, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Ilma. Sra. Juez Dª. María Teresa Luarca Gómez dictó sentencia el treinta y uno de julio de dos mil siete cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que debo estimar parcialmente la demanda formulada por la representación de D. Juan Carlos contra Toyomotor, S.L. y Toyota Canarias, S.A. y en consecuencia, debo condenar y condeno a los demandados a abonar al demandante la cantidad de 1.592,13 euros, satisfaciendo cada parte las costas causadas a su instancia, y las comunes, por mitad. ».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandada, TOYOTA CANARIAS S.A., en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandante presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos y mediante providencia de doce de febrero de dos mil ocho, incoar el presente rollo, designar Ponente, y mediante providencia de siete de marzo pasado, señalar para la votación y fallo del presente recurso el día doce de marzo del año en curso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida estima parcialmente la demanda en que la parte actora reclama los daños producidos por defectos aparecidos en un vehículo nuevo vendido por las demandadas el 25 de Junio de 2.002. Considera el tribunal de primera instancia...

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