STSJ Comunidad Valenciana , 1 de Julio de 2002

PonenteRAFAEL SALVADOR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:TSJCV:2002:7299
Número de Recurso552/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilmos. Sres:

Presidente:

D. MARIANO FERRANDO MARZAL Magistrados:

D. FRANCISCO HERVAS VERCHER D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA SENTENCIA NUMERO 868/02 En la Ciudad de Valencia, a uno de Julio de dos mil dos. VISTO, por la Sección Segunda de este Tribunal, el presente Recurso Contencioso- Administrativo num. 552/99, promovido por Dª. Carina , Dª. Olga y Dª. Celestina , contra el Acuerdo Plenario de 25/Febrero/99 del Ayuntamiento de Sagunt, que revisa de oficio el anterior acuerdo de 24/Abril/98, sobre pago de justiprecio expropiatorio, en el que han sido partes, las actoras, representadas por la Procuradora de los Tribunales Dª. Alicia Suau Casado y defendidas por el Letrado D. Santiago Máñez Testor, y como demandado, el AYUNTAMIENTO DE SAGUNT, representado por la Procuradora Dª. Lidón Jiménez Tirado y defendido por el Letrado D. Carlos Cervantes Lozano; ha pronunciado la presente Sentencia.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el Recurso y seguidos los trámites previstos en la Ley, se emplazó a la parte demandante al objeto de que formalizara su escrito de demanda, lo que verificó en tiempo y forma, solicitando se dictara Sentencia anulando por no ser ajustado a derecho el acto recurrido.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que se solicitó la desestimación del recurso y la confirmación íntegra de las resoluciones objeto del mismo, por estimarlas ajustadas a derecho.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se dió traslado a las partes para que formalizaran sus escritos de conclusiones, verificado lo cual quedaron los autos pendientes de deliberación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del presente Recurso el día veinte de Junio último.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Con fecha 12/Mayo/88, D. Jose Miguel , de quien traen causa los recurrentes, solicitó del Ayuntamiento de Sagunt, al amparo del articulo 69 de la Ley del Suelo, la expropiación de una parcela de su propiedad, declarada zona verde de uso público en el PGOU de 1981; dada la falta de respuesta municipal y cumplidos los plazos preceptivos, acudió al Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, que mediante resolución de 15/Septiembre/94 señaló un justiprecio por importe de 34.981.893-ptas. Recurrida esta resolución en sede jurisdiccional (recurso contencioso administrativo num. 3211/94, seguido ante este Tribunal) fué confirmada mediante Sentencia num. 533/97, de 30/Mayo/97, que ganó firmeza.

La Corporación municipal demandada, a través de acuerdo plenario de fecha 24/Abril/98, acordó acceder a la solicitud indemnizatoria formulada por los herederos de D. Jose Miguel e introducir a tal efecto una Disposición Adicional Sexta en las Bases de ejecución del presupuesto, del siguiente tenor: "Proceder al pago de la expropiación de los terrenos de los herederos de D. Jose Miguel con una superficie de 1.601 ms/2, más los correspondiente sintereses de demora, con la permuta con otros terrenos propiedad municipal. En caso de imposibilidad manifiesta de llegar a un acuerdo sobre la permuta, se adopta el compromiso de destinar prioritariamente a tal finalidad el dinero que se obtenga de la prevista venta de Patrimonio Municipal del Suelo. En todo caso, si antes de la finalización del ejercicio de 1998 el Ayuntamiento no hubiere satisfecho el total de la deuda, se compromete a...

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