Orden TIN/3084/2009, de 13 de noviembre, por la que se adoptan disposiciones para la aplicación y desarrollo de lo establecido en el Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería a los cambios estructurales en el comercio mundial.
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Noviembre de 2009 |
Marginal | BOE-A-2009-18356 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Trabajo e Inmigración |
Rango de Ley | Orden |
El Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería a los cambios estructurales en el comercio mundial desarrollaba las medidas sociolaborales contenidas en el plan de apoyo al sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería, a través de un conjunto de bonificaciones y subvenciones.
El citado Real Decreto en su artículo primero establece como ámbito de aplicación las empresas y trabajadores de las mismas que realicen actividades industriales de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería encuadradas en los epígrafes 15 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas-CNAE-2009, así como aquellas otras encuadradas en los epígrafes 16.29 (fabricación de partes del calzado de madera), 22.19 (fabricación de tacones y suelas de caucho y otras partes del calzado de caucho), 22.29 (fabricación de partes del calzado de plástico) y 32.30 (fabricación de botas de esquí).
Asimismo, la disposición adicional séptima, relativa a inclusión en el ámbito de aplicación, determina que si existieran empresas que, realizando actividades industriales para los sectores de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería en un porcentaje igual o superior al 60% del valor de su producción total en los últimos 3 años, no estuvieran encuadrados en el artículo primero del citado Real Decreto se podría estudiar la procedencia de su inclusión en su ámbito de aplicación, correspondiendo al Ministerio de Trabajo e Inmigración decidir sobre la procedencia de esta inclusión.
El referido Real Decreto autoriza al Ministerio de Trabajo e Inmigración para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de lo establecido en dicho Real Decreto.
Para el desarrollo de lo señalado anteriormente, se hace necesario establecer un procedimiento para determinar la procedencia de incluir o no a una empresa en el ámbito de aplicación del Real Decreto que comprenda, por una parte, la documentación necesaria a presentar por las empresas ante el Ministerio de Trabajo e Inmigración para...
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