DECRETO 159/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales de música y se regula el acceso a estas enseñanzas.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación
Rango de LeyDecreto

DECRETO 159/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales de música y se regula el acceso a estas enseñanzas. [2007/11701] El artículo 48.1, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE, de 04.05.2006), confiere a las administraciones educativas las competencias para determinar las características y la organización de las enseñanzas elementales de música y de danza.

Al establecer el currículo de las enseñanzas elementales de música que se regulan en el presente decreto, se ha tomado como referencia las especiales circunstancias que concurren en la realidad de la enseñanza musical en nuestra Comunidad en la que, en general, el primer contacto de los niños con la música se manifiesta a una edad muy temprana.

Los nuevos estudios elementales de música, se plantean con dos finalidades claramente definidas: la formación musical de los niños y niñas que no han tenido oportunidad de iniciarse en la práctica musical y la de aquellos que, habiendo iniciado estudios no reglados en la amplia red de escuelas de música, públicas y privadas, localizadas en prácticamente toda la geografía valenciana, desean incorporarse a la enseñanza reglada.

Precisamente, la oportunidad que nos ofrece la nueva ordenación académica para ajustar el currículo de las enseñanzas elementales de música a la especificidad de cada Comunidad, ha permitido establecer el procedimiento para que los alumnos puedan acceder, mediante la superación de una prueba de conocimientos y destrezas técnicas, a un curso distinto del primero.

Las enseñanzas elementales de música, de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, se estructuran en cuatro cursos académicos. Las materias que configuran el currículo de estas enseñanzas, se concreta en el estudio del Lenguaje musical y en el aprendizaje de la técnica de una especialidad instrumental. Estos conocimientos se complementan con la práctica instrumental de conjunto y la práctica coral.

El presente decreto, que regula las enseñanzas elementales de música en la Comunitat Valenciana, mantiene la convocatoria de pruebas extraordinarias para la obtención directa del certificado de estudios elementales, a los efectos de posibilitar a los alumnos no escolarizados en los conservatorios o centros autorizados, obtener la certificación oficial correspondiente a este nivel académico, en el momento en que alcancen el grado de conocimientos teóricos y prácticos que se establecen en la presente norma.

Por todo ello, previo dictamen del Consejo Escolar Valenciano, a propuesta del conseller de Educación, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 21 de septiembre. de 2007, DECRETO CAPÍTULO I De la finalidad y organización de las enseñanzas elementales de música

Articulo 1 Objeto 1

Corresponde, a la conselleria competente en materia de educación, regular y organizar las enseñanzas elementales de música en el ámbito de sus competencias. El presente decreto establece el currículo, y regula la organización de las enseñanzas elementales de música, en virtud de lo dispuesto en el artículo 48, punto 1, del Capítulo VI de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

  1. Igualmente, este decreto regula la prueba de aptitudes que permitirá el ingreso a las enseñanzas elementales, así como la prueba que permitirá el acceso directo a los cursos diferentes del primero. También establece los documentos de evaluación propios de estas enseñanzas.

Artículo 2 Ámbito de aplicación Este decreto se aplicará en todos los centros del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana que impartan las enseñanzas que se regulan en esta norma.
Artículo 3 Finalidad y organización 1

Las enseñanzas elementales de música tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar su cualificación en el nivel competencial propio de estas enseñanzas.

  1. La finalidad de las enseñanzas elementales de música se ordena en tres funciones básicas: formativa, orientadora y preparatoria para las enseñanzas profesionales de música.

  2. Las enseñanzas elementales de música, tendrán una estructura de cuatro cursos de duración.

Artículo 4 Objetivos generales de las enseñanzas elementales de música Las enseñanzas elementales de música tienen como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos y alumnas capacidades generales y los valores cívicos propios del sistema educativo y, además, las capacidades siguientes:
  1. Apreciar la importancia de la música como lenguaje artístico y como medio de expresión cultural de los pueblos y de las personas.

  2. Adquirir y desarrollar la sensibilidad musical a través de la interpretación y del disfrute de la música de las diferentes épocas, géneros y estilos, para enriquecer las posibilidades de comunicación y de realización personal.

  3. Interpretar en público con la suficiente seguridad en sí mismo, para comprender la función comunicativa de la interpretación musical.

  4. Interpretar música en grupo y habituarse a escuchar otras voces o instrumentos, adaptándose al equilibrio del conjunto.

  5. Ser consciente de la importancia del trabajo individual y adquirir las técnicas de estudio que permitirán la autonomía en el trabajo y la valoración de éste.

  6. Valorar el silencio como elemento indispensable para el desarrollo de la concentración, la audición interna y el pensamiento musical, así como su función expresiva en el discurso musical.

  7. Conocer y valorar la importancia de la música propia de la Comunitat Valenciana, así como sus características y manifestaciones más importantes.

  8. Adquirir la autonomía adecuada, en el ámbito de la audición, comprensión y expresión musical.

  9. Conocer y aplicar las técnicas del instrumento, de acuerdo con las exigencias de las obras.

Artículo 5 Especialidades de las enseñanzas elementales de música Son especialidades de las enseñanzas elementales de música:

Acordeón.

Arpa.

Clarinete.

Clave.

Contrabajo.

Fagot.

Flauta travesera.

Flauta de pico.

Guitarra.

Instrumentos de púa.

Oboe.

Percusión.

Piano.

Saxofón.

Trombón.

Trompa.

Trompeta.

Tuba.

Viola.

Viola de Gamba.

Violín.

Violoncelo CAPÍTULO II Del currículo

Artículo 6 Currículo 1

A los efectos de lo dispuesto en este decreto, se entiende por currículo de las enseñanzas elementales de música el conjunto de objetivos, contenidos, principios metodológicos y criterios de evaluación que han de regular el proceso de enseñanza/aprendizaje de estas enseñanzas y que se incluyen en el anexo I de este decreto.

  1. La distribución por cursos y el total de horas de cada asignatura por especialidad, se establece en el anexo II...

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