SAP Murcia 333/2008, 9 de Septiembre de 2008

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2008:1198
Número de Recurso262/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución333/2008
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA: 00333/2008

Rollo n: 262/07

Ilmos. Sres.

Don Carlos Moreno Millán.

Presidente

Don Juan Martínez Pérez.

Don Francisco José Carrillo Vinader.

Magistrados

SENTENCIA Nº 333

En la ciudad de Murcia, a nueve de septiembre de dos mil ocho.

Esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia ha visto en grado de apelación los presentes autos de Juicio Verbal que con el número 780/06 se han tramitado en el Juzgado Civil nº 5 de Molina de Segura entre las partes, como actora y ahora apelada Gas Natural Murcia, representada por el Procurador Sr. Albacete Manresa y dirigida por el Letrado Sr. Manresa Durán y como demandado y ahora apelante, la sociedad "Servicios Comunitarios de Molina" S.A. ("Sercomosa") representada por el Procurador Sr. Sánchez Aldeguer y dirigida por el Letrado Sr. López Mengual. Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado Civil citado dictó sentencia con fecha 14 de Febrero de 2007 en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: FALLO: "QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO ÍNTEGRAMENTE la demanda entablada por GAS NATURAL MURCIA S.G.D, S.A., representada por el Procurador Sr. CONESA AGUILAR y asistida por el Letrado Sr. MANRESA DURÁN, contra SERVICIOS COMUNITARIOS DE MOLINA, S.A., asistida del Letrado Sr. LÓPEZ MENGUAL, y en consecuencia:

  1. DEBO DECLARAR Y DECLARO:

    - Que SERVICIOS COMUNITARIOS DE MOLINA, S.A., es responsable extracontractualmente de losdaños causados a la actora en la tubería de PE 90, sita en la C/ Reino Unido, de la Urbanización El Panderón de Molina de Segura.

    - Que SERVICIOS COMUNITARIOS DE MOLINA, S.A., debe abonar a la actora la cantidad de seiscientos setenta y seis euros con veintisiete céntimos por los daños ocasionados.

  2. DEBO CONDENAR Y CONDENO a SERVICIOS COMUNITARIOS DE MOLINA, S.A., al pago a la actora de la cantidad de SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS EUROS CON VEINTISIETE CÉNTIMOS DE EURO (676,27 #), así como los intereses legales desde la fecha de la primera reclamación extrajudicial (tres de noviembre de 2005).

    Todo ello, con imposición de las costas causadas a la entidad demandada".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada que basó en incompetencia de jurisdicción y error en la determinación del daño. Se dio traslado a la otra parte que lo impugnó oponiéndose al mismo.

TERCERO

Previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, en cuya Sección Cuarta se registraron con el número de Rollo 262/07 , señalándose para votación y fallo el día 9 de Septiembre de 2008.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al contenido de la sentencia de instancia que estima en su totalidad la acción ejercitada por la actora "Gas Natural Murcia" S.D.G. al amparo de lo dispuesto en el artículo 1902 del Código Civil contra la mercantil demandada "Servicios Comunitarios de Molina" S.A. (SERCOMOSA), en reclamación de los daños y perjuicios derivados de los trabajos de excavación de referencia, la citada sociedad demandada, disconforme con el referido pronunciamiento judicial, comparece en esta alzada interesando su revocación, por entender, por un lado, que la jurisdicción civil no resulta competente para el conocimiento de la "litis". Con carácter alternativo muestra su disconformidad con el "quantum" indemnizatorio fijado en la...

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