STSJ Cataluña , 22 de Noviembre de 2002

PonenteJOSE LUIS GOMEZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2002:13581
Número de Recurso1919/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso nº. 1919/97 Partes: Clemente C/ DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA S E N T E N C I A Nº. 1636 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN MAGISTRADOS Dª PILAR GALINDO MORELL D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUIZ En la ciudad de Barcelona, a veintidos de noviembre de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº. 1919/97, interpuesto por D. Clemente , en su propio nombre y representación, contra la DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA, representada y asistida por el Letrado del Estado. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUIZ , quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTESDEHECHO

PRIMERO

La parte recurrente, en su propio nombre y representación, interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución de 2-7-97 publicada a través de la Orden General n. 1.101 de 7-7-97 que resuelve parcialmente el concurso general de méritos n. 73/97.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de veintinueve de enero de dos mil uno, la Sala acordó el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y fallo la audiencia del día veintidos de noviembre de dos mil dos, a la hora señalada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOSDEDERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la Resolución de 2 de julio de 1997, de la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, publicada en la Orden General núm. 1.101, de 7 de julio de 1997, por la que se resuelve parcialmente el concurso general de méritos número 73/1997, para la provisión de puestos de trabajo por funcionarios de nuevo ingreso en la escala básica del Cuerpo...

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