Ley Foral de 20 de Noviembre de 1985 sobre aprobacion de las Cuentas generales de Navarra correspondientes al ejercicio presupuestario de 1984.

MarginalBOE-A-1986-3119
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Foral de Navarra
Rango de LeyLey foral

El Presidente del Gobierno de Navarra

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente:

Ley Foral sobre aprobacion de las cuentas Generales de Navarra correspondientes al ejercicio presupuestario de 1984

Artículo 1 Se aprueban las cuentas Generales de Navarra correspondientes al ejercicio presupuestario de 1984, formuladas por el Departamento de economía y Hacienda y aprobadas por el Gobierno de Navarra, de acuerdo con lo previsto en los artículos 49 y 52 de la norma presupuestaria, y cuyos resultados se ponen de manifiesto en los documentos adjuntos, según el detalle siguiente:

Documento 1: Memoria general ejercicio.

Documento 2: Resumen-liquidación de los presupuestos, resultas, evolución y situación cuenta superávit.

Documento 3: Balance general del ejercicio por partidas de gastos.

Documento 4: Balance general del ejercicio por partidas de ingresos.

Documento 5: Copias de acuerdos de modificación de créditos presupuestarios de gastos e ingresos.

Documento 6: Estado demostrativo de la evolución de los derechos a cobrar y obligaciones a pagar de ejercicios anteriores.

Documento 7: Estado de los compromisos de gastos adquiridos con cargo a ejercicios futuros.

Documento 8: Estado-resumen de las cuentas de efectivo.

Documento 9: Cuenta General de La deuda de Navarra.

Documento 10: Inventario de bienes, derechos y obligaciones del patrimonio de Navarra.

Documento 11: Balance general de situación de la Hacienda de Navarra.

Documento 12: Gráficos.

Documento 13: Anexos.

Art. 2. Se anula, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la norma presupuestaria, el exceso de los créditos autorizados para el ejercicio de 1984 sobre los gastos reconocidos y liquidados; En el mismo período.

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley orgánica de reintegración y amejoramiento del régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de s. M. El rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el "Boletín Oficial de Navarra" y su remisión al "Boletín Oficial del Estado", y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir

Pamplona, 20 de noviembre de 1985.

Gabriel urralburu tainta,

Presidente del Gobierno de Navarra

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