Crónica Legislativa de Seguridad Social y Materias Conexas

AutorMaria Nieves Moreno Vida
Páginas169-186
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1. -MAYORES.- RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO, DE 6 DE
FEBRERO DE 2013, SOBRE LA COOPERACIÓN DE INNOVACIÓN EUROPEA
SOBRE EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO Y SALUDABLE (2012/2258(INI)) (DOUE
C 24, 22-1-16)
Mediante esta Resolución, el Parlamento Europeo celebra la propuesta de la Co misión
de una cooperación de innovación europea que promueva un nuevo paradigma en el que el
envejecimiento se considere una oportunidad de futuro en lugar de una carga para la
sociedad. Destaca, además, que esta oportunidad no debe qued ar limitada a las innovaciones
técnicas (TIC) y a su potencial par a el mercado interior y para las industrias y empresas de la
UE las soluciones TIC deben ser de uso fácil y estar orientadas al usuario final, en
particular, las personas de edad avanzada; y considera que también debe incluir una
estrategia clara e inequívoca dotada de objetivos sociales que fomente y reconozca
formalmente la relevancia de las personas de edad y el valor de su experiencia y de su
aportación a la sociedad y la economía, sin estigmas ni discriminación.
Destaca que la participación en i gualdad de condiciones también es un derecho
fundamental de los miembros de mayor edad de la sociedad; señala que las oportunidades de
trabajo y de voluntariado, así como las medidas de protección social, son fundamentales para
garantizar un envejecimiento activo y saludable; subraya que las personas mayores necesitan
distintas formas de apoyo y cuidado y que lo s servicios y las soluciones deben, en
consecuencia, orientarse siempre a las personas y responder a la de manda; y seña la también
la necesidad de luchar contra la discr iminación por razón de edad en el mercado de trabajo, a
fin de garantizar que los trabajadores de mayor edad puedan conservar su e mpleo o tengan
acceso a oportunidades laborales.
Hace hincapié en la necesidad de crear las condiciones marco adecuadas para que las
personas puedan participar en el mercado de trabajo y seguir siendo productivas, tanto
mediante la mejora de la flexibilidad del mercado laboral a través de la introducción de
cuentas de vida laboral y posibilidades de tiempo parcial, como mediante el establecimiento
de diferentes for mas de contratos de trabajo adaptados a los trabajadores de mayor ed ad, así
como normas flexibles de transición a la jubilación, como pensiones parciales o años de
bonificación, velando por que sie mpre exista una protección social adecuada. Respalda la
propuesta de la Comisión de adoptar la definición del envejecimiento activo y saludable
formulada por la OMS y destaca que un envejecimiento activo y saludable abarca la totalidad
de la vida y que las especificidades del co ntexto de la UE deben formar parte de la
definición, y más concretamente las prioridades de la UE en relación con unas condiciones
medioambientales saludab les y ecológicamente sostenibles, con la sensibilización sanitaria,
con la prevención y la detección precoz, seguida de un diagnóstico correcto y un tratamiento
eficaz, con la bue na información sobre la salud, con la salud en línea, con el ejercicio físico,
con la seguridad alimentaria y una nutrición adecuada, con la igualdad de oportunidades
entre hombres y mujeres, y con los regímenes de seguridad social y los sistemas de
protección social; señala que la edad avanzada no está vinculada por defecto a la enfermedad
y a los problemas de salud y que, por tanto, no ha de asociarse o equipararse a la
dependencia o la discapacidad.
El Parlamento Europeo señala que se debe considerar la salud co mo una materia
horizontal, incorporando las cuestiones de salud a todas las p olíticas pertinentes d e la UE ,
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incluida la seguridad social y la protección social, la política económica y de empleo, la
igualdad de género y las políticas de contrarias a la discriminación o no discriminatorias. Y,
en esta línea, recuerda a la Comisión que las restricciones y limitaciones en relación con la
atención sanitaria, los servicios de asistencia, la protección y la seg uridad sociales, aprobadas
y aplicadas por la Comisión y/o los Estados miembros con objeto de cumplir con los ahorros
financieros y presupuestarios y los recortes en el gasto (sanitario y social) fijad os a raíz de la
actual crisis económica y financiera no deben interferir en modo alguno co n la dignidad y las
necesidades humanas básicas, ni afectarlas negativamente; haciendo hincapié en que dichos
ahorros y recortes agravarán la salud global de las personas, las desigualdades en el ámbito
de la salud, las desigualdades sociales y la exclusión social, poniendo en peligro la
solidaridad intergeneracional e intrageneracional. Por ello, pide a los Estados miembros que
desarrollen un Pacto entre Generaciones que incluya una estrategia clara e inequívoca para
salvaguardar la cohesión social, mejorar la salud global de las personas y abordar las
desigualdades en las co ndiciones de salud; destacando, en este contexto, la necesidad de una
financiación adecuada a escala local, regional, nacional y de la UE par a apoyar a las PYME
y a las empresas de la economía social; y poniendo en duda la suficiencia de los recursos
disponibles de la cooperac ión de innovación europea sobre el envejecimiento activo y
saludable que provienen de las partes interesadas.
En la Resolución, el Parlamento Europeo analiza los distintos Pilares de la Propuesta
de la Comisión: Pilar 1: Prevención, detección y diagnóstico temprano; Pilar 2: Atención y
tratamiento; Pilar 3: Envejecimiento activo y vida autónoma; así co mo las Cuestiones
horizontales a todos ellos.
2. -MIGRANTES.- RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO, DE 14 DE
MARZO DE 20 13, SOBRE LA INTEGRACIÓN DE LOS INMIGRANTES, EL
IMPACTO SOBRE EL MERCADO DE TRABAJO Y LA DIMENSIÓN EXTERNA
DE LA COORDINACIÓN DE LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD SOCIAL EN LA
UE 2012/2131(INI) (DOUE C 36, 29-1-16)
En esta Resol ución, el Parlamento Europeo pone de relieve que desde el año 2012 la
población europea en edad laboral está disminuyendo y que, sin inmigración, en l os
próximos diez años se reducirá en 14 millones de personas; y que, a pesar de que en la UE se
registra una tasa de desempleo cercana al 10 % (es decir, que 23,8 millones de per sonas no
tienen trabajo), esta escasez de personal cualificado ya es perceptible y aumentará en los
próximos años y que, po r ejemplo, en 2015, quedarán vacantes entre 380 000 y 700 000
puestos de trab ajo en el sector de las tecnologías de la información. Pone de manifiesto
también que la tasa de empleo de los nacionales de terceros países de edades comprendidas
entre los 20 y los 64 años se sitúa en diez puntos porcentuales por debaj o de la media
correspondiente a los nacionales de la UE y que, además, muchos inmigrantes o cupan
puestos de trabajo que están por debajo de su grado de cualificación o trabajan en situación
de precariedad. Destaca, asimismo, que los cambios de mográficos y la creciente competencia
a nivel mundial implican que la UE debe abordar aquellas cuestiones que p udieran
obstaculizar la inmigración y, además, fomentar la innovación social. Considera que el
empleo es la clave para una integración adecuada, y que los Principios para la Integración de
la UE recalcan que el empleo de calidad, sostenible por cuenta ajena o por cuenta propia es
una parte fundamental del proceso de integración y que desde el año 2 000 cerca de una
cuarta parte de los nuevos puestos d e trabajo han sido creados gracias a la contribución de

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