Crónica Legislativa de Seguridad Social y Materias Conexas

AutorMaría Nieves Moreno Vida
Páginas217-233
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum 14 (1er Trimestre 2018)
Crónica Legislativa de Seguridad Social y materias conexas ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
Pags. 217-233
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1. UNIÓN EUROPEA
-Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de noviembre de 2015, sobre el marco
estratégico de la UE en materia de salud y segurida d en el trabajo 2014 -2020
(2015/2107(INI)) (DOUE C 366, 27-10-17)
A través de esta Resolución el Parlamento Europeo expresa una serie de
consideraciones relevantes respecto al Marco Estratégico de la UE en materia de salud y
seguridad en el trabajo 2014-2020:
-Considera ante todo que unas buenas condiciones laborales que protejan la salud
física y mental constituyen un derecho individual fundamental de lo s trabajadores y que tiene
valor positivo en sí mismo. Pone de relieve que la crisis económica ha provocado un
aumento de la inseguridad laboral y de las formas atípicas de empleo, junto con una
reducción de ingresos de las empresas, en particular de las pymes, pero considera que esto no
debe significar que se pierdan de vista la importancia de la salud y la seguridad en el trabajo
ni los e levados costes sociales y personales de los accidentes en el lugar de trabajo
provocados por el incumplimiento de las normas.
-Considera asimismo que la prevención de los riesgos laborales, la pro moción de la
salud y la seguridad y la protección de los trabajadores en el lugar de trabajo son
fundamentales para mejorar las condiciones laborales y, por lo tanto, para proteger la salud
de los trabajadores, lo que a su vez confiere importantes ventajas sociales y económicas a los
trabajadores interesados y a la sociedad en su conjunto.
-Destaca que el envejecimiento de la población de la UE constituye uno de los
principales retos de los Estados miembros, p ero que existen desigualdades en la esperanza de
vida en función de las distintas categorías sociolaborales y de la dureza del trabajo, y que los
trabajadores mayores de 55 años son especialmente sensibles a determinados trastornos y
enfermedades.
-Pone de relieve que las cargas administrativas y los costes directos en los que
incurren las e mpresas como resultado de las p olíticas de salud y seguridad en el trabajo son
significativamente inferiores a las asociadas a las enfermedades p rofesionales y los
accidentes laborales que el marco reglamentario de la UE pretende evitar. De tal forma que
algunos estudios sugieren que el rendimiento de las inversiones en materia de prevención
puede ser importante para las empresas.
-Destaca que el estrés relacionado con el trabajo, en p articular, y los riesgos
psicosociales, en general, son un problema cada vez mayor para los trabajadores y los
empresarios en toda Europa, y que cas i la mitad de los trabaj adores consideran que están
presentes en su lugar de trabajo. También destaca que el estrés relacionado con el trabajo
contribuye al absentismo laboral, repercute negativamente en la productividad y represe nta
casi la mitad del número de días de trabajo perdidos cada año.
-Destaca también la importante función desempeñada por las inspecciones de trabajo
en la aplicación de las políticas de salud y seguridad en el trabajo a escala regional y local, y
que el cumplimiento de las obligaciones jurídicas constituye la razón principal para que
muchas empresas gestio nen la salud y la seguridad en el trabajo y ap liquen medidas
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preventivas. Asimismo destaca que la plena implicación, participación y representación de
los trabajadores en las empresas y el compromiso de la dirección son extrao rdinariamente
importantes para el éxito de la prevención de riesgos en el lugar de trabajo, y que en los
lugares de trabajo en los que existe representación sindical los índices de accidentes y
enfermedades son más bajos.
-Pone de relieve la especial incidencia que tie ne en la salud y la seguridad en el
trabajo el empleo precario (debilitando las estructuras existentes en materia de salud y
seguridad en el trabajo; excluyendo a los trabajadores de la formación y del acceso a los
servicios de salud y seguridad en el trabajo; asocia a estrés psicológico debido a la
inseguridad en el empleo); la externalización del tr abajo a través de la subcontratación y el
trabajo temporal facilitado a través de agencias especializadas (que puede dificultar la
atribución de responsabilidades en materia de disposiciones sobre salud y seguridad en el
trabajo); así como el trabajo no declarado y el falso empleo por cuenta prop ia.
-Respecto al Marco estratégico de la UE en materia de seguridad y salud en el trabajo,
hace hincapié en que todos los trabajadores, incluidos los del sector público, tienen derecho
al máximo nivel de protección en materia de salud y seguridad en el lugar de trabajo,
independientemente del tamaño de la empresa, del tipo de trabajo, de su contrato o del
Estado miembro en el que trabajen. Po r ello, p ide a la Comisión que elabore estrategias
laborales específicas que cubran todas las formas de empleo previstas en la legislación de la
UE en materia de salud y seguridad en el trabajo, y que se establezcan normas más claras y
eficientes en materia de salud y seguridad en el trabajo.
-Lamenta también que la Comisión no haya establecido objetivos es pecíficos en el
marco estratégico. Entre ellos subraya que es fundamental asegurar un ambiente laboral
seguro y saludable desde el punto de vista físico y mental durante toda la vida laboral de las
personas con el fin de lograr el objetivo de un envejecimiento activo y en condiciones
saludables de todos los tr abajadores; destaca la importancia de la prevención de las
enfermedades profesionales y los accidentes laborales; y destaca la necesidad de medidas
concretas para contrarrestar los efectos de la crisis, ayudando a las empresas a que
emprendan acciones para mejorar la seguridad y la salud en el trabajo.
-Reconoce la importancia de tener en cuenta la situación, las necesidades específicas
y las dificultades de cumplimiento por parte de las microempresas y de las peq ueñas
empresas, así como de algunos sectores de los servicios públicos.
-Considera que gara ntizar la igualdad de condiciones en toda la UE y eliminar la
competencia desleal y el dumping social revisten una importancia crucial; anima a los
Estados miembros a que sigan las normas y directrices de la OIT sobre la inspección del
trabajo.
-Pone de relieve la dificultad de aplicar la legislación en materia de salud y seguridad
en el trabajo por lo que se refiere a los trabajadores que ejercen activida des no declaradas; y
pide a los Estado s miembros que lleven a cabo inspecciones rigurosas e impongan sa nciones
adecuadas a los empresarios que recurran a trabajadores no declarados.

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