Ley 220/1963, de 28 de diciembre, por la que se concede un crédito extraordinario de 4.858.332 pesetas al Ministerio de Industria, con destino a la realización de determinados trabajos de electrificación ordenados en el Plan Jaén durante el año actual, que se compensará con anulación de la misma suma en otra dotación del mismo Ministerio.

MarginalBOE-A-1963-22696
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
18242
31
diciembre
ı~63
B.
O.
del
E.---NUm.
313
dncuenta
pot
c!ento
de
los
gastes
orlglnados
per
le.
moalfleQ-
cion
de
lineas
durante
los
anəs
mil
novetılentd5
€ıi:irerttS.
y
dos
a
mil
noveclentes
clnouente.
j
dclio.
Becretci
de
treee
de
maye
de
mil
novee!entos
cincuentə.
y
euatro (crildlto
P01'
una
sola
veı))).
!\rticuJo segundo.-E!
JmpOl'te
a
qlle
asclende
el
mencione.do
credito extraordinario
se
cubrlri
en
la.
forma deterinlnada.
pOl'
el
articulo
cuıırenta
y
uno
de
la
vigente
Ley
de
Administra-
don y
ContabiJidad
de
la
Hacienda
PUblica.
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo
:,
yeintiocna
de
diciembre
cle
mil
navecie.nto9
sesent:ı.
y
tres.
~RANCISCO
FRANCO
LEY
219
1
1963,
de
~S
de
dicieınbre.
por
la
que
se
c01ıcede
Iln
credito extraordinario
de
29.65a.39~
peseıas,
a
la
Pre-
sidencia
del
Gobierııo,
para
sati8!acer
revisi6n
de
pfe-
cios
del
proyecto re!ormado
.deı
ııiodi;icado
d~l
eıii!ıai'
cadera
de
Sidi
ljni.
La.
aplicacıön
de
h
Le)'
de
qulnc~
de
jUllo
de
nıl!
nove-
cientos cuarenta y
cinco,
~obre
revisi6n
de
preciOs
.I'n
Obrııs
Pıibllcas.
a las
de!
presupuesto reformado del
mod!ficatlo
del
primer grupo
del
enıbarcadero
de
51dl
Iflıl,
ha
datlo
otlgeh a
un'
salao a
fat'or
de
la
contrat:ı.
en
el
segundo
expedlente
;ıro
ducldo
POl'
igual
motlvo
que
no
puede
satlsfacerse
POl'
no
exlS-
lll' crealto adecuado
en
1'1
Presu;ıuesto
de
Gastos
en
vlgor.
.
En su virtud. y
de
confonnidad
con
la
;ıtopuesta
el:ıboi'ada
pOl'
135
Cortes
Espsiiola~:.
DISPONGO:
Articulo
primero.-Se
concede
un
credito extraordinario
de
veintinuevt>
milloııes
seiscienta~
clncuenta
ml!
tresclentas
llo-
venta y
ocho
peôE'tas.
con
cargo al presupuesto
en
v!gor
de
la
Seccl6n
once
de
Obligaciones
de
10S
Departamentos
ıniniste
riales,
«Presidenci::ı
del
Gobiernc»:
capitulo
~uatroclentos,
«Sub-
,·enclones.
auxi1ios
y paliiclpaciones
en
ingresos»:
art!culo
~u:ı.
tl'oclentos cuarenta,
«A
faıor
del
E,tadoı).
ser1iic!o
clento
dlecl'
siete.
«Pl:ızs.~
y
Pro\'incias Espanolas
en
IIfrlcalı.
roncepto
cieııto
dleclsiete/cuatroclento.
~uarent:ı.
y
\100,
partitl::ı
nueva.
para abonar
::ı
(ICubiertas
y
TeJ:ı.clos,
S.
ii.»,
el
Importe
JjqUido
de la segunda
revision
de
precios
del
proyecto
reformacto
del
rnodificodo
dei embarcadero
de
Sidi Ifni.
";'rUculo
segundo.-E1 importe
!l
que
asclente
el
menclonado
er~dlto
extraordinarlo
se
cubriri
en
la.
forma
determlnacta
pOl'
el
~ticulo
cuıırenta
y
Ul!O
de
la \'igent!
Ley
de
AdmiiıiStrael6n
y
Conts.bilidad
de
lə.
Haciencla
PUblica.
Dada
en
el
Pa~eio
cıe
E!
Pardo
veintiocho
de
diciembre
Qe
mil
iıo.ecientos
se'5cnta
r
ıres,
PRANCISCO FRANCO
LEY
c2D,
1%3.
de
23
de
di,~embre.
pDr
la
que
se
clYflcede
Iln
eredito
Pl'lra0rdilıario
de
4.858.JJ~
ppseıas.
al
Mini:;-
Icrio
de
Indıı:;!ricı.
1'011
~cstino
0
10
rea!izacirjn
de
de
ter·
mi71ado<
trabajos
de
electrijicaci671
ordenados
e71
el
Plan
.Iaen
dllrımte
et
ario
nclııal.
qııe
se
compensaTl.i
con
anu-
laci6n
dp.
la
mi.'":a
.ıuma
pn
olm delaci6n
del
misTIIO
Jlinı,tcrio.
Determınaıl05
proyeCLo3
iiI'
ele(·trıfic~cıun
comprpndidos
en
e1
Plm
Jaen
deiırn
reəl:zal',;r
('on
t\r~eııciu.
poı'
e!
bcneficio
qu~
!ıan
d
p
r"purı:ı~
a
la.s
u'l'rnino, rnun:ciiJ;\lr.i
qıı<>
coınpl'endcn.
~in
que
('S,O';
trab~jo.,
jJuedan
!lcv:;.r"e
ə
('abo
POl'
b1ta
de
n'-
cursos. ya que si ell un
p1'lUl'ipio
LUriel'O!l
asign:ıda.s
l:ı.s
corres-
pondiemes
dotacionc.ı
~n
clicho
Plan.
no
~~
di,poııe
de
fll~s
porqııe
La
e!~vac!on
d~
p"erİo
de
ınııteriules
y d
rn::ıyor
eoste
d~
la
mano
de
oiır:ı
ha
.
r:ıusa
dc'
!iU
~ürısıııııo
:ı.
rna:;or
ritma
que
f'i
].):'\0
Para
hacel'
fl'tnt~
c:,!a
fa!;;ı
de
r~cur.;o.;
h3n
\Le
:ırbitr::ırse
100
cxtr:ı.ol'di:ı3,;OS
pl'ccisus.
cu.\·::ı
cuantia
c::ıbı'
que
~e
compcn-
s;.'
con
anubc-:on
(.~~
d
cr{'diTo
q~ı~
cıl
p!'esupu~,;-;to
~!L
vigor
:l3İgna
al
pınrı.
y
cuy:ı
tot:ı.!
utili7.aci6n
no
restilta
posible
per
exceder
<.le>
limite cuantitativo
Ql!e
e:
ıııismo
tı~ne
fijado.
En
SU
viItud. y
dc
confoİ'midad
con
la
prcıpiıe.;ta
e!aboi-ada
POl'
la,
Cot1rs
Espnfıolas.
f'"'ır.'
l"i"
_.,
_
........
...........
'"
O...J
ı.'v....,.
Artlculo
primero.-s",
concede
un
eredito
tı-:traordinario.
POl'
Importe
de
cW:ltro
millone, ochociemas
cincııenta
':i
ocho
mil
ı:re3ci@ntas
tre1nta y
dQ!
pe3ebs,
ııi
Pre31ıiJıiritə
ıın
Ylltilf
at
la
Seeci6n
ve1nte
de
Obligaciones
de
loa
D~pıırtamentos
min!sterla.
ıes,
«Minlsterl0
de
Industria»: capltulo selscientos,
«Invel'Siones
no
productoras
de
.ingresos»;
articulə
seiscıentos
dlez.
«Construc-
c!lones
e
lIl.stala.ciones
y ampliaci6n y reforma
de
1as
exıStentes»;
serv1clo
treselentos ochenta
y
ıres.
«DJrecciôn
General
de
la Ener-
gıa»:
concepto
ttescientos ochenta y tres/selsclentos
doce;
«Para
reall.ııaci6n
de
10s
trabııjas
de
electriJicaci6n
del
pueblo
de Puerto
Alta, Instalaci6n
de
la red
de
alta tensl6n
eıı
La
Carol!rıa
y
elec-
trmcaciôn de
los
pueb!os
de
ıı
A~~a~e:ı
y
Los
L!anos
y
l:ı
Cor·
tijada de Medispan.illa (credito
POl'
uno.
sola
vez!».
Articulo
segundo.-S~
anula la misrna
suıİla.
de
cuntro
millo-
ı1es
ochocientas cincuenta y
ocho
mil
treı;cientas
treinta y
d05
pesetas
eh
Ids
mlsmo.;
Secci6n
veinte.
((.VIinisterio
de
Indu.strl:ı»;
capitulo,
a.rtlculo
y servicio;
concepto
trescientos ochenta y trest
se.iscieııtas
once,
«Para
reaIiz:ıc:.6n
de
10s
tr:ı.~·.:ı.jos
de
electrifi-
caci6n
de
10,
provincia
de
Jaen,
inc!uid:ıs
las
indemnizac!ones
di!
ıhsta!aciones
absol'bid:t>
POl'
diChas
e!ectrificaclones,
de
aciıerdo
con
el
epigrafe
el
cp!
art1culo
sehundo
de
la
Ley
de
d!ecisiete
de
jiılio
de
mil
novecieiitos
cincuenta
y
trcS».
Dada
en
e!
Pnlacio
de
El
PaYdo
a
veintlocho
de
diciembre
de
mil
noveclentos
sesenta
y
tres.
FRANCISCO PP.ANCO
LEY
22İ/1963,
de
28
d~
diciemore, por
la
qııe
se
concede
un
credito extraordinario
de
1.aoo.ooo
de
pesetas.
a
In
Presidencia
del
Gobierno,
po.ra
satistacer
los
grıstos
de
personal
11
material
que
se
oıigt71en
para
el
tımdorıa
miento
de
la
Comisi6n
Superior
de
PersQ;ıa/
dutcmte
actual eiercicio
de
1963.
Crenda por
la Ler
numero
clento
nueVe,
de
veinte
de
Julio
mil
novecientos
sesenta y
tres.
de
Bases
de
10'>
Funcionarlo$
Civi!es
del
Estado,
La
Comi.siôn
Supcrior
d€
personal.
es
pl'ecl.so
conceder
recurso.;
para su
desenvolvimi~nto.
toda
vez
que por
tt:ı.tarse
de
obligaciones
nuev:ı.s
na
han
sldo dotadas
en
el
Pı'e
siıpuesto
en
vigor.
En
su virtud
r
de
conformide.<1
con
la
preıəuesıa
elaoo:rııda
Dar
las
Cortf!oS
E.spaiiola~.
DISPONGO:
Articulo primero.-Se
concede
ıın
crtdito extraol'dinario
d~
:ın
millôn
de
pesetas aplicado
al
Presupuesto
en
vigor
dE:
la
Sec-
ciôn
once
de
Obliı;:ı.ciones
de
los
De'):ı.rt:ı.menlo.s
mini.iteri:ılrs.
((Presidencia
del
Gobierno»:
capitu!o tw;cientos.
«G:ı.SLOS
do·
los Seh1clos».
articuJo
tresciento.
se.ıcnta.
{(Dotaciolh'ô
para
Servicios
nuevos~;
ser~'jc!o
c:ento
uno,
((Prpsidenct:ı
y
Seı-vicios
gen~r:ıles»;
concepto
nuevo
ciento
ııno:tr~scie:ıtG5
sesenta
~.
cuatro.
par::.
satbfacer
g:ı.otas
d~1
:ıiıo
::ıctu~ı!
drrivacos
eel
funcionamiento
de
la
Comi.s;ön
Supe:ior ee Personal.
Articulo segundo.-EI jmporte a
qııe
n.,riPnde
el
mencionado
crecito extraordinario
se
cubrlı"~
en
i:ı
forma
de,e:ın.:nad::ı
por
et
a:ticulo
cu:ırema
r
uno
de
13.
"'ü,r:ıte
Ley
de
Adrni:ıis;:ac:6n
" Contabilidad
de
1:1
Harifnda
Pübiiccı
Dada
fn
~i
Paj~cio
de
EI
P:ı:'do
J
w:m:ocho
de.
dici"rnbrı:
de
mil
ı:orecientos
sesent:ı
y
tr0S.
fR"NCISCO
FRANCO
LEY
~::
1963.
de
28
de
dit·irıııbrr.
por
la
q:ıC
.ir
C07lCec!elı
ILLI
credilo
SlIp!€7I!P7Itario
71
olm
p.rtraord:nario por
111:
importe
total
de
100.000.000
de
pesf1as.
al
conseio
!'ia·
['ional.
Iııstituto
de
Estııdio.ı
POliticos
11
Secretaria
Ge-
n-ral
del
li!(}):imieııto,
para
atenCi071fs'
de
dietıa
Secrc-
lana
r1urante
ci
srmmd()
\p'ıııe:,trp
d.pl
Pjrrcıcio
rn
('urso.
E!
r.umplimier.to
de
la,
~el'\'icıoS
t'llcomendadcs
:,
!u
Seere-
t:ıri::ı
General
del
:'1c\'!rn:e:ıw
~xi~~e
::\
disposicion
ee
u::os
re-
rursos
econoınicos
superiol'cs
n
los
que
tiene
:ı::;ign:ıdos
en
e!
vigente
Preôupuesto
de
La
secci6n
cu::ıtro
de
ObEg:ıciones
ge-
ııerale5
del
Estııdo.
Dor
10
QUl'
l'esu!ta
pl'eclso
su
incrernento
con
el
f!n
de
que
1:ı
Secret1ıiıı.
pued::ı
hacer
fren,~
a
rod:ıs
sus
obligaciones.
En
SU
virtud.
).
de
conforınid:ıd
c('n
la propuesta
el:ıboradıı.
por las
Cortes
Espafio1as.
DISPONGO:
.'\rı;iculo
prımero.-Se
conceden
dos
cr~ditos,
uno
sup!ernen-
trtrio
y
otro.
~raordina,io,
por
un
impone
tot:ı.ı
de
eien mj·
ıı~nes
cie
pesetas,
al
Presupuesto
tı:L
f1gor
de
1&
!!Cat(in
c:q;rıı

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