Ley 89/1964, de 16 de diciembre, por la que se concede un crédito de 175.562.000 pesetas al Ministerio de Obras Públicas con destino a la reparación de los daños causados por los temporales del invierno de 1962-63 en la red provincial de carreteras a cargo de diversas Diputaciones Provinciales y Cabildos Insulares.

MarginalBOE-A-1964-21386
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
16910
ıs
dİcİembre
1964
B.
O.
dd
E.-Num.
303
de
OUqUt
a efectos
de
cumplır
105
reQuısitos
del p;i.rrafo an-
t.erlur.
Artıcul~
:;e:;uııd.
--Se laculta al Ministro
de
Marina para
dlctar
la~
ııormas
pertınente~
en
orden al
me.io~
cumplimiento
de esta
dispu:siCl6n
Articıılo
tercero
-Quedaıı
deru:;adaıı
eıı
cuanto
5e
opongan
a
est::!
di.~posici6n
la~
Leyes
de
dieciııueve
de febrero de mil
novecientos cuarenta y
doı;.
dıecisiete
de julio de mil novec!en·
tos
cııarenta
y ocho
veint!ııno
de
julio de mil nuveclentos
se·
s
..
ııta
y dos
.v
iOS Decretos
de
cııatro
de
JUllo
de
mil
ııovecieo,
tas cuarenta V ocho y slete de febrero de mil
novecieııtos
se-
senta y
ıres.
QUl"
establecian normas Dara tas
convocatoria~
de
Pr:'tctıcos
de puerto
Dada
en
el
Palacio
de
Pardo a
d1ecıseıs
de
dıcıembre
de
mil novccientos sesenta y cuatro
FRaNCISCO FRANCO
LEY
881196,1.
de
16
de
dıctembre,
por
la
qııe
se
con-
cede
un crect,to
t'xtraoraın[ITlO
d"
~.OOO.V~O
de
pesetas
al
JUinısterlO
iU:
Asu1lto, Exter10reö para
saıısjacer
las
gastos que
se
ocasione1l
COn
ınoıivo
de
la
ceıebractön
l1.e
Congresos
Q
reunio1?l?s
de
cara.ctPr
ınter71Clcıonal
en
":s-
paıza.
La trecucnc"
celebr:::ci6:ı
en
Espıı.na
de
Coııgreşos
~
re-
uniones de
car:i.cLer
intt'rnacıonaı
aeonseja
el
Que
se
figur",
eL
Presupuesto una consignac!ön
para
atender a 105 gastos de esta
clase
que
ası
se
ı>raduzcan.
ED
su vlrtud. y de
conformıdad
con
ıa
propuesta elaborada
por las Cortes
ESpanoıas.
DISPONGO:
ArticUıo
prlroero.-Se concede un eredito extraord!narlo de
clnco ro!llones de pesetas, aplicado al Presupuesto en vigor de
La
Secci6n doce de Obligaciones de
los
Departamentos
mın1ste
rioles.
«Minişterio
de
Aguntos E.,terlores»; capitulo
tres~lt"ntos.
«Gastos de
los
Servicios»;
artıculo
tre.;;cıentos
C!Dcuenta. «Otros
:;astos ordinarios»; servicio
cıento
cincuenta y uno.
«Minısterio
Subsecretaria y Scrvicios generales»; concepto nuevo
"ıento
cincuenta y uno/tresclentos cincuenro y nueve. subConcepto
destinado a satisfacer 103 gastos
Que
se ocasionen en
el
ano
actual con motivo de la celebraclcin de Congresos 0 reunlones
lnternaôonales en
Espafıs.
Articu10
seı;undo.-E]
iroporte a que asc!ende
e1
menclonado
crectito extraordinario
se
cubrira en
La
forma determinada por
eL
articulo cuarenta y uno de
La
vigente
Lev
de Administraci6n
y
Coııtabiliı;laı;l
ı;le
la
Hacienı;la
PUblic:ı..
Dada
en
el palacio de El Pardo a dlecisels de diclembre de
mil
novecientos sesenta y cuatro.
FRANCISCO FRANCO
LEY
8911964,
de
15
de
dictembre,
pOT
la
qUe
se
con·
cede
un crer1ito
de
175562.000 pesetas
al
Ministerto
ae
o bras PÜbiicas con destino a
La
repaTrı:ct6n
de los
ıUliios
causaaos
por
los
temporales del
invierno
de 1962-63
en
ırı:
reel
"provin~aı
d.e
carreteras a cargo
de
d.iversas
Diputactones
Provınciales
y
Ccıbildos
ınsulares
A
con~ecuencı:ı
ae
105
teınporales
acaecido:;
en
el lnvlerno
de mil
noveclento~
sesenta y
daş-mil
ııovecieııtos
~esenta
v
tres
se produjeron
dafıos
en
La
red de
carr~t~ras
a cargo de dlversas
Diputaciones Provlnclales y cabl1dos Imu1ares, cuya repe.ra-
don
exlge
el
arbltrar
medlos
econ6ınlcos
extraordinarlos.
ya
que son
rouy
limitados
Jos
recursos
Que
para
los
gaı;tos
refe-
ridos dlsponen las provlncia.s.
ED
su
vlI1iud.
y de conformldad con
La
propuesta eJabOrada
por las Cortes ESpanolas,
DISPONGO:
ArticUıo
prlroero.-8e
concede
un
crectito
extraord!narıo
de
clento setenta y cinco
roıııones
quinientas sesenta y das mil pe- i
ıetas,
ııpllcado
al Presupuesto
en
vigor
d~
la
SecclOn
dlecıslete
de Obligaclones de
!08
Depn.rtament08
ınin!stertaJes,
«MiD1Sterla
de Obras PUbl!cas»; eapitulo ochoclentos, «Subvene1ones S
11.
no·llclnci6n
de
caplte.lı>;
o.rt!cu1o
ochoclentos ve1nte.
«A
favor de
Corporaclones
Provinc!o.1es
y Locales»; servlc!o tresclentos vein·
titres. «Dlrecc16n General de Carreteras y Camlnos Veclnales»;
çoııe~uto
nUew-u
t:re~!çntV5
və!nt!~es/OChX!entos
veınt!d6s,
en
caııcepto
de subvcnclôn a
ıa,
provlDcıa:.
que
,,1"
ındıcan
para
cubrlr
108
gastos de reparacicin por deiios
orlgınados
en
ıa
red
de carreterab provlnciales por
ıo~
teınporales
del
ınvlerııo
de
aıı1
novecientos
~e8enta
y
do&-mi!
noveclentos sesenta y tres:
Almeria. siete millones cuatrocientas clncuenta mil
pe
Baleares.
Un
millcin
cuatrocientas
cuarenta
mil;
C;i.diz.
trelnte.
v dos
nı!l1one~
cuatrocientas mil;
~.caste1l6n_
dos
ro!l1one.:;
qui-
nıentab
cincuenta y
sıete
Illi!;
Ciudad Real. se!s
millone.:;
qui-
nlenta~
nıil;
C6rdoba. dlez Illillones Quinlenta.s ve!nte
m!l
Ge-
roııa.
ocho milJones.
Graııada,
treinuı.
y
un
millones; Jaen,
treiııta
y ocho
nıillone~
auinie!ıtaı.
mil; Malaga. dleclnuevf
ıni
llorı~~.
Sevi1la.
dieciocho millone5 ciento noventa v clnco mil.
Artıculo
segundo.-El
ımporte
a
qUe
asciende
el
menclonado
crectito extraordinario
se
cubrir:'ı
en
La
forma
determınada
par
a:-ticıılo
cuarenta y
ııno
dt' la vigente
Lev
de AdmlnistrHci6n
v
Comalıiiic:Jad
tip
ia
Rae!.ıırla
Pı'lhl!ca
Onda
en
el
Palacıo
de El Pardo a dlecise1s de
dıciembre
de
mil novecientos sesentn y cuatro.
FRANCISCO FRANCO
LEY
9011964,
de
16
de
dictembre.
por
la quc
se
con-
çede
un
credito
extraordıııarıo
de
1.175.470 pcsetas
al
M1-
nisleıio
de
Marimz para
adquisıcton
de
ımpresos
con
destmo u
la.s
oti.ciııas
del
Ministerio
E!
constantt
aumento
Que
en
,,1
consurno de
ımpresos
v!ene
realizando
el
Ministerio de Marina. como consecuencla de la
creaclôn de nuevos
seı~;icios
y Organismos. exigidos por
ıa
nor-
malizaci6ıı
adnıinistrat:va.
ha
supuesto un lncremento de
gə.5-
tos acrecentado tamblen por
el
elevado easte de
dichoı;
im-
presos.
que
en
pasado ano de mil novecientos sesenta v tres
diô
luge.r
a
uua
losuficiencia de recursos en la
correspondıente
consignad6ıı
presupuesta.
En su virtud. y
de
confonnidad con
la
propuesta elaborada
POl'
las
Cort~s
E.'pai'ıolas.
DISPONGO:
Al'ticul0
primero.-Se
concede un cn!dito
extraordinarıv
de
un roillan ciento serema y cin
co
mil
cuatrocienta:;
setenıa
pe-
setas. aplicado al Presupuesto
eıı
vigor de la Secci6n qulnce
de Obligaciones de
los
Departamento~
ministeria1es, «Minis-
terlo de Marina»:
capitıılo
,rescıento:;.
«Gastos
de
los
Servi·
cios»; articulo trescientos cuarenta,
{(Pııb!icaciones»;
servicio
dosclentos cuarenta y uno. «Minister!o.
Subsecretana
y Servi·
eios
generaıes»;
concepto
nue~:o
dosclentos
cuarenta
y uno/tres-
clentos cue.renta y tres. con deStino a satisfacer atenc!ones
procedentes del pasado eJereiclo eeonomico de mil noveclentos
sesenta y tres y pendlentes
de
llquidaci6n.
Articulo segundo.-E1. lmporte a
qUl'
ascıende
menC1onado
credltc
extrııordinario
se
cubrir:i en la
forma
determ!nada por
el
art!culo cuarenta y uno de ln vlgente
Le,
de AdmlnlstraclOn
y Contabll!dnd dr la Hncienda publica.
Dada. en el Palacia de El Pardo a
dlec~e1s
de diclembre
c!e
ın!!
novecientos Sf'8enta y cuatro
FRANCISCO FRANCO
LEY
9111964,
de
16
de
dictembre.
por
La
que
se
con-
cede
un
crcr1ito
extraordinarıo
de
645.000
pesetas
aZ
Mi-
ni;;terio
de
Edııcac-ion
!Vacıonal
con
destıno
a satisfacer
los
guötos
de
öostenimicnto.
matenal
ordinarıo
y
c1en-
tiftCD de laö
Secciorıcs
Delegadas
de
lnstituto~
Nacio-
nales
de
Ense7i.cın~a
Media cLurante
actuaZ ejerciclo
de
1964.
Creactas
en
var:ios
Instltutos de Ensefianza. Media., Secclones
De1egad&l integrantes
de
105 ml5mos,
en
v!rtud
de
la
faculta.d
que al Mlnlster!o de
Educacioıı
Naclonal otorga.
el
Decretv nu-
merO
noventa Y
UDO,
de
d!eclsiete de
enero
de mil navee!ento.s
sesenta y tres.
es
prec!so
Que
se babUlten recursos
para
aten·
der
105
gastos de BOStenimlento de dlchos servlclo5,
aı·
no
ha·
berse prevMo en los Presur uestos vigentes.
En
su
vlrtud, y de conform!dad
con
la.
p.o;ıuesta.
ela.boraıla
por Jas Cortes
Eı!pllfiolas.
.
DISPONGO:
ll.rtlculo
prlmero.-8e
concede
un
credito
extraord1na.ı1o
de
seisclentas
cuarenuı.
y cinco
miı
pe5etas, apllcado
Presu.
puesto en vigor de
la.
S«c16n
dleclOCho
de Obllgaclones
de
le»

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