Ley 28/1966, de 31 de mayo, de concesión de un crédito extraordinario de 27.000.000 de pesetas al Ministerio de la Gobernación como subvención a la Diputaciones Provinciales y Corporaciones Locales para la construcción e instalación de residencias regionales de ancianos, con anulación de igual importe en otro crédito del mismo Departamento.

MarginalBOE-A-1966-9011
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
6892 2
jUI1İo
1966
B.
O.
del
E.-Num.
131
cepto
nuevo,
para satlsfacer asistenc!as, gratificaci6n
de
resl-
dencla y
qUlnquen.los
de
105
atioB
mil
noveclcntos
sesentıı
y
dOs,
mil
noveclentos
scscntıı
y tr,!q y
mil
noveclentos sesenta y cua·
Cro;
cuatrocientas
nueve
mil
seteclentas
sels,
al
m1smo
capltulo
ciento,
:ırticulo
ciento trelnta,
{(ı)ietas,
ıocomoc16n
y traslados»;
conoepto trcsclentos
cuıırenta
y
uno'clento trelnta
y
sels
l.lUCVO,
para satls1acel' dietas
y
gast(ı$
de
locomocl6n
causados en
10S
afios
mil
novecientos
scsentıı
.y
treıı
y
mil
novecientos sesenta
y
cuııtro,
y
nıil
setecientas clncuenta y tres pcsctns
a.ı
capltulo
doscleııtos,
(cMaterial,
alquilercs y entretenimiento
de
10ca1es»;
ıırtlculo
doscientos
diez,
«Matl'rial
de
o1lclnas
no
inventa.rlable»;
concepto
nuevo
trescientos cuarenta y
uno-do~c!entos
qUinee,
para atenclones
de
material
de
los
Tribuna1es examinadores
eau-
sııdas
durante
el
aüo mil no\'ecientos
seseııta.
y
cuo.tro.
Articulo tercero.-El lmporte a
que
asc1enden
105
meneionıı.·
dos
creditos cxtl'aordinarios
se
cubrir~ı
en
la forma detcrmi·
nada
POl'
el
articu10
cuarent1
y
uno
de
la vigente
Ley
de
Ad.
mlnlstrac16n y Contabll1dad
de
la
Haclenda
Pılbl1ca.
Dad~ı
en
el
Palacio
de
El
Pardo a treinta
y
U110
de
mayo
de
miL
novecicntos sesenta
y
.seis.
FRANCISCO
FRANCO
LE Y
2711966,
de
31
[Le
mayo,
de
concesi6n
de
ıın
crıidito
cxtraordiıuırio
de
401.724
pesetas
al
Mi·
nisterio
de
Justicia,
con
destlna a
satisjacer
/ıaberes
de
8ustituciön
de
Jueces
y Fiscales
nıunicipales
y
comarcales.
En el transcurso del
afio
mil
noveclento5 8esenta
Y
cua.tro
W
!u!tituc!ones
con
derecho
il
remunere.c.Iones
de
Jueees
y FIs-
cııle!
mun1clpıı.les
y
comıı.rcall's
no
han podldo hacerse e!ectlvas
in
~u
tota11dad
POl'
haberse consumldo
totalınente
el
credlw
adecuado
que
flgurıı.ba
en el Presupue.sto del
Min.lsterio
de
Ju5'
tlcll\
de
dJcho
ejerelclo.
En su
v1rtud,
y
de
con!ormldad con la propuesta elaborada
POl'
!ıIS
Cortes Espafiolas, .
DISPONGO:
Articulo primero,-Se convalidan
coma
obligaciones
lega.les
del
Estado las contraldas po: el Ministerio
de
Justicla durante
el
tı.üo
mil
nal/ecientos
sesen~:ı
y
cuatro por
ıın
importe
·de
eua-
trocientos un
mil
sctec!entas
velnticuııtro
pesetas, excedlendo
la respectlva consignaci6n presupuesta y rela.tivas
a
hah~res
de
sustituci6n
de
Jueces y Fiscales municipale5 y comarcales,
Artlculo scgundo.-Se concede para su
abono
un
crectito
exo
t.I'Rordinario
de
cuatrocientos un
mil
setecientas
ve!ııticuatro
p!!set:ı.s,
ap!icado
ru
Presupuesto
de
mil novecientos sescnta
y
seis
de
la
Secc16n
trece
de
Obligncioncs
de
105
Departaınenw5
ministerlales,
ccM!nisterio
de
JUsticla»; capltuJo clento, «Perso·
nalı);
artlculo clent0
velııte,
remuneraclones»; servlcio
clenw
oclıenta
y
tres,
«Dlreccl6n
de
Justic!a»; concepto clento
ochenta y tres-cienw
veiı1tlocho,
«GratlIlcaclones var!as»: parti.
da
ad!clanal nueva.
ArtlcUlo
tercera.-EI
1mporte
a
que
asc!ende el
menciana.do
crMıw
extraordlnarlo
se
cubr!riı.
en
la forma determinada por
e.'
artlculo cuarenta y
uno
de
la vigente Ley
de
Admln.lstracl6n
r
Contlıhi1idad
de
la Haclenda
Pılbllcıı..
Dada
en
el
Palncio
de
El
Pardo
a
trelnta y
uno
de
mayo de
mil
novecleııt(ls
sesenta y
scis.
FRANCISCO FRANCO
LEY
2811966,
de
31
de mayo,
de
concesi6n
de
un
urı!dito
extraordino.rlo de
27.000.000
de
pesetas
al
Ministe-rto
CJ.e
la
Gooerncıcl6n
com.a
subvenci6n
a
tas
Diputaciones
Provinciales
11
Corporaciones
La-
cales
para
la
conatrucclön e
instaZaciÔ71
de
rIlBU%en·
cias
regioıuıles
de ancianas,
con
anu/a.cf6n
CJ.e
iaual
tmporte en otro
crl!cZito
de!
miımıo
Departamento.
El
pragraına
previsto por
!a.
D1recc!6n
General
de
Bene~lcen·
eio.
y
Obras
Soclıı.les
en orden a la construcclön
e
1nstalac!6n
de
reslclenclas reg!onales
de
a.ncio.noıı
se
dJ!lcUlta
en
su
rea.llza.eI6n
por [alta
de
medio8
econ6micos
presupuestos destlnados
1\
sub-
venclonar a Entldade5
pılblicas
y
Asoc!a.c!ones
0
Entidades pri·
vıWa8
de
ca.racter
soclal
que
llcven
a
eabe
a.quellas
previslone.s,
, En
su
v1rtud,
y
de
coııformidad
con
la
propuestıl
el"boradA
por
lu
Cortes
Esp
ııüolas,
DIS'PONGO;
Ar,lcUlo
prlmero.-8e
coııcede
un credlto
p.xtraordınarıo
de
veln,lsiete millones
de
pesetas, apllcndo al Presupuesw ell
vlgor
de
la
Seoclön
d!eclse!s
de
Ohligac!ones
de
108
DeplU·tarncntos
ministeria.ıes,
«M.inisterio
de
la
GOhernaciolll);
caplculo oehoclen·
tos,
uSubvenclones
y
financiar::6n
de
capitahı;
artlculo ochoclen·
tos
velnte,
«A
favor
de
COl'poraciones
Provlnc!ales y l.ocales»;
servic!o
tresclentos
olnoo,
c(l)Jrecci6n' General
de
Beneflcencla
y
Obras
SOclales»;
concepto trescientos
cinco-
ve!n·
tiuno,
dest1nado
ii
subvenclonar a
lns
Diputac!ones Provlncla-
les
y
Corporacloncs
Localcs
que
se
ncuerde, por
108
gastoıı
que
se
orJginen en
La
construcel6n
instalnc!6n
de
res!dencla.s
re·
gtona1es
de
anclanos prevlstas en
Prograına
de
Inversiones
Pılbl1ca.s.
Articula
segUlıclo.-8e
dispene
La
no
uti11zaciön
ii
n1ngiın
efee-
ta
de
La
suma
de
veintisicte millones
de
pesetas en el remanen·
te anulndo a
In
termlnacl6n
del
ejerc!c!o
de
mil
noveclentos
se·
senta y
cinco
en
el
credito figurada en la 8ecci6n
d1eclseis,
IMI·
nisterio
de
la Gobernaciön»: capitulo selscientos,
«Invers1ones
en
eap1t,al
reab); articulo selscientos
dJez,
«Construccicnes e !ns-
talaciones y
aınpll:ı.c16n
y reforma
de
las
existentes)ı;
servic.lo
tresolentos
cinco,
«Direcci611
General
\le
Bencf!ceııclh
y Obras
SOciales»;
eoncepto
nıimero
trcscieııt
cinco-sebc'.cntos
doce,
«Para Ildqulsiciôn
de
ed!f1cios
y
terrenos y obrM
de
coruıtrue.
e16n,
aınpliaciön
y reforma v repa.raci6n
de
aquella.s
Instalacio·
ne5,
etc.»
Dada en
el
Palaclo
de
BL
?ardo a trelnta y
uno
de
1nayo
de
mil
novecicntos sesenta
y
seis,
FRANCISCO
FRANCO
LEY
2911966,
de
31
de
mava,
de
concesi6n
de
varfos
ureditos
extraordiııarios,
por
un
importe total
ae
538.474
pesetas,
ci
Ministerlo
de
Hacienda para
atender
a
los
gastos
que
origina la contrataci6n
de
personal
dive-rso
para
los
servlcios
de
los
Laborato-
rtos
de
Aduaııas
durantc
1965
V
1966,
con
anıtlactôn
de
la
sııma
de
19.9.920
peseta.s
en
otros credit08
deı
Departam.ento,
El
notable incremento
qu~
han experimentado
10S
scrv!clos
il.
cnrgo
de
105
Lnbor~tl)rios
dependlentes
de
la
Direce16n
Gene-
ral
de
Adu:ınas
cxige
asignar:es personaj
que
colabore
con
los
!acultativos en la
1abor
de
los
misınos,
En su virtud,
y
de
con!orınldad
con
la propuesta elabor"da
por
iM
Cortcs Espaüolas,
DISPONGO:
Articulo
priıııero.-Se
conceden tres creditos
extraordinario:ı
y
uno
.~uplementariQ
importantes en junt(l quinientas
treintıı.
'1
ocho
mil
cuatroc!entas setenta
y
cuatro pesetas, apllcados al
Presupuesto en
vlgor
de
la Secci6n veintlseis,
cuv.tinlsterio
de
Ha-
olenda»; capitulo ciento, «Personal», per los importes slgu!entes:
Crectitos
extraordinarios,-Trescientas clncuenta y tres
ml!
qul·
n.lentas ochenta y
oclıo
pesetas al artlculo clento cuarenta, «Jor-
nales»;
serl/ieio
quini~ntos
treintıı.
y
se!s,
«Direcci6n
General
de
Aduanas»; concepto nucva quln1entos trelnta y seis-clento oua·
renta y
daB,
«Para satlsfacer
los
jornales, ineluldas las
paga.ıı
extraordlnarlas,
al
personal trabajador especiallzado en Indus·
tr!as qulmlcas
que
il.
contlnuacl{ın
se
relaclona»:
Un
Ot1clal
de
prlmera, a euarenta
y
un
mil
dosclcnta.s
.sesenta.
pesetlıS
anu","
les;
un
Otlcla1
de
segunda,
a
trelnta y nueve
mil
ochocientu
noventa y
dos:
tres
O1icia1es
de
tereera, a trelnta
'1
nueve
mil
tresclentas ochenta
y
oclıo:
clnco
Otlcıales
de
segunda, a veln-
ticlnco
ml!
setec!entas
doce,
y
una
MUjer
de
llmpteza, a
ve1nt1·
tlclnco
mil
setec!entas
doce;
otro
de
trelnta
'1
cuatro
mil
tre.s-
clentas
oclıento.
y tres pcsctas
al
m!smo
artlculo clento
ouıı.rentıı.
y
servJcio
q1l1nienW5
trelnta
y
seis,
conccpto
nuevo
qulnientos
trelnta y seis·clenw
cua.rent:ı.
y tres, «Para satisfacer
10$
emo-
lumentos correspondientes
al
mes
de
dic!embrc
de
:nil
nov€-
cientos sesenta
y
einco
y
pagıı.
extraordJnarla del misma mes al
citado personal»; trece
m!!
t~escientas
treinta
y
seis
ııesetas
al
artlculo c!enw clncuenta,
«Acci6n
Soclnlıı;
servicl0
quln1ent08
treinta y
uno,
«Ministerio, Subsecretarias y Serviclos
generalesıı:
concepto
qUln1entos
treinta v uno-ciento cincuenta y
dos,
«Pnra
satisfacer, atenciones
de
segurldad
SOciıı.l
al
repetldo personal
por
devengos
correspondientlıs
afio
mil
novecientos
sesentıı.
y
otnco»,
y un suplemento
ele
credlto
de
clento tre!nta y
li1ete
mil
clent(l
sesenta
y
s!ete pc,;etas
al
mlsmo
artlculo clento
cin-
cuentıl.
y
servic!o
quın.ıentos
trelnta
y
ımo,
concepto qu1nientos

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