Ley 28/1966, de 31 de mayo, de concesión de un crédito extraordinario de 27.000.000 de pesetas al Ministerio de la Gobernación como subvención a la Diputaciones Provinciales y Corporaciones Locales para la construcción e instalación de residencias regionales de ancianos, con anulación de igual importe en otro crédito del mismo Departamento.
Marginal | BOE-A-1966-9011 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Jefatura del estado |
Rango de Ley | Ley |
6892 2
jUI1İo
1966
B.
O.
del
E.-Num.
131
cepto
nuevo,
para satlsfacer asistenc!as, gratificaci6n
de
resl-
dencla y
qUlnquen.los
de
105
atioB
mil
noveclcntos
sesentıı
y
dOs,
mil
noveclentos
scscntıı
y tr,!q y
mil
noveclentos sesenta y cua·
Cro;
cuatrocientas
nueve
mil
seteclentas
sels,
al
m1smo
capltulo
ciento,
:ırticulo
ciento trelnta,
{(ı)ietas,
ıocomoc16n
y traslados»;
conoepto trcsclentos
cuıırenta
y
uno'clento trelnta
y
sels
l.lUCVO,
para satls1acel' dietas
y
gast(ı$
de
locomocl6n
causados en
10S
afios
mil
novecientos
scsentıı
.y
treıı
y
mil
novecientos sesenta
y
cuııtro,
y
nıil
setecientas clncuenta y tres pcsctns
a.ı
capltulo
doscleııtos,
(cMaterial,
alquilercs y entretenimiento
de
10ca1es»;
ıırtlculo
doscientos
diez,
«Matl'rial
de
o1lclnas
no
inventa.rlable»;
concepto
nuevo
trescientos cuarenta y
uno-do~c!entos
qUinee,
para atenclones
de
material
de
los
Tribuna1es examinadores
eau-
sııdas
durante
el
aüo mil no\'ecientos
seseııta.
y
cuo.tro.
Articulo tercero.-El lmporte a
que
asc1enden
105
meneionıı.·
dos
creditos cxtl'aordinarios
se
cubrir~ı
en
la forma detcrmi·
nada
POl'
el
articu10
cuarent1
y
uno
de
la vigente
Ley
de
Ad.
mlnlstrac16n y Contabll1dad
de
la
Haclenda
Pılbl1ca.
Dad~ı
en
el
Palacio
de
El
Pardo a treinta
y
U110
de
mayo
de
miL
novecicntos sesenta
y
.seis.
FRANCISCO
FRANCO
LE Y
2711966,
de
31
[Le
mayo,
de
concesi6n
de
ıın
crıidito
cxtraordiıuırio
de
401.724
pesetas
al
Mi·
nisterio
de
Justicia,
con
destlna a
satisjacer
/ıaberes
de
8ustituciön
de
Jueces
y Fiscales
nıunicipales
y
comarcales.
En el transcurso del
afio
mil
noveclento5 8esenta
Y
cua.tro
W
!u!tituc!ones
con
derecho
il
remunere.c.Iones
de
Jueees
y FIs-
cııle!
mun1clpıı.les
y
comıı.rcall's
no
han podldo hacerse e!ectlvas
in
~u
tota11dad
POl'
haberse consumldo
totalınente
el
credlw
adecuado
que
flgurıı.ba
en el Presupue.sto del
Min.lsterio
de
Ju5'
tlcll\
de
dJcho
ejerelclo.
En su
v1rtud,
y
de
con!ormldad con la propuesta elaborada
POl'
!ıIS
Cortes Espafiolas, .
DISPONGO:
Articulo primero,-Se convalidan
coma
obligaciones
lega.les
del
Estado las contraldas po: el Ministerio
de
Justicla durante
el
tı.üo
mil
nal/ecientos
sesen~:ı
y
cuatro por
ıın
importe
·de
eua-
trocientos un
mil
sctec!entas
velnticuııtro
pesetas, excedlendo
la respectlva consignaci6n presupuesta y rela.tivas
a
hah~res
de
sustituci6n
de
Jueces y Fiscales municipale5 y comarcales,
Artlculo scgundo.-Se concede para su
abono
un
crectito
exo
t.I'Rordinario
de
cuatrocientos un
mil
setecientas
ve!ııticuatro
p!!set:ı.s,
ap!icado
ru
Presupuesto
de
mil novecientos sescnta
y
seis
de
la
Secc16n
trece
de
Obligncioncs
de
105
Departaınenw5
ministerlales,
ccM!nisterio
de
JUsticla»; capltuJo clento, «Perso·
nalı);
artlculo clent0
velııte,
remuneraclones»; servlcio
clenw
oclıenta
y
tres,
«Dlreccl6n
de
Justic!a»; concepto clento
ochenta y tres-cienw
veiı1tlocho,
«GratlIlcaclones var!as»: parti.
da
ad!clanal nueva.
ArtlcUlo
tercera.-EI
1mporte
a
que
asc!ende el
menciana.do
crMıw
extraordlnarlo
se
cubr!riı.
en
la forma determinada por
e.'
artlculo cuarenta y
uno
de
la vigente Ley
de
Admln.lstracl6n
r
Contlıhi1idad
de
la Haclenda
Pılbllcıı..
Dada
en
el
Palncio
de
El
Pardo
a
trelnta y
uno
de
mayo de
mil
novecleııt(ls
sesenta y
scis.
FRANCISCO FRANCO
LEY
2811966,
de
31
de mayo,
de
concesi6n
de
un
urı!dito
extraordino.rlo de
27.000.000
de
pesetas
al
Ministe-rto
CJ.e
la
Gooerncıcl6n
com.a
subvenci6n
a
tas
Diputaciones
Provinciales
11
Corporaciones
La-
cales
para
la
conatrucclön e
instaZaciÔ71
de
rIlBU%en·
cias
regioıuıles
de ancianas,
con
anu/a.cf6n
CJ.e
iaual
tmporte en otro
crl!cZito
de!
miımıo
Departamento.
El
pragraına
previsto por
!a.
D1recc!6n
General
de
Bene~lcen·
eio.
y
Obras
Soclıı.les
en orden a la construcclön
e
1nstalac!6n
de
reslclenclas reg!onales
de
a.ncio.noıı
se
dJ!lcUlta
en
su
rea.llza.eI6n
por [alta
de
medio8
econ6micos
presupuestos destlnados
1\
sub-
venclonar a Entldade5
pılblicas
y
Asoc!a.c!ones
0
Entidades pri·
vıWa8
de
ca.racter
soclal
que
llcven
a
eabe
a.quellas
previslone.s,
, En
su
v1rtud,
y
de
coııformidad
con
la
propuestıl
el"boradA
por
lu
Cortes
Esp
ııüolas,
DIS'PONGO;
Ar,lcUlo
prlmero.-8e
coııcede
un credlto
p.xtraordınarıo
de
veln,lsiete millones
de
pesetas, apllcndo al Presupuesw ell
vlgor
de
la
Seoclön
d!eclse!s
de
Ohligac!ones
de
108
DeplU·tarncntos
ministeria.ıes,
«M.inisterio
de
la
GOhernaciolll);
caplculo oehoclen·
tos,
uSubvenclones
y
financiar::6n
de
capitahı;
artlculo ochoclen·
tos
velnte,
«A
favor
de
COl'poraciones
Provlnc!ales y l.ocales»;
servic!o
tresclentos
olnoo,
c(l)Jrecci6n' General
de
Beneflcencla
y
Obras
SOclales»;
concepto trescientos
cinco-
ve!n·
tiuno,
dest1nado
ii
subvenclonar a
lns
Diputac!ones Provlncla-
les
y
Corporacloncs
Localcs
que
se
ncuerde, por
108
gastoıı
que
se
orJginen en
La
construcel6n
cı
instalnc!6n
de
res!dencla.s
re·
gtona1es
de
anclanos prevlstas en
cı
Prograına
de
Inversiones
Pılbl1ca.s.
Articula
segUlıclo.-8e
dispene
La
no
uti11zaciön
ii
n1ngiın
efee-
ta
de
La
suma
de
veintisicte millones
de
pesetas en el remanen·
te anulndo a
In
termlnacl6n
del
ejerc!c!o
de
mil
noveclentos
se·
senta y
cinco
en
el
credito figurada en la 8ecci6n
d1eclseis,
IMI·
nisterio
de
la Gobernaciön»: capitulo selscientos,
«Invers1ones
en
eap1t,al
reab); articulo selscientos
dJez,
«Construccicnes e !ns-
talaciones y
aınpll:ı.c16n
y reforma
de
las
existentes)ı;
servic.lo
tresolentos
cinco,
«Direcci611
General
\le
Bencf!ceııclh
y Obras
SOciales»;
eoncepto
nıimero
trcscieııt
cinco-sebc'.cntos
doce,
«Para Ildqulsiciôn
de
ed!f1cios
y
terrenos y obrM
de
coruıtrue.
e16n,
aınpliaciön
y reforma v repa.raci6n
de
aquella.s
Instalacio·
ne5,
etc.»
Dada en
el
Palaclo
de
BL
?ardo a trelnta y
uno
de
1nayo
de
mil
novecicntos sesenta
y
seis,
FRANCISCO
FRANCO
LEY
2911966,
de
31
de
mava,
de
concesi6n
de
varfos
ureditos
extraordiııarios,
por
un
importe total
ae
538.474
pesetas,
ci
Ministerlo
de
Hacienda para
atender
a
los
gastos
que
origina la contrataci6n
de
personal
dive-rso
para
los
servlcios
de
los
Laborato-
rtos
de
Aduaııas
durantc
1965
V
1966,
con
anıtlactôn
de
la
sııma
de
19.9.920
peseta.s
en
otros credit08
deı
Departam.ento,
El
notable incremento
qu~
han experimentado
10S
scrv!clos
il.
cnrgo
de
105
Lnbor~tl)rios
dependlentes
de
la
Direce16n
Gene-
ral
de
Adu:ınas
cxige
asignar:es personaj
que
colabore
con
los
!acultativos en la
1abor
de
los
misınos,
En su virtud,
y
de
con!orınldad
con
la propuesta elabor"da
por
iM
Cortcs Espaüolas,
DISPONGO:
Articulo
priıııero.-Se
conceden tres creditos
extraordinario:ı
y
uno
.~uplementariQ
importantes en junt(l quinientas
treintıı.
'1
ocho
mil
cuatroc!entas setenta
y
cuatro pesetas, apllcados al
Presupuesto en
vlgor
de
la Secci6n veintlseis,
cuv.tinlsterio
de
Ha-
olenda»; capitulo ciento, «Personal», per los importes slgu!entes:
Crectitos
extraordinarios,-Trescientas clncuenta y tres
ml!
qul·
n.lentas ochenta y
oclıo
pesetas al artlculo clento cuarenta, «Jor-
nales»;
serl/ieio
quini~ntos
treintıı.
y
se!s,
«Direcci6n
General
de
Aduanas»; concepto nucva quln1entos trelnta y seis-clento oua·
renta y
daB,
«Para satlsfacer
los
jornales, ineluldas las
paga.ıı
extraordlnarlas,
al
personal trabajador especiallzado en Indus·
tr!as qulmlcas
que
il.
contlnuacl{ın
se
relaclona»:
Un
Ot1clal
de
prlmera, a euarenta
y
un
mil
dosclcnta.s
.sesenta.
pesetlıS
anu","
les;
un
Otlcla1
de
segunda,
a
trelnta y nueve
mil
ochocientu
noventa y
dos:
tres
O1icia1es
de
tereera, a trelnta
'1
nueve
mil
tresclentas ochenta
y
oclıo:
clnco
Otlcıales
de
segunda, a veln-
ticlnco
ml!
setec!entas
doce,
y
una
MUjer
de
llmpteza, a
ve1nt1·
tlclnco
mil
setec!entas
doce;
otro
de
trelnta
'1
cuatro
mil
tre.s-
clentas
oclıento.
y tres pcsctas
al
m!smo
artlculo clento
ouıı.rentıı.
y
servJcio
q1l1nienW5
trelnta
y
seis,
conccpto
nuevo
qulnientos
trelnta y seis·clenw
cua.rent:ı.
y tres, «Para satisfacer
10$
emo-
lumentos correspondientes
al
mes
de
dic!embrc
de
:nil
nov€-
cientos sesenta
y
einco
y
pagıı.
extraordJnarla del misma mes al
citado personal»; trece
m!!
t~escientas
treinta
y
seis
ııesetas
al
artlculo c!enw clncuenta,
«Acci6n
Soclnlıı;
servicl0
quln1ent08
treinta y
uno,
«Ministerio, Subsecretarias y Serviclos
generalesıı:
concepto
qUln1entos
treinta v uno-ciento cincuenta y
dos,
«Pnra
satisfacer, atenciones
de
segurldad
SOciıı.l
al
repetldo personal
por
devengos
correspondientlıs
aı
afio
mil
novecientos
sesentıı.
y
otnco»,
y un suplemento
ele
credlto
de
clento tre!nta y
li1ete
mil
clent(l
sesenta
y
s!ete pc,;etas
al
mlsmo
artlculo clento
cin-
cuentıl.
y
servic!o
quın.ıentos
trelnta
y
ımo,
concepto qu1nientos