Corrección de errores de la Ley 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023.

MarginalBOE-A-2023-26465
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Autónoma de Cataluña
Rango de LeyCorrección

Habiéndose detectado erratas en la versión en castellano de la Ley 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023, publicada en el BOE núm. 102, de 29 de abril de 2023, procede realizar las siguientes correcciones:

  1.  En el artículo 22, apartado 1.

    Donde dice:

    3. Este tipo de gravamen tiene carácter provisional y está condicionado al cumplimiento de los requisitos temporales establecidos por las letras b, c, d, e y f del apartado 2.

    Debe decir:

    3. Este tipo de gravamen tiene carácter provisional y está condicionado al cumplimiento de los requisitos temporales establecidos por las letras c, d, e y f del apartado 2.

  2.  En el artículo 22, apartado 2.

    Donde dice:

    5. Este tipo de gravamen tiene carácter provisional y está condicionado al cumplimiento de los requisitos temporales establecidos por las letras b, c, d, e y f del apartado 3.

    Debe decir:

    5. Este tipo de gravamen tiene carácter provisional y está condicionado al cumplimiento de los requisitos temporales establecidos por las letras c, d, e y f del apartado 3.

  3.  En el artículo 39.

    Donde dice:

    […] y que estén vinculadas a una actuación temporal, requieran el asesoramiento y la experiencia del personal estatutario del Instituto Catalán de la Salud con competencias en la materia de que se trate y que sean adecuadas a su categoría profesional, […].

    Debe decir:

    […] y que estén vinculadas a una actuación temporal, requieran el asesoramiento y la expertez del personal estatutario del Instituto Catalán de la Salud con competencias en la materia de que se trate y que sean adecuadas a su categoría profesional, […].

  4.  En el artículo 66, apartado 1.

    Donde dice:

    j) Instalación para el mantenimiento de animales de compañía: establecimiento donde se guarda y cuida los animales de compañía, como las residencias, las escuelas de adiestramiento, los centros de importación de animales y las perreras deportivas o de caza, siempre que alojen quince o más ejemplares mayores de tres meses de edad.

    Debe decir:

    j) Instalación para el mantenimiento de animales de compañía: establecimiento donde se guarda y cuida los animales de compañía, como las residencias, las escuelas de adiestramiento, los centros de importación de animales y las perreras deportivas o de caza siempre que alojen quince o más...

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