Corrección de errores de la Ley 20/2018, de 25 de julio, de mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana.
Marginal | BOE-A-2018-16343 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Comunitat Valenciana |
Rango de Ley | Corrección |
Advertidos errores en el texto de la Ley 20/2018, de 25 de julio, de la Generalitat, de mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 223, de 14 de septiembre de 2018, hay que efectuar las siguientes correcciones:
Donde dice:
q) Por donaciones relativas al patrimonio cultural valenciano.
1. El 25 % de las donaciones puras y simples […] de las entidades contempladas en el apartado a, siempre que estas entidades persigan fines de interés cultural, b, c, d, e y f del apartado primero del artículo 3 de esta ley y de las objetivamente comparables del apartado 2 del mencionado artículo.
Debe decir:
q) Por donaciones relativas al patrimonio cultural valenciano.
1. El 25 % de las donaciones puras y simples […] de las entidades contempladas en el apartado a, siempre que estas entidades persigan fines de interés cultural, b, c, d, e y f del apartado primero del artículo 3 de la ley de la Generalitat vigente, del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana y de las objetivamente comparables del apartado 2 del mencionado artículo.
Donde dice:
r) Por donaciones destinadas al fomento de la lengua valenciana […] en favor de las siguientes entidades:
[…]
6. Las entidades sin fines lucrativos enumeradas en la letra a del apartado 1 del artículo 3 de esta ley y cuyo fin exclusivo sea el fomento de la lengua valenciana.
[…]
Debe decir:
r) Por donaciones destinadas al fomento de la lengua valenciana […] en favor de las siguientes entidades:
[…]
6. Las entidades sin fines lucrativos enumeradas en la letra a del apartado 1 del artículo 3 de la ley de la Generalitat vigente, del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana y cuyo fin exclusivo sea el fomento de la lengua valenciana.
[…]
Donde dice:
5. Se modifica el apartado tres del artículo cuarto de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, dándole la siguiente redacción:
"Tres.a) Para tener derecho a las deducciones contempladas en la letra p, en los número 1 y 2 de la letra q, […] los siguientes extremos:
1) […]
12) Mención expresa de que la persona o entidad donataria se encuentra incluida entre los beneficiarios del mecenazgo cultural...
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